III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2022-14672)
Resolución de 29 de julio de 2022, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Junta de Extremadura, para el reparto de las responsabilidades derivadas de la licitación del contrato de servicios por la operación de obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 215
Miércoles 7 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124372
importe máximo en 4,4 millones de euros anuales, considerando las estimaciones de
déficit en la operación de las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona.
8.º Que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana considera
adecuado el incremento del importe máximo anual, de acuerdo a la evolución del tráfico
esperada en las rutas consideradas.
De conformidad con lo expuesto, las partes intervinientes suscriben la presente
adenda al Convenio, estableciendo, al efecto, la siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se modifica la cláusula quinta del Convenio firmado por el Presidente de la Junta
de Extremadura el 30 de marzo de 2022 y por parte de la Ministra de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana el 9 de mayo de 2022, para el reparto de las responsabilidades derivadas
de la licitación del contrato de servicios por la operación de obligaciones de servicio público
en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, que queda redactado como sigue:
«En caso de licitación de la prestación de estos servicios, el correspondiente
contrato tendrá una duración de dos años prorrogables a otros dos y un importe
máximo de 4,4 millones de euros anuales, a abonar por la Junta de Extremadura.»
Segunda.
Esta adenda de modificación del Convenio entre la Administración General
del Estado y la Junta de Extremadura para el reparto de las responsabilidades derivadas
de la licitación del contrato de servicios por la operación de Obligaciones de Servicio
Público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona surtirá efectos a partir
de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos
de Cooperación en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo,
serán publicadas en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-14672
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad y para fiel cumplimiento de lo acordado, firman la
presente adenda por duplicado, en el lugar y fecha al principio mencionados.–La
Secretaria General de Transportes y Movilidad, María José Rallo, P. D., Orden
TMA/221/2022 de 21 de marzo (BOE de 23 de marzo de 2022).–La Consejera de
Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, Leire Iglesias Santiago.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 215
Miércoles 7 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124372
importe máximo en 4,4 millones de euros anuales, considerando las estimaciones de
déficit en la operación de las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona.
8.º Que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana considera
adecuado el incremento del importe máximo anual, de acuerdo a la evolución del tráfico
esperada en las rutas consideradas.
De conformidad con lo expuesto, las partes intervinientes suscriben la presente
adenda al Convenio, estableciendo, al efecto, la siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se modifica la cláusula quinta del Convenio firmado por el Presidente de la Junta
de Extremadura el 30 de marzo de 2022 y por parte de la Ministra de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana el 9 de mayo de 2022, para el reparto de las responsabilidades derivadas
de la licitación del contrato de servicios por la operación de obligaciones de servicio público
en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, que queda redactado como sigue:
«En caso de licitación de la prestación de estos servicios, el correspondiente
contrato tendrá una duración de dos años prorrogables a otros dos y un importe
máximo de 4,4 millones de euros anuales, a abonar por la Junta de Extremadura.»
Segunda.
Esta adenda de modificación del Convenio entre la Administración General
del Estado y la Junta de Extremadura para el reparto de las responsabilidades derivadas
de la licitación del contrato de servicios por la operación de Obligaciones de Servicio
Público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona surtirá efectos a partir
de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos
de Cooperación en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo,
serán publicadas en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-14672
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad y para fiel cumplimiento de lo acordado, firman la
presente adenda por duplicado, en el lugar y fecha al principio mencionados.–La
Secretaria General de Transportes y Movilidad, María José Rallo, P. D., Orden
TMA/221/2022 de 21 de marzo (BOE de 23 de marzo de 2022).–La Consejera de
Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, Leire Iglesias Santiago.
https://www.boe.es
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