III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Premios. (BOE-A-2022-14678)
Orden DSA/857/2022, de 26 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Estatales al Voluntariado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 215
Miércoles 7 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124448
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
Orden DSA/857/2022, de 26 de agosto, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de los Premios Estatales al Voluntariado.
La Constitución Española consagra en diversos artículos el derecho de los
ciudadanos y las ciudadanas a participar, a través de distintos cauces, en la vida política,
económica, administrativa, judicial, cultural y social. La participación solidaria de la
ciudadanía en actuaciones de voluntariado viene consolidándose como una de las
principales vías de actuación social tanto de los individuos como de las entidades del
Tercer Sector.
Por ende, el voluntariado es concebido como una forma de participación libre,
organizada y solidaria a través de la cual los ciudadanos aspiran a solucionar problemas
que afectan a la sociedad en un ejercicio de búsqueda del bienestar colectivo. Y en un
contexto como el actual, en el que la crisis provocada por la Covid-19 ha tenido graves
consecuencias sociales, el voluntariado adquiere, aún si cabe, mayor relevancia para
reforzar la cohesión.
Partiendo de la importancia de este fenómeno, la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de
Voluntariado, supuso un esfuerzo por poner al día y modernizar el marco normativo en
que se originan, desarrollan y concluyen las actuaciones de voluntariado.
Este anhelo de modernización del marco normativo también es compartido por las
Instituciones europeas, que han promulgado recientemente el Reglamento (UE) núm.
2018/1475 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de octubre de 2018, por el que
se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad, cuyo objetivo principal
es favorecer la solidaridad entre los jóvenes como un valor, principalmente a través del
voluntariado.
La Ley 45/2015, de 14 de octubre, como norma que deroga y sustituye a la anterior
legislación estatal en la materia, contempla el fenómeno de la acción voluntaria desde
una nueva perspectiva, enfatizando su diversidad tanto en lo referente a los ámbitos en
que se lleva a cabo como en relación con los medios específicos a través de los que se
desarrolla. De esta aproximación novedosa al fenómeno de la acción voluntaria deriva la
necesidad de actualizar, entre otras cuestiones, las vías por las que los poderes
públicos, en este caso la Administración General del Estado a través del Departamento
competente por razón de la materia, reconocen dicha acción voluntaria.
En este sentido, en el marco de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, se considera
necesario, en primer lugar, reforzar la relevancia, significado y carácter estatal de los
galardones regulados en esta orden. En este sentido, la proliferación de galardones y
reconocimientos análogos a los aquí regulados en el ámbito de las administraciones
autonómicas y los entes locales, aconsejan complementarlos centrando el
reconocimiento que los premios estatales implican a aquellas acciones de voluntariado
que tengan un impacto efectivo en el conjunto del territorio nacional. En segundo lugar,
estos premios tratan de reconocer tanto las acciones de voluntariado sostenidas en el
tiempo y/o de larga trayectoria como aquellas otras actuaciones excepcionales que,
llevadas a cabo en todo caso con el concurso y colaboración de entidades de
voluntariado, hayan alcanzado un alto grado de notoriedad y ejemplaridad como muestra
de la solidaridad ciudadana en una coyuntura de especial necesidad. En tercer lugar, los
criterios de valoración de las candidaturas pasan a contemplar y puntuar cuestiones
como la transversalidad de las actuaciones de voluntariado, el empleo de las nuevas
tecnologías, su carácter innovador y su relevancia a nivel nacional e internacional, entre
otras. Finalmente, a través de esta orden se da cumplimiento al artículo 18.1.h) de la
Ley 45/2015, de 14 de octubre, instituyéndose por primera vez el Premio Nacional de
cve: BOE-A-2022-14678
Verificable en https://www.boe.es
14678
Núm. 215
Miércoles 7 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124448
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
Orden DSA/857/2022, de 26 de agosto, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de los Premios Estatales al Voluntariado.
La Constitución Española consagra en diversos artículos el derecho de los
ciudadanos y las ciudadanas a participar, a través de distintos cauces, en la vida política,
económica, administrativa, judicial, cultural y social. La participación solidaria de la
ciudadanía en actuaciones de voluntariado viene consolidándose como una de las
principales vías de actuación social tanto de los individuos como de las entidades del
Tercer Sector.
Por ende, el voluntariado es concebido como una forma de participación libre,
organizada y solidaria a través de la cual los ciudadanos aspiran a solucionar problemas
que afectan a la sociedad en un ejercicio de búsqueda del bienestar colectivo. Y en un
contexto como el actual, en el que la crisis provocada por la Covid-19 ha tenido graves
consecuencias sociales, el voluntariado adquiere, aún si cabe, mayor relevancia para
reforzar la cohesión.
Partiendo de la importancia de este fenómeno, la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de
Voluntariado, supuso un esfuerzo por poner al día y modernizar el marco normativo en
que se originan, desarrollan y concluyen las actuaciones de voluntariado.
Este anhelo de modernización del marco normativo también es compartido por las
Instituciones europeas, que han promulgado recientemente el Reglamento (UE) núm.
2018/1475 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de octubre de 2018, por el que
se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad, cuyo objetivo principal
es favorecer la solidaridad entre los jóvenes como un valor, principalmente a través del
voluntariado.
La Ley 45/2015, de 14 de octubre, como norma que deroga y sustituye a la anterior
legislación estatal en la materia, contempla el fenómeno de la acción voluntaria desde
una nueva perspectiva, enfatizando su diversidad tanto en lo referente a los ámbitos en
que se lleva a cabo como en relación con los medios específicos a través de los que se
desarrolla. De esta aproximación novedosa al fenómeno de la acción voluntaria deriva la
necesidad de actualizar, entre otras cuestiones, las vías por las que los poderes
públicos, en este caso la Administración General del Estado a través del Departamento
competente por razón de la materia, reconocen dicha acción voluntaria.
En este sentido, en el marco de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, se considera
necesario, en primer lugar, reforzar la relevancia, significado y carácter estatal de los
galardones regulados en esta orden. En este sentido, la proliferación de galardones y
reconocimientos análogos a los aquí regulados en el ámbito de las administraciones
autonómicas y los entes locales, aconsejan complementarlos centrando el
reconocimiento que los premios estatales implican a aquellas acciones de voluntariado
que tengan un impacto efectivo en el conjunto del territorio nacional. En segundo lugar,
estos premios tratan de reconocer tanto las acciones de voluntariado sostenidas en el
tiempo y/o de larga trayectoria como aquellas otras actuaciones excepcionales que,
llevadas a cabo en todo caso con el concurso y colaboración de entidades de
voluntariado, hayan alcanzado un alto grado de notoriedad y ejemplaridad como muestra
de la solidaridad ciudadana en una coyuntura de especial necesidad. En tercer lugar, los
criterios de valoración de las candidaturas pasan a contemplar y puntuar cuestiones
como la transversalidad de las actuaciones de voluntariado, el empleo de las nuevas
tecnologías, su carácter innovador y su relevancia a nivel nacional e internacional, entre
otras. Finalmente, a través de esta orden se da cumplimiento al artículo 18.1.h) de la
Ley 45/2015, de 14 de octubre, instituyéndose por primera vez el Premio Nacional de
cve: BOE-A-2022-14678
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