III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-14623)
Resolución de 30 de agosto de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el Consejo Federal Español del Movimiento Europeo, para la realización del encuentro "Preparando la presidencia española de la UE tras la Conferencia sobre el Futuro de Europa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214

Martes 6 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 124168

cursos avanzados en 2022 (diferentes conceptos según la diferente naturaleza de cada
uno de los gastos). Para ello, la UIMP tramita y aprueba los correspondientes
expedientes de gasto con carácter general para el conjunto de cursos, según los
procedimientos legalmente establecidos.
Quinta.

Visibilidad de las partes. Difusión. Publicaciones.

I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro se
destacará la colaboración del CFEME con la UIMP, respetando en todo caso las
directrices de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.
II. El CFEME podrá apoyar a la UIMP en la campaña de promoción del encuentro,
llevando a cabo cuantas acciones estime convenientes, tales como difusión a través de
su propia web, anuncios complementarios en prensa, difusión directa del programa entre
el público específico, etc., respetando en la medida de lo posible el diseño de la
campaña publicitaria de la UIMP.
Asimismo, el CFEME podrá apoyar la labor realizada por la UIMP con los medios de
comunicación, siempre con la necesaria coordinación y apoyo mutuo.
III. Más allá de la grabación que realizará la UIMP para su incorporación a su
archivo digital, en el caso de que alguna de las partes tuviese interés en realizar
publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del encuentro
deberá previamente comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás
permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).
En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del
encuentro, fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes
firmantes en su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una de ellas
estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la otra parte, salvo
que se acuerde otra cosa mediante el correspondiente convenio. La parte editora enviará
a la otra un mínimo de 3 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.
Sexta. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
I. Para velar por la adecuada ejecución de las cláusulas recogidas en el presente
convenio se constituye una comisión de seguimiento que estará compuesta por dos
miembros:
– En representación de la UIMP, la persona titular del Vicerrectorado de Relaciones
Institucionales y Programación de Actividades (o, en caso de cambio de organigrama, la
persona titular del Vicerrectorado que tenga la competencia sobre la programación de
cursos avanzados).
– En representación del CFEME, la persona titular de la Presidencia.
II. La comisión de seguimiento adoptará sus acuerdos por unanimidad de las dos
personas que lo componen, y tendrá las siguientes funciones:

III. La comisión de seguimiento se reunirá siempre que lo solicite alguna de las
partes.
Séptima. Protección de datos de carácter personal.
Ambas partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal que se
recogen en este convenio, o aquellos a los que las partes puedan tener acceso en
desarrollo del mismo, así como los que se recojan de los alumnos, profesores o

cve: BOE-A-2022-14623
Verificable en https://www.boe.es

– Realizar el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes.
– Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del
presente convenio.