III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-14623)
Resolución de 30 de agosto de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el Consejo Federal Español del Movimiento Europeo, para la realización del encuentro "Preparando la presidencia española de la UE tras la Conferencia sobre el Futuro de Europa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214

Martes 6 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 124167

su normativa en esta materia. La UIMP será la única responsable de la convocatoria,
selección y adjudicación de dichas becas.
b) El CFEME promoverá la asistencia al encuentro objeto de este convenio de un
grupo de 23 alumnos mediante una convocatoria propia de becas, según los criterios que
considere más adecuados. El CFEME asumirá toda la responsabilidad en la
convocatoria, selección y adjudicación de dichas becas. Dichas becas cubrirán el coste
de la inscripción (matrícula y tasa de gastos de secretaría) y el alojamiento en régimen
de pensión completa. El CFEME, una vez haya adjudicado dichas becas, facilitará
formalmente los datos de los beneficiarios a la Secretaría de Alumnos de la UIMP junto
con los correspondientes impresos de matrícula de cada uno de ellos debidamente
cumplimentados, para que la UIMP proceda a la inscripción de estos alumnos. Si el
CFEME quisiera que el alojamiento sea en las residencias de la UIMP deberá solicitarlo
a la UIMP por el procedimiento ordinario establecido para este fin y estará sujeto a
disponibilidad en el momento de realizarse la petición. Por motivos de agilidad, el importe
de matrícula, tasa de gastos de secretaría y, en su caso, del alojamiento de dichas
plazas será abonado por el CFEME no a los beneficiarios de la beca sino directamente a
la UIMP, por los procedimientos habituales establecidos para el pago de matrículas y
alojamientos, previa factura emitida por la UIMP.
III. Las partes no asumen responsabilidad alguna, ni directa ni subsidiaria, frente a
los profesores, los alumnos o las empresas contratistas en relación con los servicios
gestionados por la contraparte de acuerdo con los apartados I y II de esta cláusula.
Cuarta.

Compromisos económicos de las partes.

a) Realizará una aportación a la UIMP de nueve mil euros (9.000,00 €) en concepto
de apoyo económico a la organización y celebración del curso y a los gastos asumidos
por la UIMP conforme a lo establecido en el apartado I.a) de la cláusula tercera. El
CFEME no asumirá ninguna aportación a la UIMP por este concepto por importe superior
a la cantidad indicada en este párrafo, sin perjuicio de lo indicado en el apartado I.b) de
esta cláusula.
Esta aportación se abonará mediante transferencia a la cuenta n.º
ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid, una vez se haya
celebrado el encuentro de conformidad con lo previsto y acordado en este convenio y en
el plazo máximo de treinta días desde la emisión por parte de la UIMP de la
correspondiente factura.
b) Pago de matrículas y alojamiento de los alumnos becados por el CFEME. El
CFEME abonará a la UIMP el importe correspondiente a las matrículas, a las tasas de
gastos de secretaría y a los alojamientos en el caso de que estos sean en residencias de
la UIMP, de los alumnos becados por la Fundación según lo indicado en el apartado II.b)
de la cláusula tercera, según los precios oficiales vigentes. Este pago se hará por los
procedimientos habituales establecidos por la Secretaría de Alumnos y por el
departamento de Residencias de la UIMP para el pago de matrículas y alojamientos.
En el caso de que alguno de los alumnos inscritos por el CFEME no pudiese asistir y
no pudiese ser sustituido, o no se cubriera la totalidad de las 23 plazas, CFEME abonará
a la UIMP el importe equivalente a sus matrículas (140 €/alumno), destinándose esta
financiación a incrementar la aportación para los gastos del curso.
II. La UIMP se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de los gastos de las partidas que gestiona según los apartados
I.a) y II.a) de la cláusula tercera que no se cubren con la aportación del CFEME. Esta
financiación no supone un traspaso de fondos de la UIMP al CFEME. Dichos gastos se
financian con cargo a los créditos aprobados para el conjunto de su programación de

cve: BOE-A-2022-14623
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I. El CFEME asume el compromiso económico que se indica a continuación: