III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2022-14622)
Resolución de 29 de agosto de 2022, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se publica el Convenio con la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y el Sistema de Observación y Predicción Costero de las Islas Baleares, para la participación de España en el Consorcio Europeo de Infraestructura de Investigación Euro-Argo, dedicado a la observación e investigación del océano.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 124155

dispuesto en el artículo decimoquinto de sus Estatutos, aprobados por el convenio de
colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de las
Islas Baleares para la creación del SOCIB, publicado en el BOE de 5 de abril de 2008.
Las partes, reconociéndose mutuamente plena facultad para la realización de este
acto,
EXPONEN
I. Que el interés de la Unión Europea en la observación y estudio del océano motivó
que en el año 2006 el Foro Estratégico Europeo para Infraestructuras de Investigación
(ESFRI) incluyera el proyecto Euro-Argo en su hoja de ruta de infraestructuras de
investigación, por considerarse prioritario para la comunidad científica europea.
II. Que Euro-Argo constituye la contribución europea a la red mundial de
observación del océano Argo, red que actualmente dispone de más de 3.500 perfiladores
sumergibles desplegados en el océano para realizar medidas de distintas variables
físicas en los primeros 2.000 metros del océano. La red Argo está avalada por la
Comisión Oceanográfica Intergubernamental (IOC) de la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y por la Organización
Mundial de Meteorología (WMO). La red Argo constituye la principal componente del
Sistema Global de Observación del Océano (GOOS).
III. Que por decisión de la Comisión Europea, de 5 de mayo de 2014 (DOUE de 9
de mayo), se estableció el Consorcio Europeo de Infraestructura de Investigación (ERIC,
por sus siglas en inglés), denominado «Euro-Argo ERIC». La creación de dicha entidad
jurídica se efectuó de acuerdo con las previsiones contenidas en el Reglamento n.º
723/2009/CE del Consejo, de 25 de junio de 2009, relativo al marco jurídico comunitario
aplicable a los Consorcios de Infraestructuras de Investigación Europeas, en lo sucesivo
denominados ERIC (en adelante, Reglamento 2009/723/CE). Según el artículo 30 de los
Estatutos del Euro-Argo ERIC, se constituyó el ERIC Euro-Argo por un periodo inicial
que finalizaba el 31 de diciembre de 2020; con posterioridad a esa fecha seguiría
existiendo bajo decisión del Consejo.
IV. Que los principales objetivos de Euro-Argo ERIC son:
a) Contribuir al desarrollo de un sistema de seguimiento ambiental del océano a
largo plazo que permita un mejor entendimiento de los mecanismos que gobiernan la
variabilidad oceánica, así como su papel en el sistema climático global. Esta mejora en el
conocimiento es necesaria para mejorar las predicciones climáticas.
b) Desplegar y mantener 800 perfiladores sumergibles, a razón de unos 250 al año,
para alcanzar una contribución europea que suponga el 25 % del total de la red mundial
de observación del océano Argo.
c) Coordinar y reforzar la contribución europea a la red mundial de observación del
océano Argo.
d) Asegurar el acceso a la información generada a partir de la toma de datos in situ,
de conformidad con la política de datos Argo, que es gratuito y abierto a través de
internet y del sistema global de comunicaciones (GTS).
V. Que Euro-Argo se compone de una infraestructura central, situada en la sede
estatutaria en Plouzané (Francia), que es propiedad y está controlada por Euro-Argo
ERIC, entidad también responsable de coordinar las actividades de Euro-Argo con
arreglo a los acuerdos establecidos con entidades jurídicas independientes distribuidas.
VI. Que desde el 1 de enero de 2017 España es miembro de pleno derecho de
Euro-Argo ERIC (BOE de 14 de mayo de 2019).
VII. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.1 de los Estatutos de EuroArgo ERIC, y conforme a lo que establece el Reglamento 2009/723/CE en su artículo 9,
los miembros son Estados y organizaciones intergubernamentales, que pueden ser
representados por una o más entidades públicas, incluidas regiones o entidades

cve: BOE-A-2022-14622
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 214