III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Puertos. (BOE-A-2022-14620)
Resolución de 27 de julio de 2022, de Puertos del Estado, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Tarragona, por el que se aprueba el Plan Director de infraestructuras 2015-2035 del Puerto de Tarragona y el Acuerdo del Consejo Rector de Puertos del Estado, de 24 de junio de 2022, por el que se ratifica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124143
aplicación y se encuentre vigente en cada momento, así como los criterios técnicos
particulares de cada actuación recogidos en las Normas de ámbito europeo, estatal,
autonómico y local que también les sean de aplicación.
Las mencionadas condiciones de ejecución del plan, estipuladas en la Declaración
Ambiental Estratégica, serán aplicadas con escrupuloso respeto al ordenamiento legal
vigente, teniendo en cuenta todo lo relativo a las competencias de cada uno de los
organismos de las distintas administraciones públicas que deban intervenir en la fase de
redacción de proyectos constructivos y en la fase de la ejecución de las obras que dichos
proyectos comprendan, dentro del ámbito portuario de un puerto de interés general.
Para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del Plan
Director de Infraestructuras del puerto de Tarragona, se prevén una serie de controles a
efectuar, entre los que cabe destacar:
a) Seguimiento de la calidad del aire.
b) Control del nivel de ruido.
c) Control de la calidad de las masas de agua C37 y C27.
d) Control de régimen hídrico y de la calidad de las masas de agua subterráneas.
e) Control de la superficie del espacio natural protegido colindante Sèquia Major».
f) Control de la evolución de la colonia de gaviota de Audouin mediante
radioseguimiento de un mínimo representativo de individuos.
g) Control de la superficie de HIC que conserva condiciones adecuadas.
h) Control y seguimiento de la dinámica litoral y posibles variaciones de la línea de
costa.
i) Control de las comunidades bentónicas del entorno y, en particular, las manchas
del HIC 1110.
j) Estudio de posible afección a yacimientos arqueológicos.
k) Control de emisiones de la actividad del puerto.
l) Control de consumos de energía y agua de la Autoridad Portuaria y
concesionarios.
Madrid, 27 de julio de 2022.–El Presidente de Puertos del Estado, Álvaro Rodríguez
Dapena.
ANEXO I
Acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Tarragona por
el que se aprueba el documento del Plan Director de Infraestructuras 2015-2035 del
Puerto de Tarragona de fecha mayo de 2022
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Tarragona, en su sesión
de 25 de mayo de 2022, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
«Visto que el art. 54 del Texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la
Marina Mercante establece que la ampliación o la realización de nuevas obras de
infraestructura de un Puerto existente, que supongan una modificación significativa de
sus límites físicos exteriores en el lado marítimo, requerirá la aprobación previa de un
Plan Director de Infraestructuras del Puerto que contemple la nueva configuración.
Visto que debe redactarse y tramitar reglamentariamente el Plan Director de
Infraestructuras para el horizonte temporal 2015-2035.
Vista la propuesta del director general de fecha 19 de mayo de 2022.
Atendido lo que dispone el artículo 52 del Texto refundido de la Ley de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante (RDL 2/2011, de 5 de septiembre) sobre los
instrumentos de planificación.
Atendido lo que dispone el art 30.5 del citado Texto legal, se acuerda aprobar el Plan
Director de Infraestructuras 2015-2035 del Puerto de Tarragona y su remisión a Puertos
del Estado para su ratificación por el Consejo Rector de Puertos del Estado del próximo
mes de junio».
cve: BOE-A-2022-14620
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 214
Martes 6 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124143
aplicación y se encuentre vigente en cada momento, así como los criterios técnicos
particulares de cada actuación recogidos en las Normas de ámbito europeo, estatal,
autonómico y local que también les sean de aplicación.
Las mencionadas condiciones de ejecución del plan, estipuladas en la Declaración
Ambiental Estratégica, serán aplicadas con escrupuloso respeto al ordenamiento legal
vigente, teniendo en cuenta todo lo relativo a las competencias de cada uno de los
organismos de las distintas administraciones públicas que deban intervenir en la fase de
redacción de proyectos constructivos y en la fase de la ejecución de las obras que dichos
proyectos comprendan, dentro del ámbito portuario de un puerto de interés general.
Para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del Plan
Director de Infraestructuras del puerto de Tarragona, se prevén una serie de controles a
efectuar, entre los que cabe destacar:
a) Seguimiento de la calidad del aire.
b) Control del nivel de ruido.
c) Control de la calidad de las masas de agua C37 y C27.
d) Control de régimen hídrico y de la calidad de las masas de agua subterráneas.
e) Control de la superficie del espacio natural protegido colindante Sèquia Major».
f) Control de la evolución de la colonia de gaviota de Audouin mediante
radioseguimiento de un mínimo representativo de individuos.
g) Control de la superficie de HIC que conserva condiciones adecuadas.
h) Control y seguimiento de la dinámica litoral y posibles variaciones de la línea de
costa.
i) Control de las comunidades bentónicas del entorno y, en particular, las manchas
del HIC 1110.
j) Estudio de posible afección a yacimientos arqueológicos.
k) Control de emisiones de la actividad del puerto.
l) Control de consumos de energía y agua de la Autoridad Portuaria y
concesionarios.
Madrid, 27 de julio de 2022.–El Presidente de Puertos del Estado, Álvaro Rodríguez
Dapena.
ANEXO I
Acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Tarragona por
el que se aprueba el documento del Plan Director de Infraestructuras 2015-2035 del
Puerto de Tarragona de fecha mayo de 2022
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Tarragona, en su sesión
de 25 de mayo de 2022, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
«Visto que el art. 54 del Texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la
Marina Mercante establece que la ampliación o la realización de nuevas obras de
infraestructura de un Puerto existente, que supongan una modificación significativa de
sus límites físicos exteriores en el lado marítimo, requerirá la aprobación previa de un
Plan Director de Infraestructuras del Puerto que contemple la nueva configuración.
Visto que debe redactarse y tramitar reglamentariamente el Plan Director de
Infraestructuras para el horizonte temporal 2015-2035.
Vista la propuesta del director general de fecha 19 de mayo de 2022.
Atendido lo que dispone el artículo 52 del Texto refundido de la Ley de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante (RDL 2/2011, de 5 de septiembre) sobre los
instrumentos de planificación.
Atendido lo que dispone el art 30.5 del citado Texto legal, se acuerda aprobar el Plan
Director de Infraestructuras 2015-2035 del Puerto de Tarragona y su remisión a Puertos
del Estado para su ratificación por el Consejo Rector de Puertos del Estado del próximo
mes de junio».
cve: BOE-A-2022-14620
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 214