II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2022-14589)
Resolución de 23 de agosto de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214

Martes 6 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 123983

El presente concurso específico consta de dos fases. En la primera de ellas se
valorarán los méritos generales. En la segunda se comprobarán y valorarán los méritos
específicos adecuados a las características de cada puesto.
La adjudicación de destino exigirá que, como mínimo, el aspirante alcance una
puntuación total de 15 puntos en la primera fase y 10 puntos en la segunda fase.
La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:
Primera fase
I. Méritos generales
1.

Valoración del grado personal consolidado.

El grado personal consolidado se valorará en sentido positivo en función de su
posición en el intervalo del Cuerpo o Escala correspondiente hasta un máximo de 10
puntos de la siguiente forma:
Por un grado personal superior al nivel del puesto al que se concursa: 10 puntos.
Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: 8 puntos.
Por un grado personal inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa:
6 puntos.
Por un grado personal inferior en más de dos niveles al del puesto al que se
concursa: 4 puntos.
En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido en otras Administraciones
Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, en el Cuerpo o Escala desde el
que participa el funcionario o funcionaria, cuando se halle dentro del intervalo de niveles
establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, para el subgrupo
de titulación en el que se encuentra clasificado el mismo.
En el supuesto de que el grado reconocido en el ámbito de otras Administraciones
Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos exceda del máximo
establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del
Reglamento mencionado en el punto anterior, para el subgrupo de titulación a que
pertenezca el funcionario o la funcionaria, deberá valorársele el grado máximo
correspondiente al intervalo de niveles asignado a su subgrupo de titulación en la
Administración General del Estado.
El funcionario o la funcionaria que considere tener un grado personal consolidado, o
que pueda ser consolidado durante el periodo de presentación de instancias, deberá
recabar del órgano o unidad a que se refiere el apartado 1 de la base quinta, que dicha
circunstancia quede expresamente reflejada en el anexo III.
2.

Valoración del trabajo desarrollado.

Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino igual o
superior al del puesto al que se concursa: 0,4 puntos por mes trabajado.
Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior
en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,3 puntos por mes trabajado.
Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior
en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,2 puntos por mes trabajado.
Por el desempeño del puesto de trabajo en la misma área funcional que aquella a la
que se encuentra adscrita la plaza o plazas solicitadas, se otorgará una puntuación

cve: BOE-A-2022-14589
Verificable en https://www.boe.es

Únicamente se valorará el desempeño de puestos de trabajo como funcionario de
carrera en el cuerpo o escala desde el que se participa, durante los últimos cinco años
(60 meses) inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, de acuerdo con los criterios señalados a continuación. Se
valorará hasta un máximo de 25 puntos, distribuidos de la siguiente forma: