III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-14558)
Resolución de 30 de junio de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de A Coruña, para el desarrollo de un proyecto piloto de integración de la estación ferroviaria del municipio, A Coruña, en el marco de la "Convocatoria del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para España. Pilotos de Edificios Inteligentes".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213
Lunes 5 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 123488
El fin común es el establecimiento de los mecanismos de intercambio de información
entre la ciudad y la estación de A Coruña que se consideren necesarios de los casos de
uso que se detallan en el Anexo I, teniendo en cuenta lo especificado en las normas
siguientes o aquéllas que las modifiquen o sustituyan:
– UNE 178104:2017 Sistemas integrales de gestión de la Ciudad Inteligente.
Requisitos de interoperabilidad para una Plataforma de Ciudad Inteligente.
– UNE 178109:2018 Ciudades Inteligentes. Estación inteligente y conexión con la
plataforma de ciudad inteligente.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
De conformidad con lo previsto en las Bases de La Convocatoria, para el
cumplimiento de los objetivos descritos en la cláusula primera:
a) El Ayuntamiento de A Coruña y ADIF adquieren las siguientes obligaciones
conjuntas:
a.1) Colaborar a lo largo de todas las fases, en el desarrollo del proyecto piloto
Edificio Inteligente en la estación de A Coruña titularidad ADIF en el municipio para
realizar las labores de integración y/o intercambio de datos relacionadas en el anexo I.
a.2) Destinar los recursos técnicos y humanos que resulten necesarios para
garantizar la ejecución del proyecto piloto objeto del presente convenio.
a.3) Tratar los datos obtenidos mediante este sistema, adoptando las medidas, de
índole técnica y organizativa, necesarias para garantizar la seguridad de los datos de
carácter personal facilitados, así como para evitar su alteración, pérdida o tratamiento no
autorizado, conforme con la cláusula sobre protección de datos incluida en este
Convenio.
a.4) Consensuar toda comunicación externa que se realice relativa al proyecto
piloto.
b)
Obligaciones por parte del Ayuntamiento de A Coruña.
b.1) Cumplir las condiciones FEDER y destinar las infraestructuras y elementos
tecnológicos objeto de la ayuda en especie, en los términos y a las finalidades
establecidas en las Bases de La Convocatoria.
b.2) Conservar la documentación justificativa de la actuación y la solicitud de
subvención durante el periodo durante el cual puedan, las actuaciones, ser objeto de
control y supervisión.
b.3) Para la realización del Proyecto Piloto, el Ayuntamiento de A Coruña soportará
en los términos establecidos en La Convocatoria y durante el periodo de vigencia del
convenio, sin carácter exhaustivo, las siguientes tareas:
b.4) Facilitar a ADIF el acceso a la información generada o recabada por el
Ayuntamiento, que pudiera ser de relevancia para el funcionamiento de la estación y, por
tanto, para la mejora del servicio de la estación y su integración con la ciudad.
b.5) Facilitar información relativa al resultado final del Proyecto Piloto, con el
objetivo de valorar por parte de ADIF la aplicabilidad en otras estaciones. Dicha
información será catalogada como confidencial no pudiendo ADIF divulgarla ni publicarla
a terceras partes.
b.6) Proporcionar las comunicaciones necesarias entre los dispositivos/sensores
con el nodo IoT así como entre el nodo IoT y la Plataforma Ciudad.
cve: BOE-A-2022-14558
Verificable en https://www.boe.es
– Las labores de mantenimiento preventivo y correctivo necesarias que permitan que
los equipos estén disponibles durante el período de vigencia del convenio.
– Realizar las modificaciones de hardware o software necesarias para realizar la
integración con la plataforma de la ciudad de los dispositivos y nodo IoT.
Núm. 213
Lunes 5 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 123488
El fin común es el establecimiento de los mecanismos de intercambio de información
entre la ciudad y la estación de A Coruña que se consideren necesarios de los casos de
uso que se detallan en el Anexo I, teniendo en cuenta lo especificado en las normas
siguientes o aquéllas que las modifiquen o sustituyan:
– UNE 178104:2017 Sistemas integrales de gestión de la Ciudad Inteligente.
Requisitos de interoperabilidad para una Plataforma de Ciudad Inteligente.
– UNE 178109:2018 Ciudades Inteligentes. Estación inteligente y conexión con la
plataforma de ciudad inteligente.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
De conformidad con lo previsto en las Bases de La Convocatoria, para el
cumplimiento de los objetivos descritos en la cláusula primera:
a) El Ayuntamiento de A Coruña y ADIF adquieren las siguientes obligaciones
conjuntas:
a.1) Colaborar a lo largo de todas las fases, en el desarrollo del proyecto piloto
Edificio Inteligente en la estación de A Coruña titularidad ADIF en el municipio para
realizar las labores de integración y/o intercambio de datos relacionadas en el anexo I.
a.2) Destinar los recursos técnicos y humanos que resulten necesarios para
garantizar la ejecución del proyecto piloto objeto del presente convenio.
a.3) Tratar los datos obtenidos mediante este sistema, adoptando las medidas, de
índole técnica y organizativa, necesarias para garantizar la seguridad de los datos de
carácter personal facilitados, así como para evitar su alteración, pérdida o tratamiento no
autorizado, conforme con la cláusula sobre protección de datos incluida en este
Convenio.
a.4) Consensuar toda comunicación externa que se realice relativa al proyecto
piloto.
b)
Obligaciones por parte del Ayuntamiento de A Coruña.
b.1) Cumplir las condiciones FEDER y destinar las infraestructuras y elementos
tecnológicos objeto de la ayuda en especie, en los términos y a las finalidades
establecidas en las Bases de La Convocatoria.
b.2) Conservar la documentación justificativa de la actuación y la solicitud de
subvención durante el periodo durante el cual puedan, las actuaciones, ser objeto de
control y supervisión.
b.3) Para la realización del Proyecto Piloto, el Ayuntamiento de A Coruña soportará
en los términos establecidos en La Convocatoria y durante el periodo de vigencia del
convenio, sin carácter exhaustivo, las siguientes tareas:
b.4) Facilitar a ADIF el acceso a la información generada o recabada por el
Ayuntamiento, que pudiera ser de relevancia para el funcionamiento de la estación y, por
tanto, para la mejora del servicio de la estación y su integración con la ciudad.
b.5) Facilitar información relativa al resultado final del Proyecto Piloto, con el
objetivo de valorar por parte de ADIF la aplicabilidad en otras estaciones. Dicha
información será catalogada como confidencial no pudiendo ADIF divulgarla ni publicarla
a terceras partes.
b.6) Proporcionar las comunicaciones necesarias entre los dispositivos/sensores
con el nodo IoT así como entre el nodo IoT y la Plataforma Ciudad.
cve: BOE-A-2022-14558
Verificable en https://www.boe.es
– Las labores de mantenimiento preventivo y correctivo necesarias que permitan que
los equipos estén disponibles durante el período de vigencia del convenio.
– Realizar las modificaciones de hardware o software necesarias para realizar la
integración con la plataforma de la ciudad de los dispositivos y nodo IoT.