III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-14556)
Resolución de 13 de junio de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Vigo y ADIF-Alta Velocidad, para el desarrollo de un proyecto piloto de integración de las estaciones ferroviarias del municipio, Vigo Urzaiz y Vigo Guixar, en el marco de la "Convocatoria del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para España. Pilotos de edificios inteligentes".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 123470

empresa o a un organismo público ventajas indebidas, y que se derive de un cambio en la
naturaleza de la propiedad de una infraestructura o del cese de una actividad productiva.
Una vez finalizado el citado plazo de cinco años, en el plazo adicional máximo de treinta
días, el Ayuntamiento de Vigo se compromete a retirar a su costa los dispositivos y equipos
instalados en el Proyecto Piloto, en coordinación con ADIF y/o ADIF-Alta Velocidad y a dejar
las instalaciones en el mismo estado que se encontraban con anterioridad al piloto,
asumiendo los costes derivados de cualquier tipo de desperfectos, reparaciones, reposición
o extravío de los bienes muebles e inmuebles, incluyendo su limpieza.
Lo anterior se entenderá sin perjuicio de la posibilidad de continuar la colaboración
que articula el presente convenio mediante la prórroga del mismo, conforme a lo previsto
en el artículo 49.h)2.º de la mencionada Ley 40/2015, o de continuar las actuaciones en
el marco de un nuevo convenio de colaboración.
Décima. Régimen jurídico y jurisdicción.
El presente convenio tiene carácter administrativo y estará sujeto a la normativa
administrativa en vigor, siendo de aplicación, en todo lo no previsto en el mismo, la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o legislación que
en adelante le sustituya.
Las partes acuerdan que las cuestiones que puedan surgir en la interpretación y/o
cumplimiento del presente convenio serán dirimidas en el seno de la Comisión de
Seguimiento.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación o en el cumplimiento
del presente convenio se residenciarán en el en el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, por duplicado
ejemplar, en el lugar y fecha del encabezamiento.–El 2.º Teniente de Alcalde y Concejal
de Fomento y Servicios del Ayuntamiento de Vigo, Francisco Javier Pardo Espiñeira.–La
Presidenta de ADIF y de ADIF-Alta Velocidad, María Luisa Domínguez González.
ANEXO I
Descripción del Proyecto Piloto de Edificio Inteligente para la integración de la
información entre el Ayuntamiento de Vigo y las estaciones ferroviarias de Vigo
Urzaiz (Vialia Vigo) y Vigo Guixar, de la necesidad pública que se pretende atender
y de sus objetivos
En este anexo se detallan los casos de uso para los que es necesario el desarrollo,
implantación de sistemas de gestión, sensorización y puesta en producción de los
pilotos, así como para el tratamiento de la información procedente o con destino a las
estaciones titularidad de ADIF o ADIF-Alta Velocidad, integradas en la gestión inteligente
del municipio, como un nodo IoT (Internet of Things), que aporte la información de
carácter no personal.
Igualmente, se establecerán los mecanismos de intercambio de información entre la
ciudad y las estaciones que se consideren necesarios para desarrollar los casos de uso
descritos.
De esta forma, con el desarrollo del Proyecto Piloto, se pretende desarrollar las
actuaciones de instalación de elementos de sensórica para la integración de los datos de las
estaciones ferroviarias de Vigo-Urzaiz (Vialia Vigo) y Vigo-Guixar con la plataforma de la
ciudad, mediante un nodo IoT (Internet of Things), de tal forma que se disponga de información
integrada que permita desarrollar los casos de uso que se describen a continuación.
Durante la ejecución del proyecto, y bajo la supervisión de la Comisión de
Seguimiento, se identificarán y acordarán las necesidades concretas para cada caso de
uso, esto es, su priorización y alcance, así como la información que se disponga a
intercambiar entre Ciudad y Estación.

cve: BOE-A-2022-14556
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Núm. 213