III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-14553)
Resolución de 11 de julio de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas externas curriculares y extracurriculares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213

Lunes 5 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 123444

de .......... con la Universidad Autónoma de Madrid (en adelante, UAM), del que el
presente documento es anexo inseparable (en adelante, el Convenio).
II. Los abajo firmantes acuerdan someterse a lo establecido en el Real
Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las
enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad; en el
Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
estudiante Universitario, y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios. Asimismo,
acuerdan someterse a lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre,
por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General
de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en
desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de
agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad
Social, que establece los términos y condiciones para la inclusión en el Régimen General
de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación
financiados por entidades u organismos públicos o privados, siendo igualmente de
aplicación la Disposición adicional vigesimosexta la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de
aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. A
este respecto, el/la estudiante declara tener conocimiento y asumir los términos del
Convenio suscrito entre la UAM y Renfe-Operadora relativo a la relación de prácticas
externas (curriculares y extracurriculares).
III. Especialmente, el/la estudiante se compromete a:
– Cumplir con los horarios, normas y reglamentos establecidos en Renfe-Operadora.
– Avisar a la entidad colaboradora con antelación suficiente de las ausencias
debidas al desempeño de actividades de representación y participación en la UAM, así
como en el supuesto de que tenga que realizar exámenes.
– Avisar tanto a la entidad colaboradora como al tutor o tutora académico/a en caso
de ausencia y/o incidencia relevante en el desarrollo de las prácticas en el momento que
se produzca.
– Guardar secreto sobre toda la información a la que tuviere acceso durante la
realización de las prácticas y una vez finalizadas éstas con carácter indefinido.
El tutor o tutora profesional se compromete a:

– Acoger al/a la estudiante en la entidad colaboradora y organizar las actividades a
desarrollar con arreglo a lo establecido en el proyecto formativo.
– Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas con una relación
basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje y prestar ayuda al/a la
estudiante en la resolución de las cuestiones de carácter profesional que pueda
necesitar en el desempeño de la actividad que realiza.
– Informar al/a la estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de
la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
– Coordinar con el tutor o tutora académico/a de la Universidad el desarrollo de las
actividades establecidas en el Convenio.
– Emitir el informe final y en su caso, el de seguimiento intermedio. El informe final
deberá recoger el número de horas realizado por el/la estudiante.
– Proporcionar la información complementaria que precise el/la estudiante para la
realización de las prácticas.
– Proporcionar al/a la estudiante los medios materiales indispensables para el
desarrollo de las prácticas y estimular el emprendimiento del mismo.
– Facilitar al tutor o tutora académico/a de la Universidad el acceso a la entidad
colaboradora para el cumplimiento de los fines propios de su función.
– Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del/la
estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.

cve: BOE-A-2022-14553
Verificable en https://www.boe.es

IV.