III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cooperación transfronteriza. (BOE-A-2022-14548)
Resolución de 1 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Fondos Europeos, por la que se publica la aprobación por la Comisión Europea del Programa de Cooperación Transfronteriza Interreg VI España-Portugal 2021-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213
Lunes 5 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 123396
– Valoración de criterios ambientales en la selección de operaciones, para aumentar
el impacto ambiental estratégico positivo del programa, de acuerdo con la declaración
ambiental estratégica.
– Programación de actividades de comunicación específicas dirigidas a
administraciones ambientales, organizaciones no gubernamentales y otros agentes del
territorio involucrados en los ámbitos ambiental y climático.
– Seguimiento ambiental del programa con indicadores ambientales específicos.
Durante el proceso de diseño del programa se barajaron tres alternativas. El primer
escenario analizado ha sido la «alternativa cero», es decir, la no implementación del
POCTEP y, por tanto, la renuncia a los fondos disponibles para esta zona transfronteriza.
La segunda alternativa ha sido denominada «alternativa continuista», que supone dar
continuidad a los ejes prioritarios, objetivos temáticos, prioridades de inversión, objetivos
específicos y tipo de proyectos puestos en marcha en el programa del período anterior
(2014-2020). Esta alternativa fue desechada porque los nuevos reglamentos establecen
un enfoque estratégico diferente, simplificando los once objetivos temáticos utilizados en
el período 2014-2020 en cinco objetivos políticos, así como también establece las bases
para la concentración temática del FEDER. La alternativa finalmente seleccionada queda
definida en la estructura de objetivos políticos establecida en el nuevo periodo de
planificación 2021-2027 y garantiza un mayor cumplimiento de los objetivos establecidos
en las políticas europeas en materia de medio ambiente y clima.
ANEXO II
Seguimiento ambiental del programa
cve: BOE-A-2022-14548
Verificable en https://www.boe.es
Para el seguimiento ambiental del programa se redactará un Programa de Vigilancia
Ambiental, teniendo en cuenta lo dispuesto en la declaración ambiental estratégica.
El Programa de Vigilancia Ambiental establecerá un sistema de seguimiento o
vigilancia que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas previstas en el
POCTEP 2021-2027, con el fin de verificar el cumplimiento de las determinaciones de la
declaración ambiental estratégica, conocer la contribución real del programa a las
principales políticas ambientales y climáticas, conocer la efectividad de las acciones con
finalidad ambiental o climática, y generar nueva información que permita mejorar la
integración de los aspectos ambientales en los siguientes ciclos de programación.
Como parte del Programa de Vigilancia Ambiental, se elaborarán informes de
seguimiento que recogerán la evolución de variables representativas del desarrollo del
programa en los momentos más relevantes de su ejecución. Se realizará un análisis de
la evolución de los efectos ambientales teniendo en cuenta los indicadores ambientales
propuestos en la declaración ambiental estratégica, así como un resumen final con las
conclusiones donde se destaquen los avances más importantes y las dificultades
encontradas en la implementación de medidas.
El Programa de Vigilancia Ambiental se pondrá a disposición del público en la página
web del programa, www.poctep.eu, en donde también se publicarán los informes de
resultados del seguimiento ambiental.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 213
Lunes 5 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 123396
– Valoración de criterios ambientales en la selección de operaciones, para aumentar
el impacto ambiental estratégico positivo del programa, de acuerdo con la declaración
ambiental estratégica.
– Programación de actividades de comunicación específicas dirigidas a
administraciones ambientales, organizaciones no gubernamentales y otros agentes del
territorio involucrados en los ámbitos ambiental y climático.
– Seguimiento ambiental del programa con indicadores ambientales específicos.
Durante el proceso de diseño del programa se barajaron tres alternativas. El primer
escenario analizado ha sido la «alternativa cero», es decir, la no implementación del
POCTEP y, por tanto, la renuncia a los fondos disponibles para esta zona transfronteriza.
La segunda alternativa ha sido denominada «alternativa continuista», que supone dar
continuidad a los ejes prioritarios, objetivos temáticos, prioridades de inversión, objetivos
específicos y tipo de proyectos puestos en marcha en el programa del período anterior
(2014-2020). Esta alternativa fue desechada porque los nuevos reglamentos establecen
un enfoque estratégico diferente, simplificando los once objetivos temáticos utilizados en
el período 2014-2020 en cinco objetivos políticos, así como también establece las bases
para la concentración temática del FEDER. La alternativa finalmente seleccionada queda
definida en la estructura de objetivos políticos establecida en el nuevo periodo de
planificación 2021-2027 y garantiza un mayor cumplimiento de los objetivos establecidos
en las políticas europeas en materia de medio ambiente y clima.
ANEXO II
Seguimiento ambiental del programa
cve: BOE-A-2022-14548
Verificable en https://www.boe.es
Para el seguimiento ambiental del programa se redactará un Programa de Vigilancia
Ambiental, teniendo en cuenta lo dispuesto en la declaración ambiental estratégica.
El Programa de Vigilancia Ambiental establecerá un sistema de seguimiento o
vigilancia que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas previstas en el
POCTEP 2021-2027, con el fin de verificar el cumplimiento de las determinaciones de la
declaración ambiental estratégica, conocer la contribución real del programa a las
principales políticas ambientales y climáticas, conocer la efectividad de las acciones con
finalidad ambiental o climática, y generar nueva información que permita mejorar la
integración de los aspectos ambientales en los siguientes ciclos de programación.
Como parte del Programa de Vigilancia Ambiental, se elaborarán informes de
seguimiento que recogerán la evolución de variables representativas del desarrollo del
programa en los momentos más relevantes de su ejecución. Se realizará un análisis de
la evolución de los efectos ambientales teniendo en cuenta los indicadores ambientales
propuestos en la declaración ambiental estratégica, así como un resumen final con las
conclusiones donde se destaquen los avances más importantes y las dificultades
encontradas en la implementación de medidas.
El Programa de Vigilancia Ambiental se pondrá a disposición del público en la página
web del programa, www.poctep.eu, en donde también se publicarán los informes de
resultados del seguimiento ambiental.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X