II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD DE MADRID. Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-14470)
Resolución de 18 de agosto de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Justicia, por la que se convoca concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212
Sábado 3 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 122911
alegaciones), junto con la documentación justificativa de dicha renuncia, a través del
correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es.
Al enviar el correo electrónico, indicarán en el apartado «Asunto»: RENUNCIA, en un
único fichero, el cual tendrá la denominación del nombre, apellidos, NIF y modelo de
instancia del interesado (Ejemplo: «Luis Pérez Pérez 000000000k V1».
Quinta. Peticiones condicionadas.
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo
municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios del mismo o distinto Cuerpo,
podrán condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino en el mismo
municipio, partido judicial o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las
peticiones condicionadas efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta
petición condicionada, deberán concretarlo en su instancia en el apartado C,
especificando el nombre y apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y
acompañar fotocopia de la solicitud del otro funcionario. Si alguno de los concursantes
no lo indicase en el apartado C quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia se entiende que se acogen a la
petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso y Provisión
de Puestos de Trabajo en todos los números de orden solicitados.
Sexta. Tramitación.
Por el Ministerio de Justicia se efectuará la baremación en función a las bases de
datos de antigüedad e idioma obrantes en estas dependencias y a los datos que figuren
en las solicitudes, pudiendo solicitar información complementaria a las Comunidades
Autónomas con competencias transferidas, si fuera necesario.
Séptima.
Adjudicaciones.
1. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado
por la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la base tercera de
esta convocatoria.
2. En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma, se acudirá para
dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo de que se trate y de persistir el empate, al
número de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho Cuerpo.
1. La presente convocatoria se resolverá provisionalmente de forma coordinada con
los órganos competentes de las Comunidades Autónomas con competencias
transferidas, de forma que se publiquen simultáneamente en el «Boletín Oficial del
Estado», en el Portal del Ministerio de Justicia y en el Portal de Justicia de la Comunidad
de Madrid.
2. La resolución provisional pondrá a disposición de los interesados en las páginas
web de Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) y de la Comunidad de Madrid los
anexos III de todos los participantes, la relación de excluidos con las causas de exclusión
y la relación en orden alfabético de las adjudicaciones.
El Anexo III es la solicitud del concursante, con expresión de sus datos personales,
de su situación administrativa, y el número de orden y la denominación de los destinos
grabados en el Asistente de Inscripción con la preferencia deseada por el interesado,
constando, además, con la información relativa al baremo de los méritos, el destino
provisionalmente adjudicado, en su caso, y los números de orden rechazados y su
causa.
3. Contra la resolución provisional, el anexo III y la relación de excluidos, cabrá
formular alegaciones desde la fecha que en la misma se indique y durante el plazo que
igualmente se establezca, para lo cual deberán aportar en dicho plazo la prueba
cve: BOE-A-2022-14470
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Resolución provisional.
Núm. 212
Sábado 3 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 122911
alegaciones), junto con la documentación justificativa de dicha renuncia, a través del
correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es.
Al enviar el correo electrónico, indicarán en el apartado «Asunto»: RENUNCIA, en un
único fichero, el cual tendrá la denominación del nombre, apellidos, NIF y modelo de
instancia del interesado (Ejemplo: «Luis Pérez Pérez 000000000k V1».
Quinta. Peticiones condicionadas.
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo
municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios del mismo o distinto Cuerpo,
podrán condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino en el mismo
municipio, partido judicial o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las
peticiones condicionadas efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta
petición condicionada, deberán concretarlo en su instancia en el apartado C,
especificando el nombre y apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y
acompañar fotocopia de la solicitud del otro funcionario. Si alguno de los concursantes
no lo indicase en el apartado C quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia se entiende que se acogen a la
petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso y Provisión
de Puestos de Trabajo en todos los números de orden solicitados.
Sexta. Tramitación.
Por el Ministerio de Justicia se efectuará la baremación en función a las bases de
datos de antigüedad e idioma obrantes en estas dependencias y a los datos que figuren
en las solicitudes, pudiendo solicitar información complementaria a las Comunidades
Autónomas con competencias transferidas, si fuera necesario.
Séptima.
Adjudicaciones.
1. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado
por la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la base tercera de
esta convocatoria.
2. En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma, se acudirá para
dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo de que se trate y de persistir el empate, al
número de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho Cuerpo.
1. La presente convocatoria se resolverá provisionalmente de forma coordinada con
los órganos competentes de las Comunidades Autónomas con competencias
transferidas, de forma que se publiquen simultáneamente en el «Boletín Oficial del
Estado», en el Portal del Ministerio de Justicia y en el Portal de Justicia de la Comunidad
de Madrid.
2. La resolución provisional pondrá a disposición de los interesados en las páginas
web de Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) y de la Comunidad de Madrid los
anexos III de todos los participantes, la relación de excluidos con las causas de exclusión
y la relación en orden alfabético de las adjudicaciones.
El Anexo III es la solicitud del concursante, con expresión de sus datos personales,
de su situación administrativa, y el número de orden y la denominación de los destinos
grabados en el Asistente de Inscripción con la preferencia deseada por el interesado,
constando, además, con la información relativa al baremo de los méritos, el destino
provisionalmente adjudicado, en su caso, y los números de orden rechazados y su
causa.
3. Contra la resolución provisional, el anexo III y la relación de excluidos, cabrá
formular alegaciones desde la fecha que en la misma se indique y durante el plazo que
igualmente se establezca, para lo cual deberán aportar en dicho plazo la prueba
cve: BOE-A-2022-14470
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Resolución provisional.