II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2022-14414)
Orden SND/840/2022, de 26 de agosto, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2022 para el acceso en el año 2023, a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones universitarias de grado/licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería y del ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 122063

Cualquiera que sea el número de personas presentadas que hayan alcanzado la
puntuación mínima en el ejercicio de contestaciones múltiples, no podrá adjudicarse un
número de plazas en formación superior al que contienen, para cada comunidad
autónoma, especialidad, titulación, los cuadros 1 y 2 del anexo I.
La adjudicación de plazas se efectuará exclusivamente por medios electrónicos,
atendiendo a la solicitud que formulen las personas que hayan alcanzado la puntuación
mínima, por riguroso orden decreciente de la puntuación total individual reconocida en la
relación definitiva de resultados.
En los actos de adjudicación se observarán las siguientes reglas:
Primera. La elección de plaza se llevará a cabo obligatoriamente a través de alguno
de los siguientes medios electrónicos:
a) Con carácter general, certificado electrónico reconocido de persona física o
medio equivalente (Cl@ve). Los sistemas de identificación admitidos para realizar la
presentación de la solicitud serán: Certificado electrónico reconocido de persona física o
Cl@ve Permanente. Los sistemas de firma admitidos para realizar la presentación de la
solicitud serán: AutoFirm@ y Cl@veFirma.
b) Solución propia de autenticación y firma no criptográfica basada en sistema de
claves concertadas, para los aspirantes contemplados en la base 1, apartado e) del
dispongo segundo de la presente orden y para los aspirantes contemplados en la base 1,
apartado c) del dispongo segundo de la presente orden que no dispongan de NIE. Los
Interventores-Presidentes de Mesa el día de examen entregarán un documento con una
pre-clave de acceso para el proceso posterior de la presentación de la solicitud
electrónica de adjudicación de plaza. Se deberá firmar y entregar el documento «Recibí
pre-clave». Excepcionalmente, el Ministerio de Sanidad podrá autorizar este tipo de firma
cuando se haya producido un cambio de situación administrativa desde la presentación
de solicitudes o bien la pérdida o sustracción del DNI electrónico, acreditando dicha
circunstancia y aportando información personal de la convocatoria.
Segunda. Solo se tendrá en cuenta la última solicitud firmada en la sesión a la que
se ha convocado cada persona que recogerá, por orden de preferencia, todas las plazas
a las que desee optar la persona interesada. No se podrá optar a las plazas no recogidas
en la solicitud. Se entenderá que renuncian a la adjudicación de plaza las personas que
no hayan presentado su solicitud para la sesión de adjudicación a la que por su número
de orden hayan sido citadas.
Tercera. Las personas serán convocadas por riguroso orden decreciente de la
puntuación reconocida en la relación definitiva de resultados.
Cuarta. Se dará curso a la última solicitud firmada por medios electrónicos en la
sesión a la que ha sido convocada la persona, y en el momento que corresponda al
número de orden obtenido.
Quinta. Una vez adjudicada la plaza, no se admitirá nueva petición de otra, ni
siquiera en el caso de renunciar a la primera.
Para dar cumplimento a las medidas de acción positiva previstas en el artículo 22.3
de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, desarrollado por el artículo 20 del Real
Decreto 589/2022, de 19 de julio, las personas con discapacidad comenzarán la elección
de plaza junto con las personas que participan por el turno ordinario. No obstante, los
actos de adjudicación de cada titulación se suspenderán para las personas que
participen por el turno ordinario, cuando todavía queden participantes con discapacidad
sin plaza y resten por adjudicar un número de estas, que sumadas a las ya adjudicadas
por este turno, permita ofertar en esta convocatoria las que se indican, para cada
titulación y turno, en el dispongo primero. Cuando se produzca esta circunstancia, podrá
habilitarse una sesión específica de adjudicación de plazas a la que se convocará a los
aspirantes que participen por el turno de personas con discapacidad, reanudándose
automáticamente los actos de adjudicación de plazas mediante una nueva convocatoria
en la siguiente sesión.

cve: BOE-A-2022-14414
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Núm. 211