III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-14392)
Resolución de 25 de agosto de 2022, de la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Teruel, para la implantación de Centros Orientados al Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 121971
resultará imposible frenar el fenómeno de la despoblación y garantizar la viabilidad de
nuestro sistema territorial, incluyendo en el nuestro medio ambiente y nuestra cultura.
IV. El artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, establece que las Administraciones públicas y sus organismos públicos,
en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos
de derecho público, que deberán mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la
utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a la realización de
actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera.
V. En el marco de sus respectivas competencias, y teniendo en cuenta el alto grado
de convergencia existente entre las líneas de trabajo expuestas, las partes han decidido
impulsar conjuntamente la constitución y el funcionamiento de Centros Orientados al
Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo en municipios de su territorio
provincial con una población igual o inferior a los 5.000 habitantes y en aquellos
municipios que, superando este número, sitúen el centro en entidades singulares con
una población inferior a los 5.000 habitantes.
Los Centros Orientados al Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo
tendrán entre sus objetivos:
a) Favorecer la puesta en marcha de las iniciativas laborales de la población de los
municipios destinatarios mediante la puesta en marcha espacios dotados con los medios
técnicos y humanos necesarios para facilitar el «teletrabajo».
b) Facilitar el aprendizaje de competencias digitales básicas como herramienta
clave para reducir la brecha digital social y apoyar la inclusión social de los habitantes
de municipios en situación de vulnerabilidad territorial para favorecer la igualdad de
oportunidades, la participación y la inclusión social de los mismos.
c) Servir de plataforma para el lanzamiento de iniciativas participadas por los
habitantes de los municipios objeto del convenio.
d) Dinamizar el tejido socioeconómico del municipio, comarca y área de influencia
de los Centros Orientados al Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo.
e) Formar y entrenar en habilidades de acceso a las nuevas tecnologías a la
población de los municipios en situación de desventaja y vulnerabilidad territorial objeto
del convenio.
f) Promover la integración tecnológica de los/as vecinos/as de los pueblos. Las
acciones irán dirigidas a guiar y fomentar la e-administración, el empleo y los trámites
propios de los Servicios municipales y comunitarios.
g) Facilitar el acceso a los recursos públicos y privados a la población mediante la
información y el acompañamiento en la gestión de trámites y solicitudes telemáticas
necesarias para la mejora de su situación personal y familiar.
h) Impulsar el acceso a la formación y el aprendizaje mediante la obtención de
información.
i) Formar para el uso seguro y responsable de las redes sociales.
Para la ejecución de proyecto, las partes consideran básica la participación de los
ayuntamientos, de las asociaciones profesionales y empresariales, así como de
diferentes actores locales representativos de la sociedad civil y de la investigación y el
desarrollo, con los objetivos de tejer las alianzas estratégicas entre los agentes sociales
privados y públicos más significativos del territorio, y de potenciar la cohesión social y el
interés participativo en el desarrollo socioeconómico endógeno.
En consecuencia, las partes acuerdan otorgar el presente Convenio, con sujeción a
las siguientes
cve: BOE-A-2022-14392
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 210
Jueves 1 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 121971
resultará imposible frenar el fenómeno de la despoblación y garantizar la viabilidad de
nuestro sistema territorial, incluyendo en el nuestro medio ambiente y nuestra cultura.
IV. El artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, establece que las Administraciones públicas y sus organismos públicos,
en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos
de derecho público, que deberán mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la
utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a la realización de
actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera.
V. En el marco de sus respectivas competencias, y teniendo en cuenta el alto grado
de convergencia existente entre las líneas de trabajo expuestas, las partes han decidido
impulsar conjuntamente la constitución y el funcionamiento de Centros Orientados al
Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo en municipios de su territorio
provincial con una población igual o inferior a los 5.000 habitantes y en aquellos
municipios que, superando este número, sitúen el centro en entidades singulares con
una población inferior a los 5.000 habitantes.
Los Centros Orientados al Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo
tendrán entre sus objetivos:
a) Favorecer la puesta en marcha de las iniciativas laborales de la población de los
municipios destinatarios mediante la puesta en marcha espacios dotados con los medios
técnicos y humanos necesarios para facilitar el «teletrabajo».
b) Facilitar el aprendizaje de competencias digitales básicas como herramienta
clave para reducir la brecha digital social y apoyar la inclusión social de los habitantes
de municipios en situación de vulnerabilidad territorial para favorecer la igualdad de
oportunidades, la participación y la inclusión social de los mismos.
c) Servir de plataforma para el lanzamiento de iniciativas participadas por los
habitantes de los municipios objeto del convenio.
d) Dinamizar el tejido socioeconómico del municipio, comarca y área de influencia
de los Centros Orientados al Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo.
e) Formar y entrenar en habilidades de acceso a las nuevas tecnologías a la
población de los municipios en situación de desventaja y vulnerabilidad territorial objeto
del convenio.
f) Promover la integración tecnológica de los/as vecinos/as de los pueblos. Las
acciones irán dirigidas a guiar y fomentar la e-administración, el empleo y los trámites
propios de los Servicios municipales y comunitarios.
g) Facilitar el acceso a los recursos públicos y privados a la población mediante la
información y el acompañamiento en la gestión de trámites y solicitudes telemáticas
necesarias para la mejora de su situación personal y familiar.
h) Impulsar el acceso a la formación y el aprendizaje mediante la obtención de
información.
i) Formar para el uso seguro y responsable de las redes sociales.
Para la ejecución de proyecto, las partes consideran básica la participación de los
ayuntamientos, de las asociaciones profesionales y empresariales, así como de
diferentes actores locales representativos de la sociedad civil y de la investigación y el
desarrollo, con los objetivos de tejer las alianzas estratégicas entre los agentes sociales
privados y públicos más significativos del territorio, y de potenciar la cohesión social y el
interés participativo en el desarrollo socioeconómico endógeno.
En consecuencia, las partes acuerdan otorgar el presente Convenio, con sujeción a
las siguientes
cve: BOE-A-2022-14392
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 210