II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Personal laboral. (BOE-A-2022-14357)
Resolución de 20 de julio de 2022, del Consejo Económico y Social, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo con la categoría de Asesor/a Especializado/a del Área de Estudios y Análisis.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210
Jueves 1 de septiembre de 2022
3.
Sec. II.B. Pág. 121800
Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el
modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas que figura en el anexo V de esta
convocatoria.
3.2 Las personas participantes en procesos selectivos convocados por la
Administración General del Estado, sus organismos públicos o entidades de derecho
público vinculados o dependientes a la misma, deberán realizar la presentación de las
solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de
impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos a través de medios
electrónicos, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Primera del
RD 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Las personas aspirantes que, por cursar la solicitud en el extranjero o por concurrir
una incidencia técnica debidamente acreditada, no puedan realizar este trámite de forma
telemática, podrán cumplimentar este trámite de forma sustitutoria en papel.
La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de esta
convocatoria, a través de medios electrónicos, en el Registro del Consejo Económico y
Social de España, sito en c/ Huertas, 73, de Madrid (CP 28014), o por cualquiera de las
formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y se dirigirán al
Presidente del Consejo Económico y Social de España: DIR3 EA0041789 (Consejo
Económico y Social).
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
3.3 Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33
por 100 que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen
Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado
de discapacidad.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4.
Admisión de las personas aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Consejo
Económico y Social dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando
aprobada la lista de solicitantes admitidos y excluidos y señalando el lugar, fecha y hora
de comienzo del ejercicio de la fase de oposición.
En dicha resolución, en el caso de que existan solicitantes excluidos, se señalará un
plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado, en su caso, la
exclusión u omisión de la persona aspirante.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones,
éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales, y en el
caso de que no se hubieran producido modificaciones, la lista provisional de personas
admitidas adquirirá el carácter de definitiva sin necesidad de resolución expresa.
Órgano de selección
5.1 La composición del Tribunal de este proceso selectivo figura en el anexo IV de
esta convocatoria.
5.2 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas.
5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
cve: BOE-A-2022-14357
Verificable en https://www.boe.es
5.
Núm. 210
Jueves 1 de septiembre de 2022
3.
Sec. II.B. Pág. 121800
Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el
modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas que figura en el anexo V de esta
convocatoria.
3.2 Las personas participantes en procesos selectivos convocados por la
Administración General del Estado, sus organismos públicos o entidades de derecho
público vinculados o dependientes a la misma, deberán realizar la presentación de las
solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de
impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos a través de medios
electrónicos, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Primera del
RD 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Las personas aspirantes que, por cursar la solicitud en el extranjero o por concurrir
una incidencia técnica debidamente acreditada, no puedan realizar este trámite de forma
telemática, podrán cumplimentar este trámite de forma sustitutoria en papel.
La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de esta
convocatoria, a través de medios electrónicos, en el Registro del Consejo Económico y
Social de España, sito en c/ Huertas, 73, de Madrid (CP 28014), o por cualquiera de las
formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y se dirigirán al
Presidente del Consejo Económico y Social de España: DIR3 EA0041789 (Consejo
Económico y Social).
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
3.3 Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33
por 100 que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen
Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado
de discapacidad.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4.
Admisión de las personas aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Consejo
Económico y Social dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando
aprobada la lista de solicitantes admitidos y excluidos y señalando el lugar, fecha y hora
de comienzo del ejercicio de la fase de oposición.
En dicha resolución, en el caso de que existan solicitantes excluidos, se señalará un
plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado, en su caso, la
exclusión u omisión de la persona aspirante.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones,
éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales, y en el
caso de que no se hubieran producido modificaciones, la lista provisional de personas
admitidas adquirirá el carácter de definitiva sin necesidad de resolución expresa.
Órgano de selección
5.1 La composición del Tribunal de este proceso selectivo figura en el anexo IV de
esta convocatoria.
5.2 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas.
5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
cve: BOE-A-2022-14357
Verificable en https://www.boe.es
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