III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-14324)
Resolución de 1 de julio de 2022, de la Autoridad Portuaria de Vigo, por la que se publica el Convenio con la Agencia Gallega de Infraestructuras, para el fomento de la movilidad sostenible en la fachada marítima de Vigo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 121581
11. Las actuaciones estarán sometidas asimismo al seguimiento y control que se
establezca para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como a las
obligaciones específicas impuestas, en ese sentido, por la normativa nacional y de la
Unión Europea que se establezcan para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y
cuya aplicación será de obligado cumplimiento.
Para ello, la Autoridad Portuaria de Vigo quedará sujeta a todos los controles que, en
relación con la aplicación de los fondos percibidos establezcan la Consellería de
Infraestruturas e Mobilidade, la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana o, en su caso, los organismos comunitarios competentes.
La Autoridad Portuaria de Vigo deberá remitir a la Consellería de Infraestruturas e
Mobilidade o, su caso, a la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, cuanta información y documentos se les requiera, así como cumplir puntualmente
con lo que pudiera disponerse por cualquier norma o reglamentación aplicable.
Asimismo, la Autoridad Portuaria de Vigo quedará comprometida expresamente, con
la firma del convenio, a cumplir las instrucciones que tanto la Consellería de
Infraestruturas e Mobilidade, como la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana o cualquier otro órgano o autoridad competente les dirija en aplicación
de cualquier normativa, tanto europea como nacional o autonómica, que pudiera
aprobarse para la ejecución o gestión tanto del Mecanismo Europeo de Recuperación
como del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Es responsabilidad de la Autoridad Portuaria de Vigo, en relación con la fiabilidad y
el seguimiento de tales indicadores, el permitir conocer en todo momento el nivel de
consecución de los hitos y de los objetivos, única herramienta para poder detectar las
desviaciones producidas y adoptar las medidas necesarias en caso de situaciones que
puedan comprometer el retorno de fondos por insuficiente cumplimiento de tales hitos
y objetivos.
12. Comunicar a la Axencia Galega de Infraestruturas la fecha de recepción de las
obras a los efectos de que pueda enviar un representante, si lo estima oportuno.
13. La Autoridad Portuaria de Vigo deberá dar publicidad de la obra mediante un
cartel anunciador en el que conste expresamente la cofinanciación de la Xunta de Galicia
(Consellería de Infraestruturas e Mobilidade-Axencia Galega de Infraestruturas) de
acuerdo con la imagen corporativa oficial de la Xunta de Galicia.
El anterior cartel de obras se complementará con otro situado a su lado con el único
mensaje «Xunta de Galicia», de acuerdo con el siguiente diseño:
14. Disponer de un plan de medidas antifraude que le permita garantizar y declarar
que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado
de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la
prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses,
según lo estipulado en el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021. Se debe recoger la
evaluación de riesgo de fraude, la cumplimentación de la declaración de ausencia de
cve: BOE-A-2022-14324
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 209
Miércoles 31 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 121581
11. Las actuaciones estarán sometidas asimismo al seguimiento y control que se
establezca para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como a las
obligaciones específicas impuestas, en ese sentido, por la normativa nacional y de la
Unión Europea que se establezcan para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y
cuya aplicación será de obligado cumplimiento.
Para ello, la Autoridad Portuaria de Vigo quedará sujeta a todos los controles que, en
relación con la aplicación de los fondos percibidos establezcan la Consellería de
Infraestruturas e Mobilidade, la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana o, en su caso, los organismos comunitarios competentes.
La Autoridad Portuaria de Vigo deberá remitir a la Consellería de Infraestruturas e
Mobilidade o, su caso, a la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, cuanta información y documentos se les requiera, así como cumplir puntualmente
con lo que pudiera disponerse por cualquier norma o reglamentación aplicable.
Asimismo, la Autoridad Portuaria de Vigo quedará comprometida expresamente, con
la firma del convenio, a cumplir las instrucciones que tanto la Consellería de
Infraestruturas e Mobilidade, como la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana o cualquier otro órgano o autoridad competente les dirija en aplicación
de cualquier normativa, tanto europea como nacional o autonómica, que pudiera
aprobarse para la ejecución o gestión tanto del Mecanismo Europeo de Recuperación
como del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Es responsabilidad de la Autoridad Portuaria de Vigo, en relación con la fiabilidad y
el seguimiento de tales indicadores, el permitir conocer en todo momento el nivel de
consecución de los hitos y de los objetivos, única herramienta para poder detectar las
desviaciones producidas y adoptar las medidas necesarias en caso de situaciones que
puedan comprometer el retorno de fondos por insuficiente cumplimiento de tales hitos
y objetivos.
12. Comunicar a la Axencia Galega de Infraestruturas la fecha de recepción de las
obras a los efectos de que pueda enviar un representante, si lo estima oportuno.
13. La Autoridad Portuaria de Vigo deberá dar publicidad de la obra mediante un
cartel anunciador en el que conste expresamente la cofinanciación de la Xunta de Galicia
(Consellería de Infraestruturas e Mobilidade-Axencia Galega de Infraestruturas) de
acuerdo con la imagen corporativa oficial de la Xunta de Galicia.
El anterior cartel de obras se complementará con otro situado a su lado con el único
mensaje «Xunta de Galicia», de acuerdo con el siguiente diseño:
14. Disponer de un plan de medidas antifraude que le permita garantizar y declarar
que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado
de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la
prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses,
según lo estipulado en el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021. Se debe recoger la
evaluación de riesgo de fraude, la cumplimentación de la declaración de ausencia de
cve: BOE-A-2022-14324
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 209