III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2022-14270)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Autoridad Portuaria de Bilbao, por la que se publica el Convenio con la Agencia Vasca del Agua y el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, para la financiación, licitación, ejecución y dirección de las obras, el mantenimiento y la explotación a futuro del sistema de saneamiento en el Puerto de Bilbao mediante una red de colectores hasta la estación depuradora de aguas residuales de Galindo, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 30 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 121268
remitirán al Consorcio los certificados de la existencia de los respectivos créditos
presupuestarios, adecuados y precisos para dar cobertura a los compromisos
presupuestarios establecidos en función de los porcentajes fijados en la cláusula tercera del
presente Convenio en relación con la redacción del proyecto indicada en la cláusula segunda.
6.3 Tras la formulación de las concernientes propuestas de adjudicación y con
anterioridad a la adjudicación del contrato, la Autoridad Portuaria de Bilbao y el
Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia enviarán a la Agencia Vasca del Agua los
correspondientes certificados de disponibilidad de crédito adecuado y suficiente para dar
cobertura a las respectivas cantidades comprometidas en atención a los importes de
adjudicación resultantes y a los porcentajes de participación fijados en la cláusula tercera
del presente Convenio.
6.4 Las incidencias contractuales con repercusión económica sobre los precios de
adjudicación (tales como excesos en liquidación, revisiones de precios, modificación de
tipos impositivos, etc.), así como los modificados de obras y las obras accesorias o
complementarias, serán financiados en los porcentajes indicados en la cláusula tercera
del presente Convenio por cada una de las partes.
Para la aprobación de las citadas incidencias o actuaciones contractuales, además
del informe de la Comisión de Seguimiento y Control prevista en el presente Convenio,
será preceptiva la aprobación por el órgano administrativo correspondiente, así como la
certificación de la existencia y de la disposición de crédito adecuado para la cobertura
por cada una de las partes de los importes que se comprometen a financiar.
6.5 Hasta el límite de los compromisos financieros asumidos, el pago de las obras y
actuaciones programadas se realizará por cada una de las partes según lo referido en
dicha cláusula tercera.
6.6 Será la Agencia Vasca del Agua quien procederá al pago del importe total de
las obras y actuaciones facturadas por el contratista referidas a las Fases I y II.
6.7 El abono de las aportaciones, relativas al punto 6.6, correspondientes a la
Autoridad Portuaria de Bilbao y al Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, de acuerdo a los
respectivos porcentajes de financiación establecidos en la cláusula tercera del presente
Convenio, se realizará contra certificaciones aprobadas por el Órgano correspondiente
de la Agencia Vasca del Agua. Para ello, mensualmente, la Agencia Vasca del Agua
confeccionará y trasladará las relaciones valoradas que recojan las certificaciones de los
trabajos ejecutados y el importe a abonar por cada una de las partes.
6.8 Será el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia quien procederá al pago del importe
total de los trabajos referidos a la actualización de los proyectos de las Fases I y II, así
como a la redacción de la Fase III.
6.9 El abono de las aportaciones, relativas al punto 6.8, correspondientes a la
Autoridad Portuaria de Bilbao y a la Agencia Vasca del Agua, de acuerdo a los respectivos
porcentajes de financiación establecidos en la cláusula tercera del presente Convenio, se
realizará contra certificaciones aprobadas por el Órgano correspondiente del Consorcio de
Aguas Bilbao Bizkaia. Para ello, mensualmente, el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia
confeccionará y trasladará las relaciones valoradas que recojan las certificaciones de los
trabajos ejecutados y el importe a abonar por cada una de las partes.
Séptima. Actuación financiada por la unión europea con cargo al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia - Next Generation EU.
7.1 Las aportaciones económicas de la Autoridad Portuaria de Bilbao y de la
Agencia Vasca del Agua vinculadas al presente Convenio se financiarán con cargo a sus
respectivos presupuestos y, en su caso, con cargo a las ayudas procedentes del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next
Generation EU.
7.2 En lo que afecta a la Autoridad Portuaria de Bilbao, las actuaciones vinculadas
con el presente Convenio están financiadas por la Unión Europea, con cargo al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el Componente 6: «Movilidad sostenible,
segura y conectada», Inversión 3: «Intermodalidad y logística», Proyecto o Línea de
cve: BOE-A-2022-14270
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 208
Martes 30 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 121268
remitirán al Consorcio los certificados de la existencia de los respectivos créditos
presupuestarios, adecuados y precisos para dar cobertura a los compromisos
presupuestarios establecidos en función de los porcentajes fijados en la cláusula tercera del
presente Convenio en relación con la redacción del proyecto indicada en la cláusula segunda.
6.3 Tras la formulación de las concernientes propuestas de adjudicación y con
anterioridad a la adjudicación del contrato, la Autoridad Portuaria de Bilbao y el
Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia enviarán a la Agencia Vasca del Agua los
correspondientes certificados de disponibilidad de crédito adecuado y suficiente para dar
cobertura a las respectivas cantidades comprometidas en atención a los importes de
adjudicación resultantes y a los porcentajes de participación fijados en la cláusula tercera
del presente Convenio.
6.4 Las incidencias contractuales con repercusión económica sobre los precios de
adjudicación (tales como excesos en liquidación, revisiones de precios, modificación de
tipos impositivos, etc.), así como los modificados de obras y las obras accesorias o
complementarias, serán financiados en los porcentajes indicados en la cláusula tercera
del presente Convenio por cada una de las partes.
Para la aprobación de las citadas incidencias o actuaciones contractuales, además
del informe de la Comisión de Seguimiento y Control prevista en el presente Convenio,
será preceptiva la aprobación por el órgano administrativo correspondiente, así como la
certificación de la existencia y de la disposición de crédito adecuado para la cobertura
por cada una de las partes de los importes que se comprometen a financiar.
6.5 Hasta el límite de los compromisos financieros asumidos, el pago de las obras y
actuaciones programadas se realizará por cada una de las partes según lo referido en
dicha cláusula tercera.
6.6 Será la Agencia Vasca del Agua quien procederá al pago del importe total de
las obras y actuaciones facturadas por el contratista referidas a las Fases I y II.
6.7 El abono de las aportaciones, relativas al punto 6.6, correspondientes a la
Autoridad Portuaria de Bilbao y al Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, de acuerdo a los
respectivos porcentajes de financiación establecidos en la cláusula tercera del presente
Convenio, se realizará contra certificaciones aprobadas por el Órgano correspondiente
de la Agencia Vasca del Agua. Para ello, mensualmente, la Agencia Vasca del Agua
confeccionará y trasladará las relaciones valoradas que recojan las certificaciones de los
trabajos ejecutados y el importe a abonar por cada una de las partes.
6.8 Será el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia quien procederá al pago del importe
total de los trabajos referidos a la actualización de los proyectos de las Fases I y II, así
como a la redacción de la Fase III.
6.9 El abono de las aportaciones, relativas al punto 6.8, correspondientes a la
Autoridad Portuaria de Bilbao y a la Agencia Vasca del Agua, de acuerdo a los respectivos
porcentajes de financiación establecidos en la cláusula tercera del presente Convenio, se
realizará contra certificaciones aprobadas por el Órgano correspondiente del Consorcio de
Aguas Bilbao Bizkaia. Para ello, mensualmente, el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia
confeccionará y trasladará las relaciones valoradas que recojan las certificaciones de los
trabajos ejecutados y el importe a abonar por cada una de las partes.
Séptima. Actuación financiada por la unión europea con cargo al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia - Next Generation EU.
7.1 Las aportaciones económicas de la Autoridad Portuaria de Bilbao y de la
Agencia Vasca del Agua vinculadas al presente Convenio se financiarán con cargo a sus
respectivos presupuestos y, en su caso, con cargo a las ayudas procedentes del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next
Generation EU.
7.2 En lo que afecta a la Autoridad Portuaria de Bilbao, las actuaciones vinculadas
con el presente Convenio están financiadas por la Unión Europea, con cargo al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el Componente 6: «Movilidad sostenible,
segura y conectada», Inversión 3: «Intermodalidad y logística», Proyecto o Línea de
cve: BOE-A-2022-14270
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Núm. 208