III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2022-14270)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Autoridad Portuaria de Bilbao, por la que se publica el Convenio con la Agencia Vasca del Agua y el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, para la financiación, licitación, ejecución y dirección de las obras, el mantenimiento y la explotación a futuro del sistema de saneamiento en el Puerto de Bilbao mediante una red de colectores hasta la estación depuradora de aguas residuales de Galindo, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 208

Martes 30 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 121271

– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos en el presente
Convenio por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes
podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un
determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte
que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y
se entenderá resuelto el convenio.
– Por decisión judicial declaratoria de nulidad.
– La imposibilidad de alcanzar su fin.
– Por cualquier otra causa prevista en el presente convenio o en las leyes.
11.3 Extinguido el convenio por cualquiera de las causas de resolución previstas en
esta cláusula, se iniciará la fase de liquidación del mismo conforme a las finalidades
perseguidas.
Si existiesen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la
Comisión de Seguimiento y Control del convenio, podrán acordar la continuación y
finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un
plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la
liquidación de las mismas.
En la correspondiente liquidación quedarán cuantificadas las respectivas
obligaciones de las partes y la forma de pago o reintegro, según proceda y periodo de
cumplimiento.
Duodécima.

Protección de datos de carácter personal.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir con lo dispuesto en el
Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y
demás normativa que resulte de aplicación.
Decimotercera.

Régimen jurídico.

Y en prueba de conformidad y aceptación de cuanto antecede, los intervinientes
firman el presente documento por triplicado ejemplar en el lugar y fecha expresados en
su encabezamiento.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Bilbao, Ricardo Barkala
Zumelzu.–El Director General de Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua,
Antonio Aiz Salazar.–El Presidente de Bilbao Bizkaia Ur Partzuergoa/Consorcio de
Aguas Bilbao Bizkaia, Kepa Odriozola Azula.

cve: BOE-A-2022-14270
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13.1 El presente Convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose en su
interpretación y desarrollo por el ordenamiento jurídico aplicable a los convenios, de
conformidad con lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
13.2 Las cuestiones litigiosas que surjan entre las partes durante el desarrollo y
ejecución del Convenio y que no puedan ser resueltas en la Comisión de Seguimiento y
Control prevista en la cláusula octava, se someterán a la jurisdicción contenciosoadministrativa, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa.