II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-14187)
Resolución de 28 de julio de 2022, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 207

Lunes 29 de agosto de 2022
3.11

Sec. II.B. Pág. 120892

A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Los aspirantes extranjeros a que hace referencia la base 2.1.2, de la presente
convocatoria deberá presentar copia del documento acreditativo de su nacionalidad y, en
su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y dependencia del
nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo cuando esta circunstancia
proceda. Asimismo, en el supuesto de aquellos aspirantes que participen por su
condición de cónyuge, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante
vive a sus expensas o está a su cargo. Los documentos que así lo precisen deberán
presentarse traducidos al español, de conformidad con la base 9.6.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado c) referido en la
base 2.1.2 deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones
que se alegan.
b) Los aspirantes que en la instancia de participación no autoricen a la Universidad
de Valladolid a consultar datos con otras administraciones, a fin de verificar sus datos de
identidad y, en su caso, la condición de discapacidad, víctima del terrorismo y familia
numerosa, tendrán que presentar junto a la solicitud, copia del DNI o equivalente
documento acreditativo de identidad y copia de la correspondiente documentación
acreditativa del reconocimiento de estas condiciones anteriormente señaladas, sin
perjuicio de que al final del proceso selectivo pudiera serle requerido para su definitiva
verificación esta documentación original o autenticada.
c) Formulario para la alegación de méritos y autobaremación al que se tendrá
acceso una vez iniciado el trámite de presentación de solicitudes a través de la sede
electrónica de la UVa, según lo indicado en la base 3.3. En este formulario, los méritos
serán tan solo alegados por los aspirantes sin necesidad de justificación documental,
generándose de forma automática las puntuaciones correspondientes en base a los
criterios de baremación establecidos en el Anexo I de la presente Resolución.
3.12 Para el caso de presentación de subsanaciones o mejora de la solicitud, su
presentación se efectuará de forma obligatoria electrónicamente a través de la sede
electrónica de la UVa, teniéndose en cuenta que habrá de cumplimentarse mediante el
modelo de «Solicitud General» accesible desde la sede electrónica de la UVa (https://
sede.uva.es, sección «Registro electrónico»).
Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de tres
meses, el Sr. Rector Magnífico de la Universidad dictará Resolución en virtud de la cual
se declararán aprobadas las Listas Provisionales de aspirantes Admitidos y Excluidos al
proceso selectivo por cada turno de acceso. En esta Resolución, que será publicada en
el BOCyL, figurarán los aspirantes excluidos con indicación expresa de la causa de
exclusión, así como los centros donde estarán expuestas las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos por cada turno de acceso. En todo caso,
al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación
en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente no sólo que no
figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres figuran en
la pertinente relación de admitidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de ocho días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución mencionada en la
base 4.1 en el BOCyL, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o
su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del
plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a
ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso
selectivo.

cve: BOE-A-2022-14187
Verificable en https://www.boe.es

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