III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-14219)
Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con BNP Paribas Factor, SA, Sucursal en España, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 207

Lunes 29 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 121163

– Identificación de las aportaciones que, en materia de aprendizaje, han supuesto
las prácticas.
– Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora.
III. El tutor académico de la UIMP, a la vista del informe del tutor de BNP Paribas
Factor, SA, Sucursal en España y de la memoria final presentada por el estudiante,
evaluará las prácticas cumplimentando el correspondiente informe de valoración.
IV. La UIMP emitirá, a solicitud del estudiante, y a la vista del informe de valoración
de su tutor, un documento acreditativo de las mismas, que contendrá al menos los
siguientes aspectos:






Titular del documento.
Entidad colaboradora donde se realizaron las prácticas.
Descripción de la práctica especificando su duración y fechas de realización.
Actividades realizadas.
Aquellos otros que la UIMP considere convenientes.

Décima.

Bolsa o ayuda al estudio.

En concepto de bolsa o ayuda al estudio, BNP Paribas Factor, SA, Sucursal en
España podrá, si lo considera oportuno, conceder a cada alumno participante en el
programa una cantidad mensual que dependerá del curso académico del alumno, de su
dedicación horaria y del tiempo de duración de la práctica. El importe, si lo hubiera, se
recogerá en el anexo de formalización de la práctica.
Undécima. Gastos de gestión del programa de prácticas por la UIMP.
La UIMP renuncia a percibir de BNP Paribas Factor, SA, Sucursal en España
cantidad alguna en concepto de gastos de gestión de las prácticas cuando éstas sean
curriculares y realización de proyectos.
Para el caso de prácticas académicas externas extracurriculares BNP Paribas Factor,
SA, Sucursal en España abonará a la UIMP la cantidad de cuarenta euros (40 euros) –IVA
exento– por cada práctica –o ampliación de prácticas– que se realice al amparo de este
convenio, en concepto de gastos de gestión de dichas prácticas. Este importe no podrá ser
en ningún caso a cargo de las partidas o créditos destinados a becas o a ayudas.
Para cada uno de los anexos firmados, el pago señalado en el párrafo anterior se
hará de una sola vez en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la factura que
emita la UIMP a la firma del anexo de formalización. La cantidad se transferirá a la
cuenta número ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad
Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España, agencia de Madrid.
No procederá la devolución del importe cobrado por gestión del programa de
prácticas, ni total ni parcialmente, en caso de anulación parcial o total de una práctica
según lo establecido en la cláusula duodécima.
Finalización anticipada de las prácticas.

I. La UIMP se reserva la facultad de dar por finalizada una práctica por incumplimiento por
parte de BNP Paribas Factor, SA, Sucursal en España del pago de la cantidad estipulada en la
cláusula undécima o del resto de compromisos adquiridos en este convenio y sus anexos.
Asimismo, la UIMP podrá solicitar la finalización de un periodo de prácticas en caso
de que su tutor académico valore que las actividades que se están desarrollando no
corresponden con lo pactado en el proyecto formativo y por tanto no son útiles para el
desarrollo de las capacidades y competencias curriculares del alumno, sin que este
hecho haya podido ser solucionado a través de la oportuna coordinación y comunicación
con el tutor designado por BNP Paribas Factor, SA, Sucursal en España para dicha
práctica. La UIMP deberá notificar este hecho a BNP Paribas Factor, SA, Sucursal en

cve: BOE-A-2022-14219
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.