I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuestos. (BOE-A-2022-14168)
Orden HFP/823/2022, de 24 de agosto, por la que se aprueba el modelo 345 de "Declaración Informativa. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes, aportaciones y contribuciones" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAP/1608/2014, de 4 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 187 de "Declaración informativa. Acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de IRPF, IS e IRNR en relación con rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones y derechos de suscripción."
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 207

Posiciones

Lunes 29 de agosto de 2022

Naturaleza

Sec. I. Pág. 120853

Descripción de los campos

MELILLA

52

MURCIA

30

NAVARRA

31

OURENSE

32

PALENCIA

34

PALMAS, LAS

35

PONTEVEDRA

36

RIOJA, LA

26

SALAMANCA

37

S.C.TENERIFE

38

SEGOVIA

40

SEVILLA

41

SORIA

42

TARRAGONA

43

TERUEL

44

TOLEDO

45

VALENCIA

46

VALLADOLID

47

VIZCAYA

48

ZAMORA

49

ZARAGOZA

50

Tratándose de aportaciones, contribuciones o cantidades abonadas correspondientes a personas no residentes en
territorio español que no sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se consignará como
código de provincia los dígitos 99.
Alfabético

CLAVE
Se consignará la clave alfabética que corresponda según la relación de claves siguientes:
ENTIDADES GESTORAS DE FONDOS DE PENSIONES:
A.- Aportaciones de los partícipes. Se utilizará esta clave para consignar las aportaciones personales de los partícipes a
planes de pensiones, en cualquiera de las modalidades del Plan. Asimismo, se utilizará esta clave para informar de las
aportaciones de los partícipes al mismo plan de pensiones de empleo al que la empresa realiza contribuciones con
carácter general. Para ello, se utilizarán las subclaves que se indican para este campo.
B.- Contribuciones de los promotores. Se relacionarán con esta clave las contribuciones que los promotores, en los
planes de empleo, hayan efectuado y se imputen fiscalmente a los partícipes, así como las contribuciones
empresariales, no imputables fiscalmente, realizadas excepcionalmente de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.3.c)
del texto refundido de la Ley de Regulación de Planes y Fondos de pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo
1/2002, de 29 de noviembre. Igualmente deberán consignarse las contribuciones empresariales realizadas por los
promotores para el cumplimiento de planes del reequilibrio, acogidos a la Disposición Transitoria 4ª a 6ª del citado texto
refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, así como las aportaciones realizadas por los
promotores para el cumplimiento de planes del reequilibrio acogidos a la Disposición transitoria primera de la Ley
8/1987, de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.

cve: BOE-A-2022-14168
Verificable en https://www.boe.es

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