III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-14142)
Resolución de 19 de agosto de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Universidad de Alcalá, para la realización de actividades en el Instituto Universitario de Investigación en Ciencias Policiales durante el curso 2022/2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 205

Viernes 26 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 120703

De acuerdo con el apartado 3 del artículo 52 de la citada Ley 40/2015, de 1 de
octubre, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen
actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de los responsables del
seguimiento y control de la ejecución del presente convenio, podrán acordar la
continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren necesarias,
estableciendo un plazo improrrogable para su finalización en los términos previstos en
dicho artículo.
Undécima. Confidencialidad y protección de datos.
Los datos personales que se recojan derivados del presente convenio serán tratados
e incorporados a los sistemas de gestión de la información de los que, en su caso, las
partes firmantes serán responsables a los efectos de llevar a buen fin el presente
convenio, adoptándose las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que
garanticen la seguridad de los datos de carácter personal proporcionados, que eviten su
alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, previstas tanto en la normativa
vigente a nivel nacional, en la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), como en el
Reglamento General de Protección de Datos Europeo (RGPD).
Ambas partes declaran expresamente que conocen quedar obligadas al
cumplimiento de la citada normativa, especialmente a lo indicado en relación con la
exigencia del consentimiento expreso, con el deber de información a los titulares de los
datos personales, el deber de secreto y confidencialidad, las medidas de seguridad, su
conservación durante los plazos legalmente establecidos, y el correspondiente Acuerdo
a firmar entre los responsables del tratamiento.
Cada una de las partes se compromete a no difundir, ceder o comunicar a otras
personas, bajo ningún aspecto, salvo los casos previstos legalmente, las informaciones a
las que haya podido tener acceso durante la vigencia del presente convenio, pudiendo
aplicarlas y usarlas solamente para la finalidad prevista como consecuencia del mismo o
para la ejecución de éste, de conformidad con lo preceptuado en la vigente normativa de
protección de datos personales nacional y comunitaria. Dicha obligación subsistirá aun
cuando finalice la vigencia del citado convenio. En particular, será considerado como
información confidencial todo el saber resultante de la ejecución del objeto del mismo,
debiendo las partes mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla de
ninguna forma, total o parcialmente, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte
del convenio.
Cada parte será responsable del tratamiento de datos personales que efectúe. Así,
las Entidades firmantes del convenio responderán exclusivamente por las infracciones en
las que las mismas hubieren incurrido por incumplimiento de las obligaciones asumidas
en el presente convenio en materia de protección de datos o en el Acuerdo de
confidencialidad firmado.
Titularidad de los resultados obtenidos.

La titularidad de los resultados que pudieran derivarse de las actividades de
investigación realizadas en el marco del presente convenio, quedará sujeta a la
legislación vigente en materia de propiedad intelectual. Los profesores y/o investigadores
del IUICP deberán hacer constar su condición de tales en la publicación de los
resultados de sus investigaciones.
Decimotercera.

Derechos y obligaciones del alumnado.

1. Durante la realización del máster, los estudiantes tendrán los siguientes
derechos:
a) A la tutela, durante el desarrollo del Módulo de especialización, por un profesor
de la Universidad y por un profesional que preste servicios en el Ministerio del Interior.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la Universidad.

cve: BOE-A-2022-14142
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.