II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Destinos. (BOE-A-2022-14120)
Acuerdo de 11 de agosto de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelve el concurso para provisión de plazas de Magistrado/a suplente y de Juez/a sustituto/a en el año 2022/2023, en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco y La Rioja, convocado por Acuerdo de 17 de marzo de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 205
Viernes 26 de agosto de 2022
Sec. II.A. Pág. 120569
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
14120
Acuerdo de 11 de agosto de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se resuelve el concurso para provisión
de plazas de Magistrado/a suplente y de Juez/a sustituto/a en el año
2022/2023, en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de
Andalucía, Ceuta y Melilla, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears,
Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña,
Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Región
de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco y La Rioja, convocado
por Acuerdo de 17 de marzo de 2022.
La comisión permanente del expresado consejo general, en su reunión del día de la
fecha, ha acordado:
Primero.
Resolver el concurso convocado por Acuerdo de esta comisión permanente de 17 de
marzo de 2022 (BOE del día 23 de marzo) para provisión de plazas de Magistrado/a
suplente y de Juez/a sustituto/a en el año 2022/2023, de los tribunales superiores de
justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears,
Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad
Valenciana, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad
Foral de Navarra, País Vasco y La Rioja, con reserva del 5 % de las plazas para ser
cubiertas entre personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 % y, en
consecuencia, nombrar para el año indicado, en el ámbito de los indicados tribunales
superiores de justicia, a los/las candidatos/as relacionados/as en anexo, en el que, así
mismo, se expresan las plazas que se declaran vacantes.
Segundo.
Los/as candidatos/as nombrados/as que ejercieran cualquier empleo, cargo,
profesión o actividad comprendidos en alguno de los supuestos mencionados en el
artículo 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberán optar, en el plazo de ocho
días a contar desde el siguiente al de publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial
del Estado», por uno u otro cargo, o cesar en la actividad incompatible, de conformidad
con lo dispuesto en el precepto antes citado en relación con los artículos 201.4, 213.2
y 390.1 del expresado texto Legal.
Los/as magistrados/as suplentes y jueces/zas sustitutos/as tomarán posesión de
conformidad con lo establecido en la base decimotercera de la convocatoria y
artículos 99.3 y 4 del Reglamento 2/2011, de 24 de abril, de la Carrera Judicial.
Los/as magistrados/as suplentes y los/as jueces/zas sustitutos/as nombrados/as,
antes de tomar posesión, prestarán juramento o promesa en los términos previstos en
los artículos 318 y 321 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. El plazo posesorio será de
tres días contados a partir del juramento o promesa y, en todo caso, el de veinte días
naturales, computados a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo en
el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-14120
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 205
Viernes 26 de agosto de 2022
Sec. II.A. Pág. 120569
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
14120
Acuerdo de 11 de agosto de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se resuelve el concurso para provisión
de plazas de Magistrado/a suplente y de Juez/a sustituto/a en el año
2022/2023, en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de
Andalucía, Ceuta y Melilla, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears,
Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña,
Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Región
de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco y La Rioja, convocado
por Acuerdo de 17 de marzo de 2022.
La comisión permanente del expresado consejo general, en su reunión del día de la
fecha, ha acordado:
Primero.
Resolver el concurso convocado por Acuerdo de esta comisión permanente de 17 de
marzo de 2022 (BOE del día 23 de marzo) para provisión de plazas de Magistrado/a
suplente y de Juez/a sustituto/a en el año 2022/2023, de los tribunales superiores de
justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears,
Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad
Valenciana, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad
Foral de Navarra, País Vasco y La Rioja, con reserva del 5 % de las plazas para ser
cubiertas entre personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 % y, en
consecuencia, nombrar para el año indicado, en el ámbito de los indicados tribunales
superiores de justicia, a los/las candidatos/as relacionados/as en anexo, en el que, así
mismo, se expresan las plazas que se declaran vacantes.
Segundo.
Los/as candidatos/as nombrados/as que ejercieran cualquier empleo, cargo,
profesión o actividad comprendidos en alguno de los supuestos mencionados en el
artículo 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberán optar, en el plazo de ocho
días a contar desde el siguiente al de publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial
del Estado», por uno u otro cargo, o cesar en la actividad incompatible, de conformidad
con lo dispuesto en el precepto antes citado en relación con los artículos 201.4, 213.2
y 390.1 del expresado texto Legal.
Los/as magistrados/as suplentes y jueces/zas sustitutos/as tomarán posesión de
conformidad con lo establecido en la base decimotercera de la convocatoria y
artículos 99.3 y 4 del Reglamento 2/2011, de 24 de abril, de la Carrera Judicial.
Los/as magistrados/as suplentes y los/as jueces/zas sustitutos/as nombrados/as,
antes de tomar posesión, prestarán juramento o promesa en los términos previstos en
los artículos 318 y 321 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. El plazo posesorio será de
tres días contados a partir del juramento o promesa y, en todo caso, el de veinte días
naturales, computados a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo en
el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-14120
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.