I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Protección de los animales. (BOE-A-2022-14086)
Ley 9/2022, de 30 de junio, de protección de los animales domésticos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 204

Jueves 25 de agosto de 2022

Sec. I. Pág. 120380

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
14086

Ley 9/2022, de 30 de junio, de protección de los animales domésticos.

Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento
Vasco ha aprobado la Ley 9/2022, de 30 de junio, de protección de los animales
domésticos.

La convivencia con animales en el ámbito doméstico es una arraigada costumbre en
las sociedades humanas. En los últimos años, además, podemos percibir un incremento
significativo en el número de animales conviviendo en los hogares.
A partir del mayor conocimiento científico sobre el comportamiento de los animales y
la creciente sensibilidad social en torno a su bienestar y protección, se ha producido un
notable desarrollo legislativo en todos los niveles normativos.
A todo ello ha de añadirse que, gracias al mayor grado de desarrollo social y cultural
de nuestro entorno, estamos asistiendo a un proceso de cambio en la consideración del
respeto hacia los animales y en la sensibilización a favor de un mayor grado de
protección y bienestar para todos ellos.
En el ámbito internacional, son numerosos los documentos y referencias en materia
de protección y defensa de los animales: los convenios de Washington, Berna y Bonn,
ratificados por España, así como los reglamentos y directivas comunitarias existentes en
esta materia, que han contribuido al desarrollo de una normativa de salvaguarda y
protección de los animales.
La preocupación por el bienestar animal, presente en el artículo 13 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, se reforzó con el Tratado de Lisboa con la
consideración de los animales de granja como seres sensibles. Así, entiende que los
animales son capaces de sentir placer y dolor y que, en atención a esta característica, no
pueden ser tratados como meros objetos.
La Estrategia de la Unión Europea 2012-2015 sobre bienestar animal persigue, entre
otros objetivos, establecer condiciones justas en el ámbito internacional, proporcionar
información clara y precisa a los consumidores, simplificar la legislación, mejorar la
formación en la actividad ganadera y veterinaria, y ayudar a los Estados miembros a
cumplir la legislación de la Unión Europea.
Por su parte, el Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía ha
supuesto nuevas exigencias legales, como la prohibición de mutilación de animales por
razones estéticas y el establecimiento de unos principios básicos para el bienestar de los
animales y su tenencia.
En el ámbito del derecho penal, las sucesivas reformas del Código Penal han
conllevado también un progresivo reconocimiento del bienestar, la integridad y la vida de
los animales como bienes jurídicos a proteger, frente a las conductas que la sociedad
considera, por su gravedad y crueldad, merecedoras de reproche penal.
Asimismo, la modificación del Código Civil, de la Ley Hipotecaria y de la Ley de
Enjuiciamiento Civil establecen el principio de que la naturaleza de los animales y la
naturaleza de las cosas o bienes son elementos distintos y reconocen que son seres
vivos dotados de sensibilidad, de modo que los derechos y competencias sobre ellos
deben ejercerse de acuerdo con el bienestar y la protección de los animales.
En el ámbito administrativo, tanto las autoridades autonómicas como las municipales
han procedido a reformar sus respectivas normas de protección animal, en el mismo
sentido de aumentar los niveles de protección de los animales.

cve: BOE-A-2022-14086
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