III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-14076)
Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre complementos retributivos para 2022 del personal docente en pago delegado de los centros concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja del VII Convenio colectivo de las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203

Miércoles 24 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 120256

Quinto.
La percepción de los complementos retributivos establecidos en el anexo I será
efectiva para el personal docente en pago delegado de las diferentes categorías, etapas
o niveles educativos acogido al Convenio Colectivo de empresas de enseñanza privada
sostenidas total o parcialmente con fondos públicos con efectos retroactivos a 1 de enero
de 2022.
Sexto.
El pago de los complementos retributivos establecidos en el anexo I al referido
personal docente en pago delegado está condicionado a que su abono sea efectuado
por la Consejería competente en materia educativa del Gobierno de La Rioja. Las
empresas por tanto no abonarán directamente a este personal cantidad alguna por estos
conceptos, y en consecuencia no estarán obligadas a ello.
Séptimo.
Las diferencias económicas devengadas y no percibidas derivadas de la aplicación
retroactiva con efectos de 1 de enero de 2022, de las cantidades establecidas en el
presente acuerdo, se abonarán a los trabajadores en el plazo máximo de tres meses
desde su publicación en el BOE, si bien se debe tener en cuenta el manifiesto sexto de
este mismo acuerdo.
Octavo.
El presente acuerdo queda supeditado a la ratificación del mismo en todos sus
términos por la Administración Educativa de Comunidad Autónoma de La Rioja. La
vigencia del presente Acuerdo se vincula con la vigencia del VII Convenio Colectivo de
Enseñanza Privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos del que formará
parte una vez producida la ratificación a que se refiere la presente cláusula.
Noveno.
Se faculta al representante de Educación y Gestión de La Rioja para remitir el
acuerdo a la Comisión Paritaria del VII Convenio Colectivo de empresas de enseñanza
privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, para que proceda a su
depósito ante el organismo competente en orden a su publicación en el BOE.

cve: BOE-A-2022-14076
Verificable en https://www.boe.es

Y con el fin de que surta los efectos legales oportunos, firman el presente acuerdo en
la fecha y lugar arriba indicados.–Por Educación y Gestión-La Rioja, Ana Isabel Preciado
Moreno.–Por CECE-La Rioja, Ramón Ruiz Lucendo.–Por FEUSO-La Rioja, Alejandro
Vesga Fernández.–Por FSIE-La Rioja, Gonzalo González Ortega.–Por FESP-UGT-La
Rioja, Elena Fragueiro Grande.–Por FE-CC. OO.-La Rioja, Gloria Andrés Hurtado.