III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-14076)
Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre complementos retributivos para 2022 del personal docente en pago delegado de los centros concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja del VII Convenio colectivo de las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203

Miércoles 24 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 120254

MANIFIESTAN
Primero.
Que en fecha 8 de noviembre de 2005 se firmó el Acuerdo Básico entre el Ministerio
de Educación y Ciencia y las organizaciones sindicales representativas del personal del
ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos, en
cuyo punto cinco se establece la progresiva equiparación salarial de los licenciados que
imparten enseñanza en los cursos 1.º y 2.º de ESO con los docentes que imparten
enseñanzas en los restantes cursos de dicha etapa educativa, así como tender a la
progresiva equiparación de los maestros que están impartiendo 1.º y 2.º curso de la ESO
con los maestros de la enseñanza pública de iguales cursos.
Segundo.
Que en fecha de 27 de abril de 2016 la Consejería de Educación del Gobierno de La
Rioja firmó un «Acuerdo con las organizaciones empresariales y sindicales más
representativas en el sector de centros de enseñanza privados sostenidos con fondos
públicos, para adecuar los conceptos salariales en 2016, para el personal docente en
pago delegado de los centros concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja» que
estableció unas nuevas cuantías del «complemento autonómico de La Rioja» para las
distintas categorías, también del «complemento autonómico de La Rioja al complemento
salarial de los maestros de 1.º y 2.° curso de la ESO».
Tercero.
Que en fecha 16 de noviembre de 2018 se firmó el «Acuerdo del Gobierno de La
Rioja y de las organizaciones patronales, de titulares de centros y sindicales más
representativas en el sector de la enseñanza concertada de La Rioja, sobre
homologación salarial y otros», en cuyo apartado segundo se establece que el Gobierno
de La Rioja incluirá en los módulos económicos de distribución de fondos públicos para
el sostenimiento de los centros concertados que se fijan en los Presupuestos Generales
anuales de la Comunidad Autónoma, los incrementos retributivos que permitan alcanzar
en el año 2019 un porcentaje de homologación del 96,50 %, respecto de las
retribuciones que perciban los docentes de la enseñanza pública riojana y en los
términos y conceptos contemplados en el mismo.
Cuarto.
Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo
de 2006) establece en el apartado 4 de su artículo 117 que las cantidades
correspondientes a los salarios del personal docente de los centros privados concertados
posibilitarán la equiparación gradual de su remuneración con la del profesorado de la
enseñanza pública de las respectivas etapas.

Que sobre la base de las previsiones contenidas en la Ley 22/2021, de 28 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (BOE de 29 de
diciembre de 2021), particularmente en su artículo 13 y su anexo IV, el 26 de enero
de 2022 se firmaron en las Tablas Salariales del año 2022 del VII convenio colectivo de
empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, las
cuales se publicaron en el BOE del 20 de mayo de 2022.

cve: BOE-A-2022-14076
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.