I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Estatuto. (BOE-A-2022-14059)
Real Decreto 697/2022, de 23 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203

Miércoles 24 de agosto de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Real Decreto 697/2022, de 23 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto
del Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y
Nutrición.

La Agencia Española de Seguridad Alimentaria, creada por la Ley 11/2001, de 5 de
julio, por la que se crea la Agencia Española de Seguridad Alimentaria, nace como
órgano destinado a mejorar la gestión integral de la seguridad alimentaria en toda la
cadena de producción, elaboración, distribución y consumo, en cumplimiento del
mandato constitucional de proteger la salud de los ciudadanos en el ámbito de la
alimentación y de la nutrición, y en respuesta al Libro Blanco sobre la Seguridad
Alimentaria, presentado por la Comisión Europea, que proponía la creación en los
Estados miembros de organismos nacionales de cooperación e intercambio de
información en materia de seguridad alimentaria, que funcionen como una Red bajo la
coordinación de una futura Autoridad Europea en la materia.
Asimismo, la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los
consumidores y usuarios, atribuyó a la Agencia nuevas competencias en materia de
nutrición, pasando a denominarse Agencia Española de Seguridad Alimentaria y
Nutrición. Se atribuye así a la Agencia la función en este ámbito de planificar, coordinar y
desarrollar estrategias y actuaciones que fomenten la información, educación y
promoción de la salud en el campo de la nutrición y de la prevención de la obesidad. En
definitiva, se dispone de un órgano administrativo que ha de propiciar la colaboración y
coordinación de las Administraciones Públicas competentes en materia de seguridad
alimentaria y nutrición.
Para la efectiva puesta en marcha de la Agencia se aprobó el Real
Decreto 709/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia
Española de Seguridad Alimentaria.
Con posterioridad, y entendiendo que la refundición de la Agencia Española de
Seguridad Alimentaria y Nutrición con el entonces Instituto Nacional del Consumo traería
beneficios para ambos organismos autónomos, tanto desde el punto de vista material
como en la gestión administrativa, se procedió a la adopción del Real Decreto 19/2014,
de 17 de enero, por el que se refunden los organismos autónomos Instituto Nacional del
Consumo y Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición en un nuevo
organismo autónomo denominado Agencia Española de Consumo, Seguridad
Alimentaria y Nutrición y se aprueba su estatuto.
No obstante, en el periodo transcurrido desde entonces se ha demostrado que la
actuación conjunta de ambos organismos, por la disparidad de materias que habían de
ser abordadas, no estaba dando los resultados esperados, siendo más efectivo desde un
punto de vista organizativo y de gestión de las materias que le estaban atribuidas,
proceder nuevamente a su separación.
Esta decisión se plasmó en el Real Decreto 1047/2018, de 24 de agosto, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Consumo y
Bienestar Social y se modifica el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. Dicho Real
Decreto creó una nueva Dirección General de Consumo en el citado departamento
ministerial de la que pasarían a depender los órganos de la Agencia Española de
Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición que gestionaban las materias referidas a

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