III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2022-14033)
Resolución de 16 de agosto de 2022, de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias, para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 201

Lunes 22 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 120108

personal de las víctimas de violencia de género, en todo el territorio nacional, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, así como de
las previsiones en materia de gratuidad, accesibilidad y confidencialidad de los servicios
telefónicos contempladas en el artículo 24 del Convenio de Estambul. El servicio 016 es
de ámbito estatal, estructura centralizada, gratuito, confidencial y ofrece atención
ininterrumpida: está en funcionamiento las 24 horas del día, los 365 días del año.
Séptimo.
Que en la Conferencia Sectorial de la Mujer celebrada el día 23 de julio de 2007, el
entonces competente Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad y las
Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla, acordaron la celebración de
convenios de colaboración como mecanismo para garantizar el derecho a la información
de las mujeres víctimas de violencia de género a través del servicio telefónico de
información y asesoramiento.
Octavo.
Que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene competencia en materia de
«Promoción de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y lucha
contra la Violencia de Género» según lo dispuesto en el artículo 145 del Estatuto de
Autonomía de Canarias aprobado por Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de
reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias. Esta competencia ha sido desarrollada
por la Ley 16/2003, de 8 de abril, de Prevención y Protección Integral de las Mujeres
contra la Violencia de Género en cuyo artículo 21 se reconoce a las mujeres víctimas de
violencia de género el derecho a la información sobre los distintos recursos de atención.
Para garantizar el derecho a la información, la Comunidad Autónoma de Canarias
tiene el servicio telefónico 112.
Noveno.
Que el 25 de marzo de 2008 se suscribió un Convenio de colaboración entre el
Ministerio de Igualdad y la Comunidad Autónoma de Canarias para la prestación del
servicio telefónico de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de
género y que ha facilitado durante estos años el cumplimiento de los fines de interés
general y social cuya consecución tiene encomendada la Administración General del
Estado, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, del actual
Ministerio de Igualdad.
Décimo.

Undécimo.
Que, por lo expuesto, procede la suscripción de un nuevo convenio entre
Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia
Género y la Comunidad Autónoma de Canarias, a través del Instituto Canario
Igualdad, para la derivación de llamadas de información y asesoramiento jurídico
materia de violencia de género.

el
de
de
en

cve: BOE-A-2022-14033
Verificable en https://www.boe.es

Que, dado el tiempo transcurrido desde el último convenio suscrito, los avances en el
panorama normativo nacional e internacional y los cambios y las mejoras introducidos
por las partes en la prestación del servicio 016 y en el servicio telefónico autonómico
antes aludidos, determinan la necesidad de formalizar un nuevo convenio adaptado a las
circunstancias actuales.