III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-14021)
Resolución de 11 de agosto de 2022, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas, para la promoción de los productos de alimentación y bebidas en los mercados internacionales, a través de ferias y certámenes en los años 2022 y 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 22 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 119983

3. Aportar la cantidad de cuatrocientos sesenta y cinco mil euros (465.000,00
euros), en la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio, ejercicio 2022
y 2023, de conformidad con lo indicado en el anexo I y de acuerdo al siguiente desglose:
– Doscientos diez mil euros (210.000,00 euros) para el ejercicio económico de 2022.
– Doscientos cincuenta y cinco mil euros (255.000,00 euros) para el ejercicio
económico 2023.
4. Coordinar la participación de las empresas del sector en cada acto promocional.
A estos efectos, el número mínimo de empresas exigido para participar en una feria a
través del presente convenio, será de cuatro.
5. Si las ferias se celebran en formato presencial:
5.1 Convocar a empresas especializadas, al menos a tres, para que presenten
ofertas para la ejecución de las ferias, cumpliéndose los principios básicos, de
transparencia, no discriminación e igualdad de trato. Las empresas deberán presentar la
documentación necesaria que garantice su capacidad técnica y legal para la realización
del trabajo.
5.2 Remitir al MAPA el anexo II y el proyecto de la empresa seleccionada, al menos
diez días hábiles antes del inicio de las actividades.
El proyecto incluirá el desarrollo de las especificaciones técnicas proporcionadas por
el MAPA, de acuerdo a la normativa en vigor y a las especificaciones de los diferentes
recintos feriales.
En concreto el proyecto deberá tener las siguientes características:
– Construir el stand según el diseño de España Exportación e Inversiones (ICEX),
adaptándolo, en su caso, para cada feria, al perímetro del stand y a su ubicación en el
recinto ferial de que se trate.
– En el perímetro exterior, se instalarán rótulos con los logotipos del Gobierno de
España, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, según la normativa de la
imagen institucional de la Administración General del Estado, así como el de
#alimentosdespaña.
– Facilitar y habilitar dentro del stand un espacio o despacho para su utilización por
el MAPA, en aquellas ferias en las que así lo decida el Departamento.
5.3 Realizar los servicios necesarios para la instalación y mantenimiento de los
pabellones feriales, así como su gestión, durante los días en que se desarrollen las
ferias.
5.4 Facilitar, en tiempo y forma, al MAPA la información sobre las actuaciones
protocolarias para su participación, así como de los programas técnicos y generales de
las ferias. Se facilitarán, sin coste a los representantes del MAPA acreditaciones y pases
para cada feria.
5.5 Aportar el material de exposición y decoración.
5.6 Remitir al MAPA, a la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de
España, el primer día de la feria, material fotográfico compuesto por, al menos, 5
fotografías de alta calidad del stand.
6. Si las ferias se celebran en formato virtual: remitirán un documento explicando
las características de la feria, su funcionamiento, las empresas participantes y la
visibilidad del Ministerio dentro de la plataforma.
7. Remitir al MAPA, a la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de
España una vez finalizada cada feria, una memoria final descriptiva y económica de las
actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas y
certificados bancarios de pago en un plazo no superior a un mes desde la finalización de
cada feria, de acuerdo con los anexos III y IV.
8. FIAB se asegurará que en ninguna de las actuaciones previstas se produce
doble financiación.

cve: BOE-A-2022-14021
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Núm. 201