III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-14021)
Resolución de 11 de agosto de 2022, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas, para la promoción de los productos de alimentación y bebidas en los mercados internacionales, a través de ferias y certámenes en los años 2022 y 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 201
Lunes 22 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 119982
– Plma Chicago, 2022.
– Ism Middle East /The Speciality Food Festival 2022.
– Shira Lyon 2023.
– Winter Fancy Food, 2023.
– Supermarket Trade Show, 2023.
– Biofach Germany, 2023.
– Tutto Food Milano, 2023.
– Ife London 2023.
– Seoul Food & Hotel, 2023.
– Sial China, 2023.
Tercera.
Obligaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MAPA se
compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado
en el anexo I:
1. Aportar la cantidad máxima de cuatrocientos sesenta y cinco mil euros
(465.000,00 euros), en la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio,
una vez ejecutadas y justificadas las ferias programadas. El desglose por ejercicio será
el siguiente:
– Doscientos diez mil euros (210.000,00 euros) para el ejercicio económico de 2022.
– Doscientos cincuenta y cinco mil euros (255.000,00 euros) para el ejercicio
económico 2023.
A estos efectos, el MAPA, con su aportación al presente convenio, abonará los
gastos que se originen por la realización de las ferias, excluyendo los gastos derivados
de atenciones protocolarias, viajes, dietas, alojamiento, gastos corrientes, salarios del
personal propio y compra de productos.
El importe del IVA correspondiente a los gastos realizados por FIAB en el
cumplimiento de las actuaciones previstas en el presente convenio sólo será
considerado gasto financiable por el MAPA cuando dicho importe no sea susceptible de
recuperación o compensación por la propia FIAB.
2. Revisar previamente a la ejecución de las ferias, la información que debe remitir
FIAB, en función del tipo de feria.
3. Participar en la preparación de las ferias con sus unidades técnicas y de
promoción.
4. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del
presente convenio.
5. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden
dentro del presente convenio.
Cuarta. Obligaciones de la Federación Española de Industrias de Alimentación y
Bebidas.
1. Asumir la responsabilidad directa de las gestiones necesarias para el buen
desarrollo de las ferias promocionales previstas, informando al MAPA de las mismas. En
la contratación externa de acciones deben cumplirse los principios básicos de
transparencia, no discriminación e igualdad de trato.
2. A estos efectos, FIAB se compromete a adelantar los fondos necesarios para el
desarrollo efectivo de las actuaciones programadas para las ferias previstas.
cve: BOE-A-2022-14021
Verificable en https://www.boe.es
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, FIAB se compromete
a realizar las siguientes actuaciones:
Núm. 201
Lunes 22 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 119982
– Plma Chicago, 2022.
– Ism Middle East /The Speciality Food Festival 2022.
– Shira Lyon 2023.
– Winter Fancy Food, 2023.
– Supermarket Trade Show, 2023.
– Biofach Germany, 2023.
– Tutto Food Milano, 2023.
– Ife London 2023.
– Seoul Food & Hotel, 2023.
– Sial China, 2023.
Tercera.
Obligaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MAPA se
compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado
en el anexo I:
1. Aportar la cantidad máxima de cuatrocientos sesenta y cinco mil euros
(465.000,00 euros), en la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio,
una vez ejecutadas y justificadas las ferias programadas. El desglose por ejercicio será
el siguiente:
– Doscientos diez mil euros (210.000,00 euros) para el ejercicio económico de 2022.
– Doscientos cincuenta y cinco mil euros (255.000,00 euros) para el ejercicio
económico 2023.
A estos efectos, el MAPA, con su aportación al presente convenio, abonará los
gastos que se originen por la realización de las ferias, excluyendo los gastos derivados
de atenciones protocolarias, viajes, dietas, alojamiento, gastos corrientes, salarios del
personal propio y compra de productos.
El importe del IVA correspondiente a los gastos realizados por FIAB en el
cumplimiento de las actuaciones previstas en el presente convenio sólo será
considerado gasto financiable por el MAPA cuando dicho importe no sea susceptible de
recuperación o compensación por la propia FIAB.
2. Revisar previamente a la ejecución de las ferias, la información que debe remitir
FIAB, en función del tipo de feria.
3. Participar en la preparación de las ferias con sus unidades técnicas y de
promoción.
4. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del
presente convenio.
5. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden
dentro del presente convenio.
Cuarta. Obligaciones de la Federación Española de Industrias de Alimentación y
Bebidas.
1. Asumir la responsabilidad directa de las gestiones necesarias para el buen
desarrollo de las ferias promocionales previstas, informando al MAPA de las mismas. En
la contratación externa de acciones deben cumplirse los principios básicos de
transparencia, no discriminación e igualdad de trato.
2. A estos efectos, FIAB se compromete a adelantar los fondos necesarios para el
desarrollo efectivo de las actuaciones programadas para las ferias previstas.
cve: BOE-A-2022-14021
Verificable en https://www.boe.es
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, FIAB se compromete
a realizar las siguientes actuaciones: