III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-13888)
Resolución de 9 de agosto de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Regeneración de la playa de La Antilla-Islantilla en Lepe e Isla Cristina (Huelva)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 119508

− De acuerdo con lo indicado por la Dirección General de Planificación y Recursos
Hídricos, de la Junta de Andalucía al respecto de la protección de los sistemas fluviales y
de la calidad de las aguas, deberá cumplir con las siguientes consideraciones:
a) El plan de vigilancia y control del proyecto incorporará a sus objetivos mantener
el buen estado en el que se encuentra la masa de agua afectada de la demarcación
hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras (ES064MSPF440020).
b) Para conocer cómo afecta la ejecución de la obra y su posterior efecto sobre las
masas de agua, se deberán analizar, antes del inicio de las obras, durante las obras
(cada tres meses), y seis meses después de finalizarlas, aquellos parámetros y en los
puntos de control establecidos en su informe de fecha de 2 de marzo de 2021. Los
resultados obtenidos se deberán presentar en la Delegación Territorial en Huelva de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible a los efectos
oportunos.
− Por su parte, la Confederación Hidrográfica del Guadiana considera que para
evaluar el estado de la masa de agua «Isla Cristina» (ES040MSPF004000170) se han
de utilizar los indicadores de seguimiento establecidos en el Real Decreto 817/2015,
de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación
del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental,
correspondientes a las masas de agua de transición y costeras.
− Se realizarán diferentes controles topo-batímetros, tanto en la zona de aportación
como de extracción, a fin de conocer y evaluar los cambios en la batimetría. Estos
levantamientos se realizarán antes del inicio de las obras y pasados uno, dos y tres
años, con objeto de poder analizar el eventual impacto. Para evitar desajustes
estacionales en estos perfiles deberán ser tomados preferiblemente en el mismo mes.
− Aparte de los levantamientos anteriores, se realizará un seguimiento en
profundidad del efecto de las obras ejecutadas sobre la dinámica litoral y sedimentaria,
valorando su capacidad de control de la erosión, y las posibles modificaciones en los
tramos de costa adyacentes, principalmente se vigilará que no se genere una
disminución del flujo de arenas como consecuencia de la construcción del espigón sobre
el espacio Red Natura 2000 ZEC/ZEPA ES 6150006 «Marismas del Río Piedra y Flecha
del Rompido», y si se hace extensible a una erosión en la raíz de la Fecha de Nueva
Umbría. Para ello se realizarán los controles necesarios in situ al menos cada tres meses
el primer año tras la obra, y de manera semestral durante los siguientes 7 años. Los
informes realizados al efecto se remitirán a las administraciones competentes en la
gestión de estos espacios (al menos la Dirección General de Medio Natural,
Biodiversidad y Espacios Protegidos y a la Delegación Territorial de Huelva, del Paraje
Natural Marismas del Odiel, de la Junta de Andalucía), de tal modo que, en función de
los resultados, se propondrán las medidas correctoras adicionales que se considere
necesario consensuadas con dichas administraciones, incluyendo la modificación de la
periodicidad de los muestreos establecidos en este punto.
− Antes del inicio de las obras, se realizará una comprobación de la cartografía
bionómica, de las comunidades e HIC terrestres y marinos, en este último caso mediante
filmación submarina o inmersión de buceadores especializados, tanto en la zona de
dragado como de aportación, controlando los siguientes parámetros: aterramiento,
impregnación, estrés biológico, mortalidad; y evaluación de la incidencia de la turbidez
en las comunidades. Se llevará a cabo la vigilancia de estas comunidades durante la
fase de ejecución de las obras y una vez finalizadas las mismas, al menos durante los 5
primeros años. La intensidad del seguimiento sobre las comunidades podrá disminuirse
en función de los resultados obtenidos.
− En caso de detectarse turbidez excesiva no prevista, se comunicará a la dirección
de obra para que la paralice si lo considera oportuno.
− Las medidas establecidas por la Delegación Territorial de Huelva de la Junta de
Andalucía, en su informe de fecha 8 de mayo de 2019, en materia de geodiversidad y
biodiversidad, deberán incorporarse al PVA.

cve: BOE-A-2022-13888
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Núm. 198