III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-13890)
Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Corpal de 156 MW, y su infraestructura de evacuación, en Borjabad, Cubo de la Solana, Tejado, Gómara, Buberos, Almenar de Soria, Pinilla del Campo, Noviercas y Ólvega (Soria)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 198

Jueves 18 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 119526

interés comunitario (HIC) y la fauna protegida existente en el ámbito de actuación, el cual
se recibe el 15 de marzo de 2022.
3.
3.1

Análisis técnico del expediente

Análisis de alternativas.

El EsIA contempla tres alternativas de diseño para el parque eólico, tres para la
ubicación de la SET Corpal y tres para la línea de evacuación, además de la alternativa 0
(de no realización del proyecto), que se desestima al no contribuir en el desarrollo de
energías renovables ni reducir las emisiones a la atmósfera de gases de efecto
invernadero.
Para el diseño del parque eólico, las tres alternativas planteadas contemplan la
instalación de 32 aerogeneradores en los TT. MM. de Tejado, Borjabad, Cubo de la
Solana y Aldealafuente (Alternativa 1); Tejado, Cubo de la Solana y Borjabad
(Alternativa 2); y Tejado, Borjabad, Cubo de la Solana y Gómara (Alternativa 3). El
promotor propone seleccionar la Alternativa 3 por tener menos efectos sobre el medio
ambiente, principalmente por menor afección a la vegetación y a los HIC, suponer un
menor efecto barrera para la fauna, y estar más alejada tanto de espacios protegidos
como de núcleos de población, lo que supondrá reducir el impacto visual.
Para la ubicación de la SET Corpal, el promotor selecciona la Alternativa 3, que
queda dentro de la poligonal de la alternativa seleccionada para el parque eólico, por ser
la solución que genera menos afecciones. Respecto a las alternativas para la línea de
evacuación, la Alternativa 3 es la opción elegida por el promotor como la más adecuada
ambientalmente, ya que tiene una menor longitud 34,2 km, frente a la longitud
de 39,8 km de la Alternativa 1, y 41,5 km de la Alternativa 2, lo que supone menos
afecciones sobre la avifauna, así como una menor afección sobre los HIC.
Respecto a la ubicación de la SET Colectora, las tres alternativas analizadas se
ubican en el TM de Ólvega. Según indica el EsIA, se selecciona la Alternativa 3, ya que
es la que menor ocupación de suelo presenta y por ser la más cercana a la SE Moncayo,
lo que supone que la línea de evacuación hasta la misma sea más corta y, por tanto,
presente menos afecciones sobre el medio ambiente.

3.2.1

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
Biodiversidad: hábitats de interés comunitario, flora y fauna.

Las afecciones sobre la vegetación y los HIC en la fase de construcción se derivan
fundamentalmente de la eliminación y degradación de la cubierta vegetal debido a la
ejecución de las infraestructuras proyectadas. El EsIA estima que se afectará a una
superficie aproximada de 108,06 ha, de las cuales alrededor de 6,27 ha corresponden a
bosques mixtos.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León (DGPNyPF), señala que, en el ámbito del proyecto, se tiene constancia de la
presencia de los siguientes taxones incluidos en el Catálogo de Flora Protegida de
Castilla y León en la categoría de «atención preferente»: Paeonia mascula (L) subsp.
Mascula; Platanthera chlolantha (Custer) Reichnb; Astragalus vesicarius (L); Litorella
uniflora (L) Ascherson y Epipactis tremolsii C. Pau, aunque indica que, con las medidas
preventivas y correctoras previstas, las actuaciones proyectadas no supondrán afección
a dichos taxones. Además, señala que el proyecto no presenta coincidencia territorial
con ningún ejemplar incluido en el Catálogo Regional de Árboles Notables.
En el ámbito del proyecto, se localizan los siguientes HICs: 4090 «Brezales
oromediterráneos endémicos con aliaga»; 6170 «Prados alpinos y subalpinos
calcáreos»; 6220* «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del TheroBrachypodietea»; 6420 «Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del MolinionHoloschoenion»; 8210 «Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica»;
9230 «Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica» y 9340

cve: BOE-A-2022-13890
Verificable en https://www.boe.es

3.2