III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-13890)
Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Corpal de 156 MW, y su infraestructura de evacuación, en Borjabad, Cubo de la Solana, Tejado, Gómara, Buberos, Almenar de Soria, Pinilla del Campo, Noviercas y Ólvega (Soria)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de agosto de 2022
4.
Sec. III. Pág. 119536
Valoración del órgano ambiental
El proyecto tiene como objeto la generación de energía eólica mediante el parque
eólico Corpal, el cual consta de 32 aerogeneradores de 6 MW de potencia nominal, si
bien, tal como indica el promotor la potencia unitaria estará limitada a 4,875 MW.
Asimismo, el proyecto contempla una infraestructura de evacuación de 220 kV hasta la
subestación SE Moncayo de REE, de 220 kV y una longitud total de 34,368 km.
El factor ambiental que puede resultar más afectado es la fauna, en concreto los
grupos de aves y quirópteros, y tanto el EsIA como el estudio de fauna presentan
carencias en lo relativo al conocimiento de estas comunidades. En este sentido, de
acuerdo con la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO,
los trabajos de campo realizados no han tenido la suficiente profundidad como para
detectar las especies de carácter estepario ni su hábitat favorable, y no ha sido
estudiada la posible afección directa a la subpoblación de alondra Ricotí de Pinilla del
Campo atravesada por la línea eléctrica.
Una línea eléctrica de evacuación tan larga provoca afecciones sobre un extenso
territorio que cuenta con varios espacios protegidos muy próximos. Concretamente la
línea eléctrica discurre próxima y sensiblemente paralela a la ZEPA «Altos Campos de
Gómara» atravesando un hábitat que no difiere sustancialmente de los espacios de la
Red Natura 2000 cercanos, y que las poblaciones de avifauna objeto de protección de la
ZEPA amplían su área de campeo fuera de la misma en los terrenos afectados por la
línea eléctrica.
En el ámbito de las infraestructuras proyectadas, existen varias especies
amenazadas de acuerdo al CEEA, destacando la presencia del milano real, con una
importante mortalidad en la zona asociada a infraestructuras eléctricas, y de aves
esteparias como la avutarda, el sisón, el aguilucho cenizo y la ganga ortega, con una
importante ocupación del hábitat favorable para dichas especies. Además, parte del
trazado de la línea eléctrica atravesará un núcleo poblacional de alondra Ricotí, lo que
supondrá una amenaza adicional a la subpoblación, acumulativa con otras
infraestructuras, en un contexto de declive y peligro de extinción local de esta especie.
La información y medidas contenidas en el EsIA y en el estudio de fauna no permiten
descartar efectos significativos sobre estas especies. En este sentido, la Dirección
General de Patrimonio Natural y Política Forestal de Castilla y León informa
desfavorablemente el proyecto, ya que supone un elevado impacto sobre los valores
naturales, y señala que respecto a las especies con mayor grado de protección o interés
(avifauna y quirópteros) se considera que este proyecto puede suponer una afección a la
integridad de las especies de fauna presentes, todo ello a pesar de las medidas
preventivas y correctoras recogidas en el EsIA, y de las que se pudieran imponer para
minorar estas afecciones.
La concentración de parques eólicos y de tendidos eléctricos en el entorno del
proyecto, genera acumulación y sinergia de los impactos por colisión para aves y
quirópteros y por efecto barrera y pérdida de conectividad.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de Castilla y León
concluye que no puede asegurarse que el proyecto no cause indirectamente perjuicio a
la integridad de la siguiente zona incluida en la Red Natura 2000: ZEPA «Altos Campos
de Gómara». La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO
coincide con la DGPNyPF en que no puede asegurarse que las actuaciones
proyectadas, tanto individualmente como en combinación con otros proyectos, no causen
indirectamente perjuicio a la integridad de los espacios incluidos en la Red Natura 2000.
Por todo lo anterior, y teniendo en cuenta los informes desfavorables de la Dirección
General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León y la
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO y el principio de
precaución, se puede concluir que el proyecto, con el diseño planteado en la presente
evaluación de impacto ambiental, previsiblemente causará efectos negativos
significativos sobre el medio ambiente, y que las medidas previstas en el EsIA y anexos
no son una garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o compensación.
cve: BOE-A-2022-13890
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 198
Jueves 18 de agosto de 2022
4.
Sec. III. Pág. 119536
Valoración del órgano ambiental
El proyecto tiene como objeto la generación de energía eólica mediante el parque
eólico Corpal, el cual consta de 32 aerogeneradores de 6 MW de potencia nominal, si
bien, tal como indica el promotor la potencia unitaria estará limitada a 4,875 MW.
Asimismo, el proyecto contempla una infraestructura de evacuación de 220 kV hasta la
subestación SE Moncayo de REE, de 220 kV y una longitud total de 34,368 km.
El factor ambiental que puede resultar más afectado es la fauna, en concreto los
grupos de aves y quirópteros, y tanto el EsIA como el estudio de fauna presentan
carencias en lo relativo al conocimiento de estas comunidades. En este sentido, de
acuerdo con la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO,
los trabajos de campo realizados no han tenido la suficiente profundidad como para
detectar las especies de carácter estepario ni su hábitat favorable, y no ha sido
estudiada la posible afección directa a la subpoblación de alondra Ricotí de Pinilla del
Campo atravesada por la línea eléctrica.
Una línea eléctrica de evacuación tan larga provoca afecciones sobre un extenso
territorio que cuenta con varios espacios protegidos muy próximos. Concretamente la
línea eléctrica discurre próxima y sensiblemente paralela a la ZEPA «Altos Campos de
Gómara» atravesando un hábitat que no difiere sustancialmente de los espacios de la
Red Natura 2000 cercanos, y que las poblaciones de avifauna objeto de protección de la
ZEPA amplían su área de campeo fuera de la misma en los terrenos afectados por la
línea eléctrica.
En el ámbito de las infraestructuras proyectadas, existen varias especies
amenazadas de acuerdo al CEEA, destacando la presencia del milano real, con una
importante mortalidad en la zona asociada a infraestructuras eléctricas, y de aves
esteparias como la avutarda, el sisón, el aguilucho cenizo y la ganga ortega, con una
importante ocupación del hábitat favorable para dichas especies. Además, parte del
trazado de la línea eléctrica atravesará un núcleo poblacional de alondra Ricotí, lo que
supondrá una amenaza adicional a la subpoblación, acumulativa con otras
infraestructuras, en un contexto de declive y peligro de extinción local de esta especie.
La información y medidas contenidas en el EsIA y en el estudio de fauna no permiten
descartar efectos significativos sobre estas especies. En este sentido, la Dirección
General de Patrimonio Natural y Política Forestal de Castilla y León informa
desfavorablemente el proyecto, ya que supone un elevado impacto sobre los valores
naturales, y señala que respecto a las especies con mayor grado de protección o interés
(avifauna y quirópteros) se considera que este proyecto puede suponer una afección a la
integridad de las especies de fauna presentes, todo ello a pesar de las medidas
preventivas y correctoras recogidas en el EsIA, y de las que se pudieran imponer para
minorar estas afecciones.
La concentración de parques eólicos y de tendidos eléctricos en el entorno del
proyecto, genera acumulación y sinergia de los impactos por colisión para aves y
quirópteros y por efecto barrera y pérdida de conectividad.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de Castilla y León
concluye que no puede asegurarse que el proyecto no cause indirectamente perjuicio a
la integridad de la siguiente zona incluida en la Red Natura 2000: ZEPA «Altos Campos
de Gómara». La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO
coincide con la DGPNyPF en que no puede asegurarse que las actuaciones
proyectadas, tanto individualmente como en combinación con otros proyectos, no causen
indirectamente perjuicio a la integridad de los espacios incluidos en la Red Natura 2000.
Por todo lo anterior, y teniendo en cuenta los informes desfavorables de la Dirección
General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León y la
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO y el principio de
precaución, se puede concluir que el proyecto, con el diseño planteado en la presente
evaluación de impacto ambiental, previsiblemente causará efectos negativos
significativos sobre el medio ambiente, y que las medidas previstas en el EsIA y anexos
no son una garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o compensación.
cve: BOE-A-2022-13890
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 198