I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. (BOE-A-2022-13845)
Ley 6/2022, de 15 de julio, de Crédito Extraordinario y Suplemento de Crédito para la financiación de sectores económicos afectados por la crisis de la guerra de Ucrania.
<< 3 << Página 3
Página 4 Pág. 4
-
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 197

Miércoles 17 de agosto de 2022

Sec. I. Pág. 119194

La cuantía individual de esta ayuda de carácter complementario que corresponderá a
cada beneficiario se calculará de la siguiente manera:
– Cuantía a percibir por persona beneficiaria vulnerable = Dotación presupuestaria/
(Número de personas beneficiarias Vulnerables + 1,6 x (número de personas
beneficiarias Vulnerables Severas + número de personas beneficiarias en Riesgo de
Exclusión Social)).
– Cuantía a percibir por persona beneficiaria Vulnerable Severa o en Riesgo de
Exclusión Social = 1,6 x Cuantía a percibir por persona beneficiaria Vulnerable.
Disposición final.

Entrada en vigor.

Esta ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de
Cantabria».
Palacio del Gobierno de Cantabria, 15 de julio de 2022.–El Presidente de la
Comunidad Autónoma de Cantabria, Miguel Ángel Revilla Roiz.

cve: BOE-A-2022-13845
Verificable en https://www.boe.es

(Publicada en el «Boletín Oficial de Cantabria» número 142, de 22 de julio de 2022)

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X