I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Consejos insulares. (BOE-A-2022-13847)
Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 197

Miércoles 17 de agosto de 2022
Sección 6.ª
Artículo 116.

Sec. I. Pág. 119258

Otras delegaciones intersubjetivas.
Delegación de competencias a otras administraciones.

Título VIII. Relaciones interadministrativas.
Artículo 117.

Principios rectores.

Capítulo I. Colaboración y cooperación.
Artículo 118.
Artículo 119.
Artículo 120.
Artículo 121.
Artículo 122.
Capítulo II.

Reglas generales.
Conferencia de Presidentes.
Convenios.
Consorcios.
Requisitos generales de los convenios y los consorcios.
Coordinación.

Artículo 123. Potestad de coordinación.
Artículo 124. Medidas de coordinación.
Artículo 125. Conferencias sectoriales.
Artículo 126. Órganos de composición mixta.
Artículo 127. Planes y programas sectoriales.
Artículo 128. Directrices de coordinación.
Título IX. Régimen especial para la isla de Formentera.

Disposición adicional primera. Compleción de los traspasos pendientes.
Disposición adicional segunda. Régimen jurídico del personal de la administración insular.
Disposición adicional tercera. Cooperación específica con el Consejo Insular de
Formentera.
Disposición adicional cuarta. Integración de personal en el Consejo Insular de
Formentera.
Disposición adicional quinta. Movilidad de los empleados públicos.
Disposición adicional sexta. Publicaciones en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears».
Disposición adicional séptima. Referencias genéricas.
Disposición adicional octava. Subvenciones y transferencias de capital.
Disposición adicional novena. Normativa en materia de subvenciones.
Disposición adicional décima. Normativa en materia de patrimonio.
Disposición adicional decimoprimera. Decretos de principios generales.
Disposición transitoria primera. Procedimientos y recursos.
Disposición transitoria segunda. Comisión Técnica Interinsular.
Disposición transitoria tercera. Ordenanzas fiscales.
Disposición transitoria cuarta. Normativa de aplicación hasta la aprobación del
nuevo reglamento orgánico.
Disposición transitoria quinta. Condición de miembros no adscritos.
Disposición derogatoria.
Disposición final primera. Adaptación reglamentaria.
Disposición final segunda. Cláusula de deslegalización.

cve: BOE-A-2022-13847
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Artículo 129. Disposiciones generales.
Artículo 130. Organización.
Artículo 131. Derecho de participación en el Pleno del diputado por Formentera.
Artículo 132. Junta de Gobierno.
Artículo 133. Administración insular.
Artículo 134. Especialidades en materia de régimen jurídico.
Artículo 135. Renuncia a las competencias.