III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-13836)
Resolución de 11 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de septiembre de 2021, por el que se declara a varias comunidades autónomas "Zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 196
Martes 16 de agosto de 2022
Núm. proyecto
Entidad
Sec. III. Pág. 118928
Motivo desestimación
Diputación Provincial de Cuenca
8
Ayuntamiento de Tarancón.
1y4
9
Ayuntamiento de Tarancón.
4y5
11
Ayuntamiento de Iniesta.
1y4
12
Ayuntamiento de Iniesta.
1y4
13
Ayuntamiento de Iniesta.
1y4
93
Ayuntamiento de Belmontejo.
121
Ayuntamiento de Horcajo de Santiago.
1
1, 3, 6 y 8
Diputación Provincial de Ciudad Real
48
Ayuntamiento de Torre de Juan Abad.
4y7
76
Ayuntamiento de Torre de Juan Abad.
2, 4 y 7
77
Ayuntamiento de Torre de Juan Abad.
2, 4 y 7
92
Ayuntamiento de Arenales de San Gregorio.
128
Ayuntamiento de Villahermosa.
2, 4 y 7
130
Ayuntamiento de Villahermosa.
2, 4 y 7
131
Ayuntamiento de Villahermosa.
2, 4 y 7
133
Ayuntamiento de Villahermosa.
2, 4 y 7
136
Ayuntamiento de Villahermosa.
2, 4 y 7
138
Ayuntamiento de Villahermosa.
2, 4 y 7
142
Ayuntamiento de Villahermosa.
2, 4 y 7
144
Ayuntamiento de Terrinches.
2, 4 y 7
145
Ayuntamiento de Puebla del Príncipe.
2, 4 y 7
Ayuntamiento de Santa Cruz de los Cáñamos.
2, 4 y 7
900145
4y7
1. Las actuaciones proyectadas y/o gastos que se proponen no tienen la
consideración de subvencionables, de acuerdo con lo previsto en los artículos 4 y 6 de la
Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras
(BOE núm. 37, de 12 de febrero de 2015) y en el apartado segundo de la resolución de
convocatoria.
2. Las actuaciones proyectadas no responden a la naturaleza de los fines
subvencionados, que exige que los proyectos estén «directamente relacionados con los
episodios que constan en el anexo de esta resolución (…)», todo ello, según lo
establecido en los apartados primero y cuarto del Acuerdo del Consejo de Ministros,
de 21 de septiembre de 2021, así como en los apartados primero, segundo.1 y sexto.2
de la resolución de convocatoria y en el artículo 6.4.d) de la Orden HAP/196/2015, de 21
de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37, de 12 de febrero
de 2015).
3. Las actuaciones proyectadas no responden a la naturaleza de los fines
subvencionados, que exige que los proyectos sean de «obras de reparación o restitución
de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal
incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local, y de la red viaria de las diputaciones provinciales, de los cabildos y
cve: BOE-A-2022-13836
Verificable en https://www.boe.es
Detalle de los motivos de desestimación:
Núm. 196
Martes 16 de agosto de 2022
Núm. proyecto
Entidad
Sec. III. Pág. 118928
Motivo desestimación
Diputación Provincial de Cuenca
8
Ayuntamiento de Tarancón.
1y4
9
Ayuntamiento de Tarancón.
4y5
11
Ayuntamiento de Iniesta.
1y4
12
Ayuntamiento de Iniesta.
1y4
13
Ayuntamiento de Iniesta.
1y4
93
Ayuntamiento de Belmontejo.
121
Ayuntamiento de Horcajo de Santiago.
1
1, 3, 6 y 8
Diputación Provincial de Ciudad Real
48
Ayuntamiento de Torre de Juan Abad.
4y7
76
Ayuntamiento de Torre de Juan Abad.
2, 4 y 7
77
Ayuntamiento de Torre de Juan Abad.
2, 4 y 7
92
Ayuntamiento de Arenales de San Gregorio.
128
Ayuntamiento de Villahermosa.
2, 4 y 7
130
Ayuntamiento de Villahermosa.
2, 4 y 7
131
Ayuntamiento de Villahermosa.
2, 4 y 7
133
Ayuntamiento de Villahermosa.
2, 4 y 7
136
Ayuntamiento de Villahermosa.
2, 4 y 7
138
Ayuntamiento de Villahermosa.
2, 4 y 7
142
Ayuntamiento de Villahermosa.
2, 4 y 7
144
Ayuntamiento de Terrinches.
2, 4 y 7
145
Ayuntamiento de Puebla del Príncipe.
2, 4 y 7
Ayuntamiento de Santa Cruz de los Cáñamos.
2, 4 y 7
900145
4y7
1. Las actuaciones proyectadas y/o gastos que se proponen no tienen la
consideración de subvencionables, de acuerdo con lo previsto en los artículos 4 y 6 de la
Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras
(BOE núm. 37, de 12 de febrero de 2015) y en el apartado segundo de la resolución de
convocatoria.
2. Las actuaciones proyectadas no responden a la naturaleza de los fines
subvencionados, que exige que los proyectos estén «directamente relacionados con los
episodios que constan en el anexo de esta resolución (…)», todo ello, según lo
establecido en los apartados primero y cuarto del Acuerdo del Consejo de Ministros,
de 21 de septiembre de 2021, así como en los apartados primero, segundo.1 y sexto.2
de la resolución de convocatoria y en el artículo 6.4.d) de la Orden HAP/196/2015, de 21
de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37, de 12 de febrero
de 2015).
3. Las actuaciones proyectadas no responden a la naturaleza de los fines
subvencionados, que exige que los proyectos sean de «obras de reparación o restitución
de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal
incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local, y de la red viaria de las diputaciones provinciales, de los cabildos y
cve: BOE-A-2022-13836
Verificable en https://www.boe.es
Detalle de los motivos de desestimación: