T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2022-13787)
Sala Segunda. Sentencia 91/2022, de 11 de julio de 2022. Recurso de amparo 1434-2021. Promovido por Iveco, S.p.A., en relación con las resoluciones dictadas por un juzgado de lo mercantil de Gijón en proceso por reclamación de cantidad. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: emplazamiento mediante edictos de la demandada posterior a la notificación en la sede de otra sociedad del mismo grupo empresarial (STC 122/2013).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 195

Lunes 15 de agosto de 2022

Sec. TC. Pág. 118422

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
13787

Sala Segunda. Sentencia 91/2022, de 11 de julio de 2022. Recurso de
amparo 1434-2021. Promovido por Iveco, S.p.A., en relación con las
resoluciones dictadas por un juzgado de lo mercantil de Gijón en proceso por
reclamación de cantidad. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin
indefensión: emplazamiento mediante edictos de la demandada posterior a la
notificación en la sede de otra sociedad del mismo grupo empresarial (STC
122/2013).

ECLI:ES:TC:2022:91
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Juan
Antonio Xiol Ríos, presidente; los magistrados don Antonio Narváez Rodríguez, don
Cándido Conde-Pumpido Tourón, don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique Arnaldo
Alcubilla, y la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 1434-2021, promovido por la entidad Iveco, S.p.A.,
contra el auto de 25 de enero de 2021, dictado por el Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de
Gijón. Ha sido parte la entidad Casa Severón, S.L., y ha intervenido el Ministerio Fiscal.
Ha sido ponente el magistrado don Antonio Narváez Rodríguez.
I. Antecedentes
1. Mediante escrito presentado en el registro general de este tribunal el día 11 de
marzo de 2021, el procurador de los tribunales don Victorio Venturini Medina, en
representación de la entidad Iveco, S.p.A., bajo la dirección de los letrados don Faustino
Cordón Moreno y don Luis López Alonso, ha interpuesto recurso de amparo contra la
resolución ya reseñada, por la que se inadmitió un incidente de nulidad de actuaciones
promovido por la parte actora en el marco del procedimiento ordinario núm. 290-2019.

a) En fecha 27 de mayo de 2019, la entidad Casa Severón, S.L., interpuso
demanda por reclamación de cantidad contra la entidad Iveco, S.p.A., que dio lugar al
procedimiento ordinario núm. 290-2019, seguido ante el Juzgado de lo Mercantil núm. 3
de Gijón.
En la demanda se fijaba como domicilio de la demandada la vía Puglia, en la ciudad
de Turín (Italia), pero, «a efectos de notificación y emplazamiento» se indicaba el
«domicilio de la filial […] en España sita en Avda. de Aragón, […], Madrid».
b) Por decreto de 24 de julio de 2019, tras la subsanación de defectos formales, se
acordó la admisión a trámite de la demanda y el emplazamiento de la parte demandada,
con los apercibimientos legales correspondientes, a fin de que pudiera comparecer y
contestar a la demanda. En el mismo decreto se señalaba que el emplazamiento se
llevaría a cabo «en el domicilio señalado por la parte actora».

cve: BOE-A-2022-13787
Verificable en https://www.boe.es

2. Los hechos con relevancia para la resolución del presente recurso de amparo y a
los que se refiere la demanda presentada, son los siguientes: