T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2022-13795)
Pleno. Sentencia 99/2022, de 13 de julio de 2022. Recurso de inconstitucionalidad 2527-2022. Interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con el artículo 38.2 a) y 8 y diversos anexos de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de caza y gestión sostenible de los recursos cinegéticos de Castilla y León. Competencias en materia de protección ambiental: nulidad de los preceptos autonómicos que permiten la caza de las poblaciones de lobo situadas al norte del río Duero. Voto particular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 195
Lunes 15 de agosto de 2022
Sec. TC. Pág. 118546
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
13795
Pleno. Sentencia 99/2022, de 13 de julio de 2022. Recurso de
inconstitucionalidad 2527-2022. Interpuesto por el presidente del Gobierno en
relación con el artículo 38.2 a) y 8 y diversos anexos de la Ley 4/2021, de 1
de julio, de caza y gestión sostenible de los recursos cinegéticos de Castilla y
León. Competencias en materia de protección ambiental: nulidad de los
preceptos autonómicos que permiten la caza de las poblaciones de lobo
situadas al norte del río Duero. Voto particular.
ECLI:ES:TC:2022:99
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Pedro José
González-Trevijano Sánchez, presidente; los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos,
don Santiago Martínez-Vares García, don Antonio Narváez Rodríguez y don Cándido
Conde-Pumpido Tourón; la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón; los
magistrados don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique Arnaldo Alcubilla, y las
magistradas doña Concepción Espejel Jorquera y doña Inmaculada Montalbán Huertas,
ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de inconstitucionalidad núm. 2527-2022, promovido por el presidente
del Gobierno contra el art. 38, apartados 2 a) y 8; el anexo I.3, inciso «Lobo (Canis
lupus): al norte del río Duero»; el anexo II.4 f); y el anexo IV.2, inciso «Lobo (Canis
lupus). 6000 euros ambos sexos», de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de caza y gestión
sostenible de los recursos cinegéticos de Castilla y León. Han comparecido y formulado
alegaciones la Junta de Castilla y León y las Cortes de Castilla y León. Ha sido ponente
el magistrado don Ramón Sáez Valcárcel.
I. Antecedentes
a) El recurso se fundamenta en un único motivo, a saber, la contradicción
sobrevenida de los preceptos impugnados con la normativa básica sobre medio
ambiente y, con ello, la invasión de la competencia estatal en la materia ex art. 149.1.23
CE. Se aduce, en síntesis, que la normativa básica impide la caza de cualesquiera
poblaciones españolas de lobo, y que esta prohibición sería incompatible con las
previsiones autonómicas objeto de recurso, en la medida en que estas configuran al lobo
como especie cinegética de caza mayor y permiten su caza previa obtención de la
autorización administrativa autonómica necesaria a tal efecto.
cve: BOE-A-2022-13795
Verificable en https://www.boe.es
1. Con fecha de 8 de abril de 2022 tuvo entrada en el registro general del Tribunal
Constitucional el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del
Gobierno y, en su representación y defensa, por el abogado del Estado, contra los
apartados 2.a) y 8 del art. 38, el anexo I.3 [en el inciso «Lobo (Canis lupus): al norte del
río Duero»], el anexo II.4.f) y el anexo IV.2 [en el inciso «Lobo (Canis lupus). 6000 euros
ambos sexos»] de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de caza y gestión sostenible de los
recursos cinegéticos de Castilla y León.
Núm. 195
Lunes 15 de agosto de 2022
Sec. TC. Pág. 118546
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
13795
Pleno. Sentencia 99/2022, de 13 de julio de 2022. Recurso de
inconstitucionalidad 2527-2022. Interpuesto por el presidente del Gobierno en
relación con el artículo 38.2 a) y 8 y diversos anexos de la Ley 4/2021, de 1
de julio, de caza y gestión sostenible de los recursos cinegéticos de Castilla y
León. Competencias en materia de protección ambiental: nulidad de los
preceptos autonómicos que permiten la caza de las poblaciones de lobo
situadas al norte del río Duero. Voto particular.
ECLI:ES:TC:2022:99
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Pedro José
González-Trevijano Sánchez, presidente; los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos,
don Santiago Martínez-Vares García, don Antonio Narváez Rodríguez y don Cándido
Conde-Pumpido Tourón; la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón; los
magistrados don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique Arnaldo Alcubilla, y las
magistradas doña Concepción Espejel Jorquera y doña Inmaculada Montalbán Huertas,
ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de inconstitucionalidad núm. 2527-2022, promovido por el presidente
del Gobierno contra el art. 38, apartados 2 a) y 8; el anexo I.3, inciso «Lobo (Canis
lupus): al norte del río Duero»; el anexo II.4 f); y el anexo IV.2, inciso «Lobo (Canis
lupus). 6000 euros ambos sexos», de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de caza y gestión
sostenible de los recursos cinegéticos de Castilla y León. Han comparecido y formulado
alegaciones la Junta de Castilla y León y las Cortes de Castilla y León. Ha sido ponente
el magistrado don Ramón Sáez Valcárcel.
I. Antecedentes
a) El recurso se fundamenta en un único motivo, a saber, la contradicción
sobrevenida de los preceptos impugnados con la normativa básica sobre medio
ambiente y, con ello, la invasión de la competencia estatal en la materia ex art. 149.1.23
CE. Se aduce, en síntesis, que la normativa básica impide la caza de cualesquiera
poblaciones españolas de lobo, y que esta prohibición sería incompatible con las
previsiones autonómicas objeto de recurso, en la medida en que estas configuran al lobo
como especie cinegética de caza mayor y permiten su caza previa obtención de la
autorización administrativa autonómica necesaria a tal efecto.
cve: BOE-A-2022-13795
Verificable en https://www.boe.es
1. Con fecha de 8 de abril de 2022 tuvo entrada en el registro general del Tribunal
Constitucional el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del
Gobierno y, en su representación y defensa, por el abogado del Estado, contra los
apartados 2.a) y 8 del art. 38, el anexo I.3 [en el inciso «Lobo (Canis lupus): al norte del
río Duero»], el anexo II.4.f) y el anexo IV.2 [en el inciso «Lobo (Canis lupus). 6000 euros
ambos sexos»] de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de caza y gestión sostenible de los
recursos cinegéticos de Castilla y León.