T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2022-13793)
Pleno. Sentencia 97/2022, de 12 de julio de 2022. Recurso de amparo 197-2019. Promovido por don Carles Puigdemont i Casamajó respecto de la resolución de la mesa del Parlamento de Cataluña por la que se acordó no computar su voto delegado. Supuesta vulneración del derecho al ejercicio de las funciones representativas en relación con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes: resolución parlamentaria que deja sin efecto la delegación del derecho de voto de cuyo ejercicio estaba desposeído su titular. Voto particular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 195

Lunes 15 de agosto de 2022

Sec. TC. Pág. 118519

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
13793

Pleno. Sentencia 97/2022, de 12 de julio de 2022. Recurso de amparo
197-2019. Promovido por don Carles Puigdemont i Casamajó respecto de la
resolución de la mesa del Parlamento de Cataluña por la que se acordó no
computar su voto delegado. Supuesta vulneración del derecho al ejercicio de
las funciones representativas en relación con el derecho de los ciudadanos a
participar en los asuntos públicos a través de sus representantes: resolución
parlamentaria que deja sin efecto la delegación del derecho de voto de cuyo
ejercicio estaba desposeído su titular. Voto particular.

ECLI:ES:TC:2022:97
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Pedro José
González-Trevijano Sánchez, presidente; los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos,
don Santiago Martínez-Vares García, don Antonio Narváez Rodríguez, don Ricardo
Enríquez Sancho y don Cándido Conde-Pumpido Tourón; la magistrada doña María
Luisa Balaguer Callejón; los magistrados don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique
Arnaldo Alcubilla, y las magistradas doña Concepción Espejel Jorquera y doña
Inmaculada Montalbán Huertas, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 197-2019, promovido por don Carles Puigdemont i
Casamajó representado por el procurador de los tribunales don Carlos Estévez Sanz y
defendido por el letrado don Jaume Alonso-Cuevillas i Sayrol, contra el acuerdo de la
mesa del Parlamento de Cataluña de 9 de octubre de 2018 por el que se deja sin efecto
el acuerdo de la mesa de 4 de octubre de 2018, así como contra la vía de hecho
subsiguiente consistente en no computar el voto delegado del diputado don Carles
Puigdemont i Casamajó. Ha comparecido y formulado alegaciones el Parlamento de
Cataluña, representado por su letrado. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido
ponente el magistrado don Santiago Martínez-Vares García.
Antecedentes

1. Mediante escrito que tuvo entrada en el registro general del Tribunal
Constitucional el 10 de enero de 2019, el procurador de los tribunales don Carlos
Estévez Sanz presentó recurso de amparo en representación de don Carles Puigdemont
i Casamajó contra la resolución de la mesa del Parlamento de Cataluña y la vía de hecho
que se mencionan en el encabezamiento de la presente sentencia.
2. Los hechos en que se fundamenta la demanda de amparo son, en síntesis, los
siguientes:
a) Por escrito de 27 de marzo de 2018, que tuvo su entrada en el registro general
del Parlamento de Cataluña el 28 de marzo de 2018, el diputado don Carles Puigdemont
i Casamajó dirigió un escrito a la mesa del Parlamento por el que comunicó la delegación
de su voto a favor de la diputada doña Elsa Artadi i Villa. La mesa del Parlamento,
reunida el 3 de abril de 2018, acordó aceptar la delegación de voto del señor Puigdemont

cve: BOE-A-2022-13793
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I.