I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Universitat Internacional Valenciana. (BOE-A-2022-13727)
Ley 3/2022, de 22 de julio, de modificación de la Ley 7/2008, de 13 de junio, de Reconocimiento de la Universidad Internacional Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 195

Lunes 15 de agosto de 2022

Sec. I. Pág. 118152

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNITAT VALENCIANA
13727

Ley 3/2022, de 22 de julio, de modificación de la Ley 7/2008, de 13 de junio,
de Reconocimiento de la Universidad Internacional Valenciana.

Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos y todas las ciudadanas que Les
Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto
de Autonomía, en nombre del rey, promulgo la siguiente Ley:

El artículo 27 de la Constitución Española reconoce la libertad de enseñanza y de
creación de centros docentes a las personas físicas y jurídicas, dentro del respecto a los
principios constitucionales.
La Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, establece, en sus
artículos 4, 5 y 6, las condiciones y requisitos para la creación, reconocimiento,
funcionamiento y régimen jurídico de las universidades, con algunas precisiones según
sean estas de naturaleza pública o privada. El reconocimiento de las universidades
privadas se llevará a cabo por ley de la asamblea legislativa de la comunidad autónoma,
en el ámbito territorial de la que se tengan que establecer. Este requisito se establece
igualmente en el artículo 5.1 de la Ley 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de
Coordinación del Sistema Universitario Valenciano, al señalar que las universidades
pertenecientes al Sistema Universitario Valenciano serán reconocidas, en el caso de las
privadas, mediante ley de Las Cortes.
La Generalitat, al amparo del artículo 53.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat
Valenciana, constituyó, en virtud de Acuerdo de 1 de julio de 2005, del Consell, la
Fundación de la Comunidad Valenciana Universidad Internacional de Valencia. Para cumplir
sus fines fundacionales, el patronato de la Fundación, en fecha 24 de julio de 2006, acordó
crear la Universidad Internacional Valenciana y solicitar su reconocimiento como
universidad privada en la Comunitat Valenciana para impartir las enseñanzas conducentes
a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional en la
modalidad predominantemente no presencial. La Universidad Internacional Valenciana
adquirió personalidad jurídica propia mediante la Ley 7/2008, de 13 de junio, de la
Generalitat, de Reconocimiento de la Universidad Internacional Valenciana.
Mediante Acuerdo del Consell, de 11 de octubre de 2013, se autorizó la constitución
de la sociedad limitada unipersonal Universidad Internacional Valenciana–Valencian
International University, SL, que pasa a ser la nueva titular de la Universidad.
Después de este cambio de titularidad de la Universidad Internacional Valenciana, se
aprobaron nuevas normas de organización y funcionamiento de esta universidad
mediante el Decreto 73/2015, de 15 de mayo, del Consell, y se estructuró en un centro
docente único.
La Universidad Internacional Valenciana–Valencian International University, SL,
entidad titular de la Universidad Internacional Valenciana (VIU), a causa de su
crecimiento, solicitó la aprobación de la modificación de las normas de organización y
funcionamiento de esta, al amparo de lo que dispone el artículo 6 de la Ley
orgánica 6/2001, de 2 de diciembre, de Universidades, que fueron aprobadas mediante
Decreto 166/2020, de 30 de octubre, del Consell.
A consecuencia de estos cambios y de que la normativa vigente supone un freno al
correcto desarrollo de su proyecto universitario, es por lo que la Universidad
Internacional Valenciana (Valencian International University, SL) propone la modificación
de los artículos 1, 2 y 6 de la Ley 7/2008, de 13 de junio, de la Generalitat, de

cve: BOE-A-2022-13727
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