III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-13652)
Decreto 81/2022, de 22 de junio, por el que se declara bien de interés cultural el "Puente de Cantillana" en el término municipal de Badajoz, con la categoría de monumento.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Viernes 12 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 117923
Dando cumplimiento a la citada Resolución, con fecha 28 de octubre de 2021, se
procedió a practicar la notificación a los interesados en el procedimiento, así como al
ayuntamiento de Badajoz, constando en el expediente las correspondientes
acreditaciones de haber sido recibidas por los mismos. Las alegaciones recibidas han
sido contestadas, constando en el expediente.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y de la Ley 2/1999 de 29 de marzo de Patrimonio
Histórico y Cultural de Extremadura, se procedió a publicar anuncio de notificación en el
BOE, número 95, de 21 de abril de 2022, a los interesados en el procedimiento que, por
distintas causas, no recibieron las mismas en los domicilios fiscales conocidos.
Asimismo, se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se
refiere el artículo 4.1 de la citada Ley autonómica, siendo ambos favorables. Igualmente,
se ha obtenido el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Badajoz.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del reformado
Estatuto de Autonomía de Extremadura y el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de
marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera
de Cultura, Turismo y Deportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la
Junta de Extremadura, en sesión celebrada el día xxx de xxxx de 2021, dispongo:
Artículo 1.
La declaración del «puente de Cantillana» en el término municipal de Badajoz, como
Bien de Interés Cultural con la categoría de monumento de acuerdo con las
especificaciones de los anexos que se acompañan.
Artículo 2.
Publicaciones.
Publicar en el «Diario Oficial de Extremadura» y en el «Boletín Oficial del Estado» el
presente decreto, y notificar el mismo al Ayuntamiento de Badajoz y al resto de posibles
interesados.
Artículo 3. Inscripción en los Registros.
Comunicar esta declaración al Ministerio de Cultura y Deporte, para su inscripción definitiva
en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Diario
Oficial de Extremadura».
Mérida, 22 de junio de 2022.–La Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, Nuria
Flores Redondo.–El Presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara.
[Se publica, como anexo, un extracto del informe, de fecha 28 de diciembre de 2017,
de los servicios técnicos de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural. El Informe y documentación íntegros a la que hace referencia el acuerdo de
incoación, constan en el expediente administrativo correspondiente. Este expediente se
podrá consultar en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural (Avenida Valhondo, s/n, Edificio Mérida III Milenio, Módulo 4,
Planta 2.ª, 06800 Mérida, Badajoz) por las personas interesadas en el procedimiento, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el
artículo 15 y siguientes de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de
Extremadura].
cve: BOE-A-2022-13652
Verificable en https://www.boe.es
ANEXOS
Núm. 193
Viernes 12 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 117923
Dando cumplimiento a la citada Resolución, con fecha 28 de octubre de 2021, se
procedió a practicar la notificación a los interesados en el procedimiento, así como al
ayuntamiento de Badajoz, constando en el expediente las correspondientes
acreditaciones de haber sido recibidas por los mismos. Las alegaciones recibidas han
sido contestadas, constando en el expediente.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y de la Ley 2/1999 de 29 de marzo de Patrimonio
Histórico y Cultural de Extremadura, se procedió a publicar anuncio de notificación en el
BOE, número 95, de 21 de abril de 2022, a los interesados en el procedimiento que, por
distintas causas, no recibieron las mismas en los domicilios fiscales conocidos.
Asimismo, se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se
refiere el artículo 4.1 de la citada Ley autonómica, siendo ambos favorables. Igualmente,
se ha obtenido el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Badajoz.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del reformado
Estatuto de Autonomía de Extremadura y el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de
marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera
de Cultura, Turismo y Deportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la
Junta de Extremadura, en sesión celebrada el día xxx de xxxx de 2021, dispongo:
Artículo 1.
La declaración del «puente de Cantillana» en el término municipal de Badajoz, como
Bien de Interés Cultural con la categoría de monumento de acuerdo con las
especificaciones de los anexos que se acompañan.
Artículo 2.
Publicaciones.
Publicar en el «Diario Oficial de Extremadura» y en el «Boletín Oficial del Estado» el
presente decreto, y notificar el mismo al Ayuntamiento de Badajoz y al resto de posibles
interesados.
Artículo 3. Inscripción en los Registros.
Comunicar esta declaración al Ministerio de Cultura y Deporte, para su inscripción definitiva
en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Diario
Oficial de Extremadura».
Mérida, 22 de junio de 2022.–La Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, Nuria
Flores Redondo.–El Presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara.
[Se publica, como anexo, un extracto del informe, de fecha 28 de diciembre de 2017,
de los servicios técnicos de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural. El Informe y documentación íntegros a la que hace referencia el acuerdo de
incoación, constan en el expediente administrativo correspondiente. Este expediente se
podrá consultar en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural (Avenida Valhondo, s/n, Edificio Mérida III Milenio, Módulo 4,
Planta 2.ª, 06800 Mérida, Badajoz) por las personas interesadas en el procedimiento, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el
artículo 15 y siguientes de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de
Extremadura].
cve: BOE-A-2022-13652
Verificable en https://www.boe.es
ANEXOS