III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-13567)
Resolución de 28 de julio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Siemens Mobility, SLU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Jueves 11 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 117374
la plantilla de Fábrica Cornellá que será de 8,5 euros brutos/día de asistencia al trabajo y
jornada completa, desde el mes siguiente a la firma del Convenio Colectivo.
Esta subvención sustituye la obligación de la prestación en especie del servicio de
comedor.
En la jornada de verano se abonará esta subvención cuando la jornada realizada sea
igual o superior a la jornada de invierno
Los valores señalados serán de aplicación para todos los desplazamientos entre
centros de trabajo de la misma provincia.
El cobro de esta prestación es incompatible con otras percepciones en el mismo día
tales como dietas o liquidación de gastos en restaurantes o similares.
A partir de la firma del presente convenio, la posibilidad de disponer de un comedor
en la Fábrica de Cornellá, estará sometida a lo establecido en un acuerdo de centro de
trabajo.
Artículo 13.
Pluses de turno y nocturno en Fábrica Cornellá.
Se establecerán turnos rotativos de trabajo cuando la producción así lo requiera. En
el caso en que algún colaborador/a presente alegaciones en contra éstas se tratarán
conjuntamente con el Comité de Empresa con el objeto de que la producción prevista no
resulte afectada negativamente (cumplimiento de plazos, ocupación de puestos de
trabajo).
Se fija un preaviso mínimo de cinco días naturales, salvo fuerza mayor debidamente
justificada o cambio en la legislación vigente, para la introducción de los turnos,
respetando el descanso legal entre jornadas.
El personal afectado por estos turnos rotativos de mañana y tarde será designado
nominativamente por la Jefatura del Taller, según las necesidades de la producción; en
función de esta designación se pagará el plus de turno.
El turno de noche será entre las 22 y las 6 horas. El personal que trabaje en este
turno iniciará el ciclo semanal el domingo a las 22 horas, salvo necesidades concretas de
tipo organizativo o productivo y del servicio de vigilancia.
2021
–
Euros
2022
–
Euros
2023
–
Euros
Mañana.
0,56
0,58
0,60
Tarde.
0,91
0,95
0,99
Noche.
3,23
3,37
3,51
Turnos
Estos valores brutos serán de aplicación desde el día 1 de enero de cada año
indicado.
Artículo 14.
Horas de viaje y formación.
a) se ocasionen fuera de la jornada laboral;
b) en intervenciones de los Servicios Técnicos, y Fábrica Cornellá que realicen
montajes / reparaciones;
c) que además impliquen desplazamiento (tanto ida como vuelta) entre el domicilio
del empleado y el lugar de trabajo ubicado en las dependencias del cliente; serán
consideradas como horas de viaje que no computarán como jornada y que serán
compensadas a razón de 10,38 euros brutos/hora en 2021, 10,82 euros brutos/hora
en 2022 y 11,28 euros brutos/hora en 2023.
cve: BOE-A-2022-13567
Verificable en https://www.boe.es
Las horas de desplazamiento que cumplan las siguientes condiciones:
Núm. 192
Jueves 11 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 117374
la plantilla de Fábrica Cornellá que será de 8,5 euros brutos/día de asistencia al trabajo y
jornada completa, desde el mes siguiente a la firma del Convenio Colectivo.
Esta subvención sustituye la obligación de la prestación en especie del servicio de
comedor.
En la jornada de verano se abonará esta subvención cuando la jornada realizada sea
igual o superior a la jornada de invierno
Los valores señalados serán de aplicación para todos los desplazamientos entre
centros de trabajo de la misma provincia.
El cobro de esta prestación es incompatible con otras percepciones en el mismo día
tales como dietas o liquidación de gastos en restaurantes o similares.
A partir de la firma del presente convenio, la posibilidad de disponer de un comedor
en la Fábrica de Cornellá, estará sometida a lo establecido en un acuerdo de centro de
trabajo.
Artículo 13.
Pluses de turno y nocturno en Fábrica Cornellá.
Se establecerán turnos rotativos de trabajo cuando la producción así lo requiera. En
el caso en que algún colaborador/a presente alegaciones en contra éstas se tratarán
conjuntamente con el Comité de Empresa con el objeto de que la producción prevista no
resulte afectada negativamente (cumplimiento de plazos, ocupación de puestos de
trabajo).
Se fija un preaviso mínimo de cinco días naturales, salvo fuerza mayor debidamente
justificada o cambio en la legislación vigente, para la introducción de los turnos,
respetando el descanso legal entre jornadas.
El personal afectado por estos turnos rotativos de mañana y tarde será designado
nominativamente por la Jefatura del Taller, según las necesidades de la producción; en
función de esta designación se pagará el plus de turno.
El turno de noche será entre las 22 y las 6 horas. El personal que trabaje en este
turno iniciará el ciclo semanal el domingo a las 22 horas, salvo necesidades concretas de
tipo organizativo o productivo y del servicio de vigilancia.
2021
–
Euros
2022
–
Euros
2023
–
Euros
Mañana.
0,56
0,58
0,60
Tarde.
0,91
0,95
0,99
Noche.
3,23
3,37
3,51
Turnos
Estos valores brutos serán de aplicación desde el día 1 de enero de cada año
indicado.
Artículo 14.
Horas de viaje y formación.
a) se ocasionen fuera de la jornada laboral;
b) en intervenciones de los Servicios Técnicos, y Fábrica Cornellá que realicen
montajes / reparaciones;
c) que además impliquen desplazamiento (tanto ida como vuelta) entre el domicilio
del empleado y el lugar de trabajo ubicado en las dependencias del cliente; serán
consideradas como horas de viaje que no computarán como jornada y que serán
compensadas a razón de 10,38 euros brutos/hora en 2021, 10,82 euros brutos/hora
en 2022 y 11,28 euros brutos/hora en 2023.
cve: BOE-A-2022-13567
Verificable en https://www.boe.es
Las horas de desplazamiento que cumplan las siguientes condiciones: