I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Avales. (BOE-A-2022-13532)
Decreto-ley 8/2022, de 12 de julio, por el que se autoriza al Gobierno a prestar un aval a Circuits de Catalunya, SL, y un contraaval ante la entidad financiera garante, relativo al contrato de promoción de carrera con Formula One World Championship Limited (FOWC), para garantizar el pago de los derechos contractuales para la organización del Gran Premio Fórmula 1 de los años 2023 al 2026.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Jueves 11 de agosto de 2022
Sec. I. Pág. 117250
derechos contractuales para la organización del Gran Premio de la Fórmula 1 del
año 2022, por un importe que no puede superar los 25.000.000,00 de dólares
americanos;
Por Acuerdo del Gobierno de 11 de enero de 2022 se autoriza el otorgamiento del
aval de la Generalitat de Catalunya a Circuits de Catalunya, SL, ante el contrato de
promotor con FOWC, y se autoriza al consejero de Empresa y Trabajo a firmar el
documento de compromiso de pago de los gastos relacionados con el Gran Premio de
Fórmula 1 del año 2022. Así mismo, por Acuerdo del Gobierno de 15 de febrero de 2022
se autoriza el contraaval de la Generalitat de Catalunya ante la entidad financiera
garante, para asegurar el pago de los derechos contractuales para organizar el Gran
Premio de Fórmula 1 del año 2022;
Las leyes de presupuestos anuales y, en el caso de prórroga presupuestaria, los
decretos ley de necesidades financieras publicados, han autorizado al Gobierno a
prestar el aval a Circuits de Catalunya, SL, y el contraaval a la entidad financiera
garante, ante el contrato de promoción de carrera con FOWC, con el fin de garantizar el
pago de los derechos contractuales para la organización del Gran Premio de la
Fórmula 1 para los años de celebración del acontecimiento;
La obligación de entregar una garantía del Gobierno solo se puede iniciar si existe
una autorización legislativa previa, de acuerdo con lo que prevé la letra c) del artículo 5
del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto
refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y ésta, de acuerdo con los
contratos firmados, se debe obtener antes del 1 de septiembre del año 2022 y debe
referirse a todas las cantidades que Circuits de Catalunya, SL, deba o incurra –en
cualquier momento– a favor de la FOWC, en virtud del contrato actual o en relación con
el mismo y con la licencia de propiedad intelectual de la Fórmula 1;
Por todo lo expuesto se considera que nos encontramos ante una situación que
merece la consideración de urgente y necesaria, dada la necesidad de cumplir el plazo
perentorio fijado en los contratos firmados, que finaliza el próximo día 1 de septiembre
de 2022, y que por ello se considera que el único instrumento normativo que permite la
aprobación requerida con la celeridad necesaria es el decreto ley;
Este Decreto ley incluye un artículo y una disposición final de entrada en vigor. El
artículo único da respuesta a las necesidades financieras inaplazables de la entidad del
sector público Circuits de Catalunya, SL, y prevé la autorización del aval y el contraaval
ante la entidad financiera garante, por el contrato de promoción de carrera con FOWC,
con el fin de garantizar el pago de los derechos contractuales para organizar el Gran
Premio de la Fórmula 1 de los años 2023, 2024, 2025 y 2026;
Por lo tanto, en base a las competencias de la Generalitat previstas en el artículo 45
del Estatuto de autonomía de Catalunya, y en uso de la autorización que concede el
artículo 64, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 13/2008, del 5 de noviembre, de
la presidencia de la Generalidad y del Gobierno;
A propuesta del Consejero de Empresa y Trabajo y del Consejero de Economía y
Hacienda, y previa deliberación del Gobierno, decreto:
Se autoriza al Gobierno a prestar el aval a Circuits de Catalunya, SL, y el contraaval
ante la entidad financiera garante, por el contrato de promoción de carrera con Formula
One World Championship Limited (FOWC), con el fin de garantizar el pago de los
derechos contractuales para la organización del Gran Premio de la Fórmula 1 de los
años 2023, 2024, 2025 y 2026.
El importe avalado no puede superar los 25.000.000,00 de dólares americanos para
el año 2023; los 25.500.000,00 dólares americanos para el año 2024; los 26.500.000,00
dólares americanos para el año 2025, y 28.000.000,00 de dólares americanos para el
año 2026.
cve: BOE-A-2022-13532
Verificable en https://www.boe.es
Artículo único.
Núm. 192
Jueves 11 de agosto de 2022
Sec. I. Pág. 117250
derechos contractuales para la organización del Gran Premio de la Fórmula 1 del
año 2022, por un importe que no puede superar los 25.000.000,00 de dólares
americanos;
Por Acuerdo del Gobierno de 11 de enero de 2022 se autoriza el otorgamiento del
aval de la Generalitat de Catalunya a Circuits de Catalunya, SL, ante el contrato de
promotor con FOWC, y se autoriza al consejero de Empresa y Trabajo a firmar el
documento de compromiso de pago de los gastos relacionados con el Gran Premio de
Fórmula 1 del año 2022. Así mismo, por Acuerdo del Gobierno de 15 de febrero de 2022
se autoriza el contraaval de la Generalitat de Catalunya ante la entidad financiera
garante, para asegurar el pago de los derechos contractuales para organizar el Gran
Premio de Fórmula 1 del año 2022;
Las leyes de presupuestos anuales y, en el caso de prórroga presupuestaria, los
decretos ley de necesidades financieras publicados, han autorizado al Gobierno a
prestar el aval a Circuits de Catalunya, SL, y el contraaval a la entidad financiera
garante, ante el contrato de promoción de carrera con FOWC, con el fin de garantizar el
pago de los derechos contractuales para la organización del Gran Premio de la
Fórmula 1 para los años de celebración del acontecimiento;
La obligación de entregar una garantía del Gobierno solo se puede iniciar si existe
una autorización legislativa previa, de acuerdo con lo que prevé la letra c) del artículo 5
del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto
refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y ésta, de acuerdo con los
contratos firmados, se debe obtener antes del 1 de septiembre del año 2022 y debe
referirse a todas las cantidades que Circuits de Catalunya, SL, deba o incurra –en
cualquier momento– a favor de la FOWC, en virtud del contrato actual o en relación con
el mismo y con la licencia de propiedad intelectual de la Fórmula 1;
Por todo lo expuesto se considera que nos encontramos ante una situación que
merece la consideración de urgente y necesaria, dada la necesidad de cumplir el plazo
perentorio fijado en los contratos firmados, que finaliza el próximo día 1 de septiembre
de 2022, y que por ello se considera que el único instrumento normativo que permite la
aprobación requerida con la celeridad necesaria es el decreto ley;
Este Decreto ley incluye un artículo y una disposición final de entrada en vigor. El
artículo único da respuesta a las necesidades financieras inaplazables de la entidad del
sector público Circuits de Catalunya, SL, y prevé la autorización del aval y el contraaval
ante la entidad financiera garante, por el contrato de promoción de carrera con FOWC,
con el fin de garantizar el pago de los derechos contractuales para organizar el Gran
Premio de la Fórmula 1 de los años 2023, 2024, 2025 y 2026;
Por lo tanto, en base a las competencias de la Generalitat previstas en el artículo 45
del Estatuto de autonomía de Catalunya, y en uso de la autorización que concede el
artículo 64, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 13/2008, del 5 de noviembre, de
la presidencia de la Generalidad y del Gobierno;
A propuesta del Consejero de Empresa y Trabajo y del Consejero de Economía y
Hacienda, y previa deliberación del Gobierno, decreto:
Se autoriza al Gobierno a prestar el aval a Circuits de Catalunya, SL, y el contraaval
ante la entidad financiera garante, por el contrato de promoción de carrera con Formula
One World Championship Limited (FOWC), con el fin de garantizar el pago de los
derechos contractuales para la organización del Gran Premio de la Fórmula 1 de los
años 2023, 2024, 2025 y 2026.
El importe avalado no puede superar los 25.000.000,00 de dólares americanos para
el año 2023; los 25.500.000,00 dólares americanos para el año 2024; los 26.500.000,00
dólares americanos para el año 2025, y 28.000.000,00 de dólares americanos para el
año 2026.
cve: BOE-A-2022-13532
Verificable en https://www.boe.es
Artículo único.