III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-13525)
Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con la Diputación de León, sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de acondicionamiento del camino de servicio del Canal Bajo del Bierzo en Camponaraya y Carracedelo (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191

Miércoles 10 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 117189

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que la Administración General del Estado, a través de la Confederación Hidrográfica
del Norte de España, redactó en 1964 el Plan Coordinado de Obras de la Zona Regable
del Bierzo. Una de las obras que resultó de la ejecución del mismo, es el Camino de
Servicio del Canal Bajo del Bierzo, en los términos municipales de Camponaraya y
Carracedelo.
Con el paso del tiempo, dicha vía de servicio ha sufrido una transformación
importante en su utilización debida al desarrollo urbano del entorno. Esto ha provocado
que en la actualidad se haya convertido en una carretera interurbana que conecta y
vertebra los núcleos urbanos de la zona y soporte por tanto un importante tráfico de
vehículos privados. Dicha circunstancia es compatible con su utilización como camino de
servicio del Canal, coexistiendo ambos usos sin problemas desde hace varios años.
Segundo.
Que a la Confederación Hidrográfica de Miño-Sil, O.A. le corresponde, en el ámbito
de su Demarcación Hidrográfica, la administración y la protección del dominio público
hidráulico, así como el proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas
con cargo a los fondos propios del Organismo y las que le sean encomendadas por el
Estado (artículo 23 del texto refundido de la Ley de Aguas) para cuya finalidad podrá
establecer convenios con las Entidades Locales, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 25.2 de la precitada disposición legal.
Tercero.
Que a la Diputación de León le corresponden, entre otras, la cooperación en el
fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial,
de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este
ámbito, en virtud del artículo 36.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local; una de sus competencias, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 4 de Ley 10/2008, de 9 de diciembre, de carreteras de Castilla y León, en
relación con lo establecido en la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, es la
relativa a las redes de carreteras provinciales, aquellas que sirven de apoyo a las
relaciones zonales entre los núcleos de población de dicho ámbito territorial y garantizan
el acceso a estos, así como aquellas que complementan el sistema viario de las redes
del Estado y de la Comunidad Autónoma.

Que conforme a los artículos 143 y 144 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, las Administraciones cooperarán al servicio del
interés general de acuerdo con las técnicas que consideren más adecuadas, como la
cooperación interadministrativa para la aplicación de la normativa reguladora de una
materia o actuaciones de cooperación en materia patrimonial, incluidos los cambios de
titularidad y la cesión de bienes.
Estas relaciones de cooperación, que requieren la aceptación expresa de las partes,
se formularán en acuerdos de los órganos de cooperación o en convenios en los que se
preverán las condiciones y compromisos que se asumen.

cve: BOE-A-2022-13525
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Cuarto.