III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-13421)
Resolución de 27 de julio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de San Agustín del Guadalix a inscribir una escritura de liquidación de sociedad conyugal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190
Martes 9 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 116407
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
13421
Resolución de 27 de julio de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de San Agustín del Guadalix a inscribir una
escritura de liquidación de sociedad conyugal.
En el recurso interpuesto por don Germán María de León Pina, notario de San
Agustín del Guadalix, contra la negativa de la registradora de la Propiedad de San
Agustín del Guadalix, doña Dulce María Calvo González-Vallinas, a inscribir una escritura
de liquidación de sociedad conyugal.
Hechos
I
En escritura otorgada el día 30 de marzo de 2021 ante el notario de San Agustín del
Guadalix, don Germán María de León Pina, con el número 632 de protocolo, doña M. D.
C. B. A. y don A. J. M. R. liquidaron la sociedad de gananciales que rigió su matrimonio,
adjudicándose a la primera la finca registral número 4.087 del término municipal de San
Agustín del Guadalix. En esta escritura, don A. J. M. R. reconoció adeudar un total
de 16.579,92 euros a doña M. D. C. B. A., de los cuales 3.789,42 euros procedían del
pago que la adjudicataria había realizado a la entidad de crédito acreedora por el
préstamo garantizado con hipoteca que gravaba la finca, y cuyo pago hubiera
correspondido realizar a don A. J. M. R.
Habiéndose calificado negativamente el título, en acta de manifestaciones autorizada
el día 29 de diciembre de 2021 por el citado notario de San Agustín de Guadalix, con el
número 2.772 de protocolo, y otorgada por la adjudicataria de la finca, ésta manifestaba
que de la deuda (total) reconocida en la escritura de liquidación, la cantidad de 12.790,50
euros «tiene su origen en las relaciones económicas entre cónyuges, es decir, tiene su
causa en la propia institución del matrimonio que conlleva una red dinámica de
relaciones personales y patrimoniales entre los propios cónyuges, la cual ni este Notario
ni la Sra. Registradora tenemos ni el deber ni el derecho de investigar, perteneciendo
ese flujo caleidoscópico de la red matrimonial a su propia intimidad, careciendo de
trascendencia notarial y de trascendencia registral (…)».
Por último, en escritura autorizada por el mismo notario el día 19 de enero de 2022,
con el número 75 de protocolo, don A. J. M. R. ratificó el acta de manifestaciones.
II
«Nota de calificación registral.
Antecedentes de hecho:
Primero: Se presenta nuevamente el once de abril de dos mil veintidós copia
autorizada de la escritura otorgada ante el Notario de San Agustín del Guadalix, don
Germán María León y Pina el día treinta de marzo del año dos mil veintiuno, número de
protocolo 632/2021 por la que por la que, doña M. D. C. B. y don A. J. M. R., liquidan la
sociedad conyugal, y se adjudica a doña M. D. C. B. la finca número 4087 del término
municipal de San Agustín del Guadalix; y en unión también de un Acta de
cve: BOE-A-2022-13421
Verificable en https://www.boe.es
Presentados dichos títulos en el Registro de la Propiedad de San Agustín del
Guadalix, fueron objeto de la siguiente nota de calificación:
Núm. 190
Martes 9 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 116407
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
13421
Resolución de 27 de julio de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de San Agustín del Guadalix a inscribir una
escritura de liquidación de sociedad conyugal.
En el recurso interpuesto por don Germán María de León Pina, notario de San
Agustín del Guadalix, contra la negativa de la registradora de la Propiedad de San
Agustín del Guadalix, doña Dulce María Calvo González-Vallinas, a inscribir una escritura
de liquidación de sociedad conyugal.
Hechos
I
En escritura otorgada el día 30 de marzo de 2021 ante el notario de San Agustín del
Guadalix, don Germán María de León Pina, con el número 632 de protocolo, doña M. D.
C. B. A. y don A. J. M. R. liquidaron la sociedad de gananciales que rigió su matrimonio,
adjudicándose a la primera la finca registral número 4.087 del término municipal de San
Agustín del Guadalix. En esta escritura, don A. J. M. R. reconoció adeudar un total
de 16.579,92 euros a doña M. D. C. B. A., de los cuales 3.789,42 euros procedían del
pago que la adjudicataria había realizado a la entidad de crédito acreedora por el
préstamo garantizado con hipoteca que gravaba la finca, y cuyo pago hubiera
correspondido realizar a don A. J. M. R.
Habiéndose calificado negativamente el título, en acta de manifestaciones autorizada
el día 29 de diciembre de 2021 por el citado notario de San Agustín de Guadalix, con el
número 2.772 de protocolo, y otorgada por la adjudicataria de la finca, ésta manifestaba
que de la deuda (total) reconocida en la escritura de liquidación, la cantidad de 12.790,50
euros «tiene su origen en las relaciones económicas entre cónyuges, es decir, tiene su
causa en la propia institución del matrimonio que conlleva una red dinámica de
relaciones personales y patrimoniales entre los propios cónyuges, la cual ni este Notario
ni la Sra. Registradora tenemos ni el deber ni el derecho de investigar, perteneciendo
ese flujo caleidoscópico de la red matrimonial a su propia intimidad, careciendo de
trascendencia notarial y de trascendencia registral (…)».
Por último, en escritura autorizada por el mismo notario el día 19 de enero de 2022,
con el número 75 de protocolo, don A. J. M. R. ratificó el acta de manifestaciones.
II
«Nota de calificación registral.
Antecedentes de hecho:
Primero: Se presenta nuevamente el once de abril de dos mil veintidós copia
autorizada de la escritura otorgada ante el Notario de San Agustín del Guadalix, don
Germán María León y Pina el día treinta de marzo del año dos mil veintiuno, número de
protocolo 632/2021 por la que por la que, doña M. D. C. B. y don A. J. M. R., liquidan la
sociedad conyugal, y se adjudica a doña M. D. C. B. la finca número 4087 del término
municipal de San Agustín del Guadalix; y en unión también de un Acta de
cve: BOE-A-2022-13421
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Presentados dichos títulos en el Registro de la Propiedad de San Agustín del
Guadalix, fueron objeto de la siguiente nota de calificación: