III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-13365)
Resolución de 28 de julio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Contratación de los Servicios Centrales, de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189
Lunes 8 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 116102
contratación, en los supuestos de interposición del recurso especial en materia de
contratación previsto en el artículo 44 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014.
Tercero. Delegación de competencias en la persona titular de la Presidencia de la
Junta.
Se delega, de conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, en la persona titular de la Presidencia de la Junta la
competencia para la cancelación de las garantías provisionales, complementarias y
definitivas.
Cuarto. Ejercicio de competencias delegadas.
Los actos que se dicten en aplicación de este acuerdo indicarán expresamente que
lo son por delegación de la Junta de Contratación de los Servicios Centrales en el
Ministerio de Política Territorial.
Quinto.
Eficacia.
cve: BOE-A-2022-13365
Verificable en https://www.boe.es
Este acuerdo producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 189
Lunes 8 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 116102
contratación, en los supuestos de interposición del recurso especial en materia de
contratación previsto en el artículo 44 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014.
Tercero. Delegación de competencias en la persona titular de la Presidencia de la
Junta.
Se delega, de conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, en la persona titular de la Presidencia de la Junta la
competencia para la cancelación de las garantías provisionales, complementarias y
definitivas.
Cuarto. Ejercicio de competencias delegadas.
Los actos que se dicten en aplicación de este acuerdo indicarán expresamente que
lo son por delegación de la Junta de Contratación de los Servicios Centrales en el
Ministerio de Política Territorial.
Quinto.
Eficacia.
cve: BOE-A-2022-13365
Verificable en https://www.boe.es
Este acuerdo producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X