III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-13369)
Resolución de 22 de julio de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Mula II de 114,4 MWp/88 MWn, en Mula, Murcia, y su infraestructura de evacuación, en Mula y Campos del Río (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189

Lunes 8 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 116140

calidad acústica, se producirán incrementos en los niveles sonoros de carácter puntual,
alcanzando niveles superiores a los 90 dB(A) debido a la acción de las hincadoras, que
decrecerán al alejarse de la zona de obras. Dada la ubicación del proyecto en un entorno
eminentemente agrícola y su distancia respecto de los núcleos de población, estos
ruidos no serán percibidos por los vecinos de las poblaciones más próximas.
En fase de funcionamiento, el EsIA indica que no están previstas afecciones
significativas a la atmosfera, si bien, para minimizar la afección por contaminación
lumínica de la subestación, se aplicarán medidas preventivas encaminadas a iluminar en
exclusiva las zonas estrictamente necesarias con espectros de luz y orientación para
evitar molestias.
Ecologistas en Acción de Murcia señala una serie de buenas prácticas ambientales
durante las obras para evitar la contaminación atmosférica, dentro de las cuales destaca
llevar a cabo un convenio con la Administración regional para el control de las emisiones
en el proceso de construcción de la planta. El promotor responde que comparativamente
con otros proyectos que se realizan en la zona, incluidas labores agrícolas, la producción
de polvo y otros contaminantes atmosféricos será poco significativa y que, con el
funcionamiento del proyecto, se evitará la producción de CO2 y NOX y el consumo de
materias primas como el gas o el carbón.
La Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Dirección
General del Medio Natural de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y
Medio Ambiente de la Región de Murcia, informa de la cantidad de CO2 que se debe
compensar por emisiones de gases de efecto invernadero, liberación de carbono
almacenado en el suelo, eliminación de arbolado y cese de la actividad agrícola. Por otro
lado, señala que el proyecto debe contar con anexos específicos referidos a las
compensaciones a realizar, incluyéndose las medidas en el Programa de Vigilancia
Ambiental (PVA). El promotor se compromete a incluir los cálculos en el proyecto.
Por otro lado, el Servicio de Información e Integración Ambiental de la Dirección
General de Medio Ambiente de la citada Consejería, propone una serie de buenas
prácticas ambientales con respecto la calidad del aire y la reducción de ruidos. El
promotor señala que en el EsIA ya se recogen prescripciones al respecto y se
compromete a incluir aquellas que no hubiera recogido.
Suelo, subsuelo, geodiversidad.

Se calcula para la poligonal de la planta fotovoltaica una ocupación de suelo de
unas 280 ha netas. Las zanjas previstas serán de 14.062 m de longitud (entre 0,4 y 0,9
m de ancho) y se ocuparán 98.396 m2 de terreno para viales y 2.095 m2. para las
plataformas de los apoyos de las líneas de evacuación. El movimiento de tierras
(drenajes y caminos internos) se estima en 173.318 m3 de desmonte y de 158.197 m3 de
terraplén, calculando en 15.121 m3 las tierras sobrantes.
El EsIA valora como moderada la aparición de cárcavas y pequeños
desprendimientos de tierra, así como la compactación del suelo por depósito y acopio
temporal de materiales y la instalación de armaduras y hormigonados. Durante las
diferentes fases se pueden originar episodios de contaminación accidental.
Las principales medidas recogidas en el EsIA son el balizamiento de las zonas de
obras y de áreas sensibles; aprovechamiento de los caminos existentes; equilibrio al
máximo del volumen de desmonte con el de terraplén; adecuada retirada y
almacenamiento de la tierra vegetal para favorecer la restauración vegetal posterior; el
posible material sobrante será retirado y entregado a gestor autorizado; habilitación de
zonas específicas para el depósito de aceites y combustibles, almacenamiento de
residuos peligrosos y lavado de hormigoneras; transformadores con tanque de retención
de aceite; inmediata retirada de vertidos accidentales junto con el suelo contaminado por
gestor autorizado para su posterior tratamiento; seguimiento estricto de la normativa
vigente en materia de residuos; restauración paisajística de las zonas degradadas de
acuerdo a lo dispuesto en el Plan de Integración Ambiental y Paisajística.

cve: BOE-A-2022-13369
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3.2.2