III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-13369)
Resolución de 22 de julio de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Mula II de 114,4 MWp/88 MWn, en Mula, Murcia, y su infraestructura de evacuación, en Mula y Campos del Río (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189

Lunes 8 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 116139

conductores por fase y un cable de tierra. Desde esta última subestación parte una línea
aérea de 400 kV, con igual configuración que la anterior pero con dos cables de tierra,
de 456 m de longitud y 3 apoyos, hasta el punto de conexión en la S.T. «Campos» 400
kV, propiedad de Red Eléctrica de España (REE). Los apoyos son de celosía metálica
galvanizados.
Para la alimentación de los servicios auxiliares de la planta se prevé la instalación de
una línea mixta aérea-subterránea de 20 kV de 244 m. La longitud de los viales interiores
asciende a 4,4 km de nuevos caminos y 24,6 km de caminos existentes.
2.

Tramitación del procedimiento

Conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, se publicó, el 3 de marzo de 2021 en el «Boletín Oficial del
Estado» y el 4 de marzo de 2021 en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», el
anuncio por el que se somete a información pública el EsIA y la solicitud de Autorización
Administrativa previa del proyecto. Durante el trámite de información pública se ha
recibido escrito de la Junta Vecinal de Fuente Librilla con un documento de alegaciones y
una recogida de 806 adhesiones.
Con fecha 23 de febrero de 2021, el órgano sustantivo trasladó consultas a las
Administraciones públicas afectadas y personas interesadas recogidas en al anexo I y
remitió la documentación recibida al promotor para su consideración.
Una vez recibido el expediente en el órgano ambiental, se requiere subsanación en virtud
del artículo 40.1 de la referida Ley. En respuesta, el 19 de enero y 28 de marzo de 2022 se
reciben los informes preceptivos de la Confederación Hidrográfica del Segura y de la
Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Región de Murcia.
Con fecha de 5 de mayo de 2022, se requiere al promotor documentación adicional
junto con el informe recibido del órgano autonómico competente en medio natural para
su consideración. El 2 de junio de 2022 se recibe la respuesta al citado requerimiento.
3.

Análisis de alternativas.

El análisis de alternativas se realiza mediante un estudio multicriterio que considera
diversos aspectos como espacios protegidos, hábitats de interés comunitario (HIC), usos del
suelo, presencia de infraestructuras, recurso solar, distancia al punto de conexión, etc.
Respecto de la planta fotovoltaica se plantean tres alternativas con diferente
superficie de implantación y misma potencia total. El análisis de las tres opciones de
ubicación toma en consideración criterios relacionados, entre otros, con la distancia a los
espacios de la Red Natura 2000 y con las áreas de protección de los planes de
recuperación, conservación y manejo de especies amenazadas, y con la afección a
vegetación natural y a HIC prioritarios. Desde el punto de vista ambiental, el promotor
considera la Alternativa dos como la más favorable, siendo la solución finalmente
adoptada. Para la S.T. «PSF Mula II» se selecciona la segunda opción situada en el
centro de la planta solar con objeto de acortar al máximo posible las redes de
evacuación.
Respecto de la línea aérea de evacuación de 132 kV, se proponen tres alternativas
de diferente trazado y longitud y se selecciona la Alternativa tres, de 9,3 km que discurre
de forma paralela a una línea existente de 400 kV con el objetivo de reducir impactos y
crear sinergias positivas.
3.2
3.2.1

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
Aire, factores climáticos, cambio climático.

Durante la fase de construcción se producirán emisiones de polvo y partículas como
consecuencia del movimiento de tierras y la circulación de vehículos. Respecto a la

cve: BOE-A-2022-13369
Verificable en https://www.boe.es

3.1

Análisis técnico del expediente