III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2022-13366)
Resolución de 1 de agosto de 2022, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189

Lunes 8 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 116104

Ambas partes, en la calidad en que intervienen en este acto, se reconocen
recíprocamente capacidad legal y legitimación para obligarse y otorgar el presente
convenio, a cuyo efecto
EXPONEN
Primero.
Que la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, ULPGC) es una
universidad pública que tiene entre sus funciones la creación, desarrollo, transmisión y
crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, el apoyo científico y técnico al
desarrollo cultural, social, tecnológico y económico, tanto nacional como, en particular de
la Comunidad de Canarias, así como la preparación para el ejercicio de actividades
profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos técnicos y científicos
o de creación artística.
Segundo.
Que el Organismo Autónomo Parques Nacionales (en adelante, OAPN) es un
organismo autónomo de los regulados en el artículo 98 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, adscrito al Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, de acuerdo con la Disposición adicional séptima del
Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Al OAPN le corresponde, entre otras funciones establecidas en el Real
Decreto 500/2020, de 28 de abril, el apoyo, como medio instrumental para el desarrollo
de acciones concretas, al desarrollo de las políticas del departamento en materia de
biodiversidad, conservación y uso sostenible de los recursos naturales, conservación de
fauna, flora, hábitat y ecosistemas naturales en el medio terrestre y marino, así como la
prestación al público de servicios de información y documentación especializados en
materia de espacios protegidos, conservación de la naturaleza, divulgación,
comunicación y educación ambiental.
Tercero.
Que es voluntad de las partes colaborar en la formación práctica de los estudiantes
universitarios, cuyo objetivo es permitir a los mismos aplicar y complementar los
conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de
competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su
empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
Por todo ello, deciden concertar el presente convenio al amparo de lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y de acuerdo
con las siguientes
CLÁUSULAS

El convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre el OAPN y
la ULPGC, para el desarrollo de un programa de prácticas académicas externas
curriculares y extracurriculares para los estudiantes matriculados en cualquier
enseñanza impartida por la mencionada universidad, en los términos recogidos en el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios. Las prácticas podrán incluir, en su caso, la
realización del trabajo fin de grado o máster, y se desarrollarán durante los meses que
dure el curso académico.

cve: BOE-A-2022-13366
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto del convenio.