III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-13372)
Resolución de 1 de agosto de 2022, del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Barcelona y el Instituto Catalán de Finanzas, para la financiación de vivienda social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189

Lunes 8 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 116168

Prado, número 4, representado por don José Carlos García de Quevedo Ruiz, en su
calidad de Presidente por virtud de su nombramiento por el Real Decreto 683/2018,
de 22 de junio de 2018.
Y, de una tercera parte, el Instituto Catalán de Finanzas (en adelante también,
l’Institut Català de Finances O «ICF»), representado por don Jordi Òliva Ritort, en su
calidad de consejero delegado, de acuerdo al Acuerdo GOV/175/2021, de 2 de
Noviembre, publicado en el DOGC número 8536, de 4 de Noviembre de 2021, y de
acuerdo con la facultad de representación del ICF que le corresponde por ley al
Consejero Delegado, según establece el artículo 22 del texto refundido de la Ley del
Institut Català de Finances, aprobado por Decreto legislativo 4/2002, de 24 de Diciembre.
EXPONEN
Primero.
Que el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, regula el Plan Estatal de
Vivienda 2018-2021.
Segundo.
Que el Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación
económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y
vivienda, regula, entre otras medidas, la utilización del derecho de superficie con la
finalidad de promocionar vivienda de alquiler asequible en colaboración público privada y
autoriza a transmitir el derecho sin canon o precio.
Tercero.
Que el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación y Resiliencia, establece las medidas de agilización de los
convenios y de las subvenciones financiables con fondos europeos, enmarcándose este
Convenio dentro de tales medidas.
Cuarto.
Que el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para
impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, regula una serie de medidas en materia de
rehabilitación y mejora del parque de vivienda.
Quinto.

Sexto.
Que el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono de
Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, regula una línea
de distintos programas para el fomento de la vivienda social y entre estos el programa de
alojamientos temporales, de modelos cohousing, de viviendas intergeneracionales y
modalidades similares (capítulo IX). Dicho programa establece una línea de ayudas de
hasta 420 euros por metro cuadrado de superficie útil, no pudiendo superar esta
subvención el 50 % de la inversión de la actuación, con un límite máximo de 50.000

cve: BOE-A-2022-13372
Verificable en https://www.boe.es

Que el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas
de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, articula y regula una serie de programas en
materia de rehabilitación residencial y construcción de vivienda social.